Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 1999 (28/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 1999

la Subdireccion de Medio Ambiente, Direccion de Desarrollo MORDAZA MORDAZA cumplir las medidas de manejo ambiental identificadas y priorizadas en el presente Plan Urbano. Articulo 44º.- Las vias, parques, plazas, alamedas, areas de conservacion y proteccion, zonas paisajistas y otras areas de uso publico senaladas en el Plan MORDAZA Distrital de MORDAZA de MORDAZA, son de caracter intangibles, inalienables e imprescriptibles. La municipalidad distrital no permitira su uso o aplicacion a fines o modalidades de uso diferente a las que su caracter de bien publico les impone. Articulo 45º.- El establecimiento y funcionamiento de actividades comerciales e industriales se regiran por el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas (compatibilidades de uso), el mismo que forma parte de la presente ordenanza, y ademas estaran sujetas a los Estudios de Impacto Ambiental y/ o Programas de Adecuacion Ambiental, segun sea el caso. CAPITULO VI ADMINISTRACION DEL PLANEAMIENTO Y GESTION MORDAZA Y PROGRAMA DE INVERSIONES Articulo 46º.- En relacion a la Administracion del Planeamiento y Gestion MORDAZA, la propuesta se enmarca dentro de los objetivos del Plan de Desarrollo Metropolitano de Lima-Callao vigente, los mismos que se refieren al ordenamiento MORDAZA metropolitano, al fortalecimiento de los gobiernos locales y a la promocion de la participacion de la sociedad civil en el desarrollo MORDAZA de la Metropoli, en este sentido y en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA fortalecera de manera permanente sus funciones relativas al desarrollo local de su jurisdiccion. Articulo 47º.- El MORDAZA de planeamiento del distrito estara a cargo de la Direccion de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, para lo cual establecera estrategias, instrumentos y mecanismos para el control, sancion y correccion de aquellos procesos que contravengan el cumplimiento de los objetivos propuestos en el Plan MORDAZA Distrital y las normas urbanisticas correspondientes. Articulo 48º.- A partir del presente Plan MORDAZA, la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA establecera Estrategias de Gestion MORDAZA, con la finalidad de institucionalizar niveles y mecanismos de concertacion y asesoria tecnica que permitan incorporar de manera planificada y coherente los intereses de los diversos sectores economicos y sociales de su distrito para el bienestar local; en concordancia con el desarrollo de las areas vecinas (otros distritos) y del Area Metropolitana en su conjunto. Articulo 49º.- El programa de inversiones urbanas representa una herramienta de negociacion y promocion de iniciativas publicas y privadas que constituyen la base para la conformacion de la cartera de proyectos de inversion que requiere el Distrito de MORDAZA de MORDAZA, la misma que orientara y racionalizara las acciones y toma de decisiones de los diferentes agentes publicos y/o privados que de una u otra forma estan interesados en el desarrollo del distrito. Articulo 50º.- Declarense prioritarios los proyectos de inversion a corto, mediano y largo plazo consignados en el Plan MORDAZA Distrital de MORDAZA de MORDAZA, los mismos que por su implicancia social, importancia ambiental y envergadura territorial, repercutiran favorablemente en el desarrollo MORDAZA de su jurisdiccion. TITULO III CAPITULO I DISPOSICIONES TRANSITORIAS Articulo 51º.- La MORDAZA monumental de MORDAZA de MORDAZA a que se refiere el Articulo 27º de la presente Ordenanza, se regira por las normas sobre bienes culturales y la Reglamentacion Especial que para el efecto sera elaborada por la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, y aprobada por el Concejo Metropolitano de MORDAZA, previo pronunciamiento del Instituto Nacional de Cultura en los aspectos de su competencia. Articulo 52º.- La Direccion de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, en un plazo de 30 dias utiles contados a partir de la fecha de vigencia de la presente ordenanza, elaborara y remitira el proyecto de reglamentacion especial "Laderas de Cerros de MORDAZA y Urbanizacion Club Golf Los Incas" (lado este de la Avenida Circunvalacion del Golf) a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para su aprobacion por el Concejo Metropolitano, mediante Ordenanza, previa opinion de la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA y del Instituto Metropolitano de Planificacion. Articulo 53º.- A efectos de contribuir con el desarrollo MORDAZA del distrito de MORDAZA de MORDAZA, declarese de necesidad publica, utilidad e interes local prioritario la apertura de las vias locales proyectadas en zonas calificadas como islas rusticas; para lo cual la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA a traves de las subdirecciones de Obras Publicas y Obras Privadas - Oficina de Catastro, elaborara el Planeamiento Integral de los bienes inmuebles que conforman o integran dichas zonas. Concluido el Planeamiento Integral, se notificara a sus propietarios para que en un plazo perentorio tramiten la correspondiente habilitacion MORDAZA de acuerdo a lo previsto en el Articulo II - XV - 2.5 (Capitulo XV Habilitaciones de Islas Rusticas) del Reglamento Nacional de Construcciones, con-

cordante con la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y de ser el caso se procedera segun lo establecido en el Articulo 70º de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 54º.- Autorizar la desafectacion y cambio de zonificacion del terreno de 1,820.00 m2 del area del MORDAZA MORDAZA Grana MORDAZA, ubicado en la Urb. Las Gardenias, de la MORDAZA de Recreacion Publica (ZRP) a Otros Usos (OU), y la cesion en uso del mismo a favor del Arzobispado de MORDAZA para que lo destine a la construccion y funcionamiento de la Parroquia MORDAZA Misericordia, con arreglo al Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 012 de fecha 29.01.98 y sus antecedentes administrativos. Los linderos y medidas perimetricas del area desafectada son: Por el frente, Avenida Caminos del MORDAZA con 36.40 ml.; por la derecha entrando con el inmueble de la MORDAZA Roja con 50.00 ml.; por la izquierda entrando con el MORDAZA MORDAZA Grana MORDAZA con 50.00 ml. y por el Fondo con el MORDAZA MORDAZA Grana MORDAZA con 36.40 ml. El area restante, es decir 35,116.79 m2, mantendra la calificacion de MORDAZA de Recreacion Publica (ZRP). CAPITULO II DISPOSICIONES FINALES Articulo Unico.- Deroguese y dejese sin efecto legal alguno, cualquier MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los veintiun dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 9875

MUNICIPALIDAD DE ATE
Modifican plazos para la MORDAZA de Declaracion Jurada Masiva de Predios y pago de cuotas del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Tasa de Licencia de Funcionamiento
ORDENANZA Nº 037-99-MDA Ate, 26 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate en sesion Extraordinaria del 267-99; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 6 de febrero de 1999, se publico la Ordenanza Nº 005-99-MDA, que establece la obligacion de presentar la Declaracion Jurada Masiva de Predios correspondiente al ejercicio fiscal 1999 en la jurisdiccion del distrito de Ate; Que, el Articulo 3º de la citada Ordenanza modificada por la Ordenanza Nº 019-MDA, establece que respecto a los propietarios de mas de un predio o predios destinados a uso distinto a vivienda, la obligacion a que se refiere el considerando anterior vence el 16 de MORDAZA de 1999 y tratandose de propietarios de un solo predio dedicado a vivienda o terreno sin construir, la obligacion vence el 14 de MORDAZA de 1999; Que, la Ordenanza Nº 006-MDA, de fecha 6 de febrero de 1999 modificada por la Ordenanza Nº 019-MDA, de fecha 30 de marzo de 1999. Establecio las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Tasa de Licencia de Funcionamiento; Que, mediante Ordenanza Nº 034 se amplio el plazo para la MORDAZA de la Declaracion Jurada Masiva de Predios, asi como para el pago de las cuotas del 1er. y 2do. Trimestre del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Tasa de Licencia de Funcionamiento, hasta el 31 de agosto de 1999; Que, es preocupacion de la actual Administracion Municipal brindar a los contribuyentes del distrito las mas amplias facilidades, MORDAZA si ha quedado demostrada la voluntad de pago que tiene la poblacion de esta Comuna, por lo que es necesario se expida la presente Ordenanza;

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