Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 1999 (28/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES
POR TANTO:

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Consecuentemente, estando a las consideraciones expuestas en el numeral 3) del Articulo 36º y los Articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA por Unanimidad de los Sres. Regidores asistentes a la Sesion de la fecha y con la dispensa del tramite de la Lectura y Aprobacion de Actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA SOBRE PRORROGA PARA PRESENTAR DECLARACION JURADA MASIVA DE PREDIOS Articulo 1º.- Los propietarios de predios ubicados en la jurisdiccion del distrito de Ate, podran presentar la Declaracion Jurada Masiva de Predios, a que se refiere la Ordenanza Nº 005MDA, hasta el 31 de agosto de 1999, sin el pago de la multa correspondiente. Articulo 2º.- Ampliase, hasta el 31 de agosto, la fecha de vencimiento para la cancelacion de las cuotas correspondientes al primer y MORDAZA trimestre de 1999, que se encuentren pendientes de pago, por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Tasa de Licencia de Funcionamiento. Articulo 3º.- Deroguese, la Ordenanza Nº 034-MDA. Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 9881

Amplian plazo para acogerse al Beneficio de Regularizacion Tributaria Municipal
ORDENANZA Nº 039-99-MDA Ate, 26 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate en sesion extraordinaria de fecha 26-7-99; y, CONSIDERANDO:

MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 9880

Modifican articulo de ordenanza que establecio beneficio de reduccion de multas administrativas a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 038-99-MDA Ate, 26 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate, en Sesion Extraordinaria de fecha 26-7-99; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 021-MDA, se establecio el beneficio de Reduccion de Multas Administrativas con una reduccion del 90% sobre el monto de las mismas; Que, mediante Ordenanza Nº 036-99-MDA, se ha MORDAZA el periodo de acogimiento al beneficio para los contribuyentes del distrito de Ate, los que han demostrado voluntad de pago, siendo necesario extender el plazo a que contrae la citada Ordenanza; Que, es necesario otorgar las mas amplias facilidades para que los contribuyentes puedan hacer efectivo el pago de las sanciones administrativas en la que se encuentren inmersos; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y modificatorias, y con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion de la fecha; y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; se ha dado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTICULO 1º DE LA ORDENANZA Nº 021-MDA Articulo 1º.- Modifiquese el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 021-MDA, en los terminos siguientes: "Articulo Primero.- Beneficio de Reduccion de Multas Administrativas No Tributarias. Establezcase en la jurisdiccion del distrito de Ate el Beneficio de Reduccion de Multas Administrativas, a traves del cual las personas naturales o juridicas que tengan deudas pendientes con la Municipalidad por concepto de multas administrativas no tributarias hasta la fecha de publicacion de la presente ordenanza, podran cancelar las mismas con una rebaja del 90% siempre y cuando el pago se realice hasta el 31 de agosto de 1999". Articulo 2º.- Deroguese la Ordenanza Nº 036-99-MDA. Articulo 3º.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

Que, con fecha 6 de febrero de 1999, se publico la Ordenanza Nº 10-99-MDA, que crea el Beneficio de Regularizacion Tributaria Municipal de Ate, denominado BERTRIMUN, aplicable a los deudores de dicha Municipalidad por sus obligaciones Tributarias y no Tributarias; Que, el Articulo 7º de la citada Ordenanza establece que los contribuyentes y responsables y los infractores podran acogerse al citado beneficio hasta el 31 de marzo de 1999; Que, mediante Ordenanza Nº 035-MDA se ha extendido el plazo de acogimiento del citado beneficio hasta el 31 de agosto de 1999; Que, es preocupacion de la actual Administracion Municipal brindar a los contribuyentes del distrito las mas amplias facilidades, MORDAZA si se ha corroborado la acogida que ha tenido este beneficio a nivel de la poblacion de esta comuna; siendo necesario modificar el citado articulo; Consecuentemente, estando a las consideraciones MORDAZA expuestas, en el numeral 3), del Nº 36 y los Articulos 109º y 110º de Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y con el MORDAZA por Unanimidad de los senores Regidores asistentes a la sesion de la fecha y con la dispensa del tramite de Lectura y aprobacion de Actas, se ha dado la siguiente; ORDENANZA SOBRE MODIFICACION DE LA ORDENANZA Nº 010-MDA PARA ACOGERSE AL BERTRIMUN ATE Articulo 1º.- Modifiquese el primer parrafo del Articulo 7º de la Ordenanza Nº 010-MDA, en los terminos siguientes: "Los contribuyentes o responsables y los infractores podran acogerse al BERTRIMUN-ATE, hasta el 31 de agosto de 1999, presentando la Declaracion de Pago, cuyo modelo aprobara el SAT". Articulo 2º.- Cuando en la Ordenanza Nº 010-MDA se haga referencia a la fecha 31 de marzo de 1999, se entendera referida a la fecha 31 de agosto. Articulo 3º.- Deroguese, la Ordenanza Nº 035-MDA. Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 9882

Inician procesos disciplinarios a ex funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0393 Ate, 27 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE

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