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Pág. 176341 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de julio de 1999 e) Primavera, desde Caminos del Inca hasta El Pinar, con zonificación C3. f) Primavera, desde El Pinar hasta Morro Solar, con zonifica- ción R5. Artículo 25º.- La zonificación establecida en el Plan Urba- no de Santiago de Surco es de cumplimiento obligatorio. Sudifusión y aplicación es competencia de la Dirección de Desarro-llo Urbano de la Municipalidad de Santiago de Surco y demás direcciones y entidades competentes de la Municipalidad Dis- trital, en concordancia con el Plano Nº PZD- 001- 98- MSS(Anexo Nº 03) y las Normas Técnicas Urbanísticas de Usos delSuelo, que forma parte de la presente Ordenanza como AnexoNº 04, así como el Indice de Usos para la Ubicación de Activida-des Urbanas, que constituye su Anexo Nº 05, todos los cuales son instrumentos que forman parte de la presente Ordenanza; los mismos que se complementarán con lo dispuesto en el Regla-mento de Zonificación General de Lima Metropolitana y elÍndice de Usos vigentes. Artículo 26º.- A partir de la presente Ordenanza la ubicación de estaciones de servicio (grifos) en el Distrito de Santiago de Surco, se regirá por las siguientes normas: a) La ubicación de estaciones de servicio sólo procederá en zonas calificadas como C3 (Comercio Sectorial), CE (ComercioEspecializado), C7 (Comercio Interdistrital) o Industria, ademásde cumplir con las condiciones señaladas en el Indice para la Ubicación de Actividades Urbanas, modificación aprobada por Decreto de Alcaldía Nº 085-98-MML del 29 de octubre de 1,998, b) En el Cercado de Surco, Zonas Urbano- Marginales y Asentamientos Humanos, la provisión de estaciones de serviciose realizará de acuerdo a lo establecido en el Indice para laUbicación de Actividades Urbanas vigente, modificación aproba- da por Decreto de Alcaldía N° 085-98-MML del 29/10/98. c) Los proyectos para la construcción de estaciones de servicio que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza,se encuentren en trámite y/o cuenten con dictamen de la Comi-sión Técnica Distrital, deberán adecuarse a la presente Ordenan-za. Artículo 27º.- Declárese de necesidad pública e interés local prioritario las áreas que por su naturaleza específica y caracterís-ticas propias estarán sujetas a Reglamentación Especial, siguien-tes: a) Zona Monumental de Surco. b) Laderas de Cerros de Camacho y Urbanización Club Golf Los Incas. La reglamentación especial de las zonas señaladas en el presente artículo, será elaborada por la Municipalidad Distrital y aprobada por el Concejo Metropolitano de Lima, mediante Ordenanza, previo pronunciamiento de la Dirección Municipalde Desarrollo Urbano, el Instituto Metropolitano de Planificacióny el dictamen correspondiente de la Comisión de DesarrolloUrbano. Artículo 28º.- Siendo necesario dotar a cada unidad inmobi- liaria (vivienda, comercio, industria, etc.) con espacios suficientes que permitan cubrir las demandas actuales de estacionamiento,apruébase la reglamentación para la provisión de estaciona-mientos en el Distrito de Santiago de Surco, la misma que formaparte de la presente Ordenanza, como Anexo Nº 06. Artículo 29º.- El reajuste y/o cambios de zonificación en la jurisdicción del Distrito de Santiago de Surco, se realizará una (1) vez al año, a partir del año 2000, con excepción de casos en queexista probado interés público o local en determinado sector osectores del distrito, debidamente fundamentado, de conformi-dad con los procedimientos establecidos por la Ordenanza Nº 134de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 30º.- Los cambios de zonificación, en concordancia con el Artículo 34º del Reglamento de Acondicionamiento Terri-torial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente y los Artículos 15º y16º de la Ordenanza Nº 134 de la Municipalidad Metropolitana deLima, en todos los casos deberán contar con la opinión favorablede los vecinos de la zona. Esta será canalizada a través de la Oficina de Participación Vecinal de Santiago de Surco (PARVE- SUR); cuyo trámite se efectuará de acuerdo a los procedimientosque se establezcan mediante Directiva. La Oficina de AsesoríaJurídica queda encargada de elaborar el Proyecto de Directiva, lamisma que deberá ser aprobada, en el plazo de 20 días hábiles dela entrada en vigencia de la presente Ordenanza, mediante Decreto de Alcaldía de la Municipalidad de Santiago de Surco. CAPITULO V DEL ORDENAMIENTO AMBIENTAL Artículo 31º.- El Ordenamiento Ambiental consiste en la disposición sistemática y armoniosa del uso del territorio, me- diante la aplicación de los principios de sustentabilidad ecológica,la sostenibilidad económica de las actividades humanas, asícomo, la salubridad, seguridad y bienestar social. Artículo 32º.- Corresponde a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco en coordinación con el Consejo Nacional del Medio Ambiente, Ministerio de Salud (DIGESA), Ministerio deEnergía y Minas (Dirección General de Hidrocarburos), en apli- cación de las disposiciones contenidas en el Código de MedioAmbiente, Decreto Legislativo Nº 613, Ley Marco para el creci-miento de la Inversión Privada- Decreto Legislativo Nº 757; propender al Ordenamiento ambiental de su jurisdicción con el fin de alcanzar una calidad de vida compatible con la dignidadhumana. Artículo 33º.- Siendo necesario contar con un Instrumento de Planificación y Manejo Ambiental que permita revertir lastendencias del deterioro del medio ambiente del Distrito de Santiago de Surco, se propone la Organización del territorio distrital en las nueve (9) Unidades Ambientales siguientes: a) Urbano Residencial b) Industria Liviana Diversac) Centros Comercialesd) Aeroportuaria e) Recuperación de la Loma f) Eco-paisajísticag) Eco-recreativah) Agro-ecológicai) Eco- vías principales Artículo 34º.- La Unidad Urbano Residencial comprende las áreas urbanas consolidadas y las zonas agrícolas en proceso de expansión urbana, se caracteriza por la disponibilidad de áreasverdes, factibilidad para la infraestructura de servicios básicos,concentración socio - económica y contaminación atmosféricamoderada en los entornos de las vías principales, su planeamien-to deberá considerar el control de residuos, ambientación pai- sajística, descentralización de servicios, destugurización y reno- vación urbana, ordenamiento del tránsito y organización para laprevención de desastres. Articulo 35º.- La Unidad Industria Liviana diversa, com- prende las áreas circundantes a la vía Jorge Chávez, en la cual seubican actividades industriales livianas, tránsito pesado y conta- minación atmosférica por gases y ruidos; su planeamiento consi- derará las siguientes medidas técnicas: ambientación paisajísti-ca, forestación y jardinería de la vía Jorge Chávez, ordenamientodel tránsito, monitoreo ambiental y control de residuos y ruidos. Articulo 36º.- La Unidad de Centros Comerciales está con- formada por los centros comerciales consolidados (Centro Comer- cial Higuereta, Caminos del Inca, entre otros) y en proceso de consolidación (Centro Comercial Jockey Plaza). Su planeamientoconsiderará la dotación de accesos que eviten el congestiona-miento de tránsito en las vías colindantes a esta unidad a fin dereducir la contaminación atmosférica (ruidos y gases), entreotros. Artículo 37º.- La Unidad Aeroportuaria conformada por el Centro de Instrucción Aeronáutico de Las Palmas de la FuerzaAérea del Perú, se caracteriza por estar rodeada de ecosistemasurbanos y agropecuarios, su planeamiento considerará control deruidos aéreos, la recuperación ambiental del entorno ecológico yurbano, así como la evaluación del impacto ambiental de la actividad aérea. Artículo 38º.- La unidad de recuperación de Loma, confor- mada por las cimas de las colinas semiáridas, requiere la utiliza-ción de bioabonos orgánicos para la fertilización de los suelos delomas. Su planeamiento considerará la instalación de captadoresde agua de neblinas, el monitoreo biológico y el proyecto de la recuperación paisajística y jardín botánico “Loma Amarilla”. Artículo 39º.- La Unidad Eco - Paisajista comprende las laderas áridas de fácil acceso, con escasez de recursos bióticos e hídricos; constituye una zona ecológica de amortiguamiento ycontrol de los procesos de deterioro de las zonas urbanas. Su planeamiento considerará la implementación del acondiciona- miento y embellecimiento ecológico, la micro-zonificación eco-morfológica, el manejo ecológico y reforestación con especies rastreras y arbustivas y la instalación de centros demostrativos de fauna típica. Artículo 40º .- La Unidad Eco-recreativa, está conformada por las áreas deportivas - forestales; con infraestructura para campos deportivos, clubes deportivos, recreos campestres, etc. Su planea-miento considerará el Plan de Manejo y Conservación Ambiental y la evaluación del impacto ambiental de los proyectos. Artículo 41º.- La Unidad Agro-Ecológica está conformada por las áreas agrícolas cuyos suelos son aptos para el cultivo de la vid y hortalizas con aguas subterráneas de buena calidad, la misma que presenta un clima óptimo para la agricultura intensi-va. Su planeamiento considera la recuperación y preservación de las áreas agrícolas con fines de cultivo de la vid para mantener la tradición de distrito vitivinícola, la conservación del riego porgravedad, el control de la contaminación del agua subterránea, el tratamiento de aguas servidas y la elaboración de un Plan Rector para el ordenamiento del canal del río Surco, que será elaboradopor la Subdirección de Medio Ambiente de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco. Artículo 42º.- La Unidad Eco- Vías principales, está confor- mada por los espacios viales forestados de integración interna, los cuales purifican el ambiente y embellecen la ciudad. Su planea- miento considera el acondicionamiento y forestación de las víasy la evaluación del impacto ambiental de la vía Paseo de la República y de los intercambios viales. Artículo 43º.- A partir de la presente Ordenanza entra en vigencia la propuesta de Ordenamiento Ambiental del Plan Urbano de Santiago de Surco. La Autoridad Municipal a través de