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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 1999 (28/07/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 176331 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de julio de 1999 UNIVERSIDADES Inician proceso disciplinario a docen- tes de la Universidad Nacional "Hermi- lio Valdizán" de Huánuco UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN HUANUCO - PERU RESOLUCION Nº 287.PCR.UNHEVAL.99 Huánuco, 15 de julio de 1999 Visto el Informe Nº 005-99-CPA-UNHEVAL-H, de fecha 7.JUL.99, de la Comisión Permanente de Procesos Administrati-vos para docentes, para apertura de proceso administrativodisciplinario al Eco. Enrique CASTRO Y CESPEDES; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 240.PCR.UNHEVAL.99, de fecha 14.JUN.99, se declara improcedente la solicitud de licenciasin goce de haberes presentada por el Eco. Enrique CASTRO YCESPEDES, docente asociado a dedicación exclusiva de la EAP de Ciencias Económicas, Facultad de Gestión Empresarial; y asimismo se dispone que los antecedentes sean remitidos aconocimiento de la Comisión de Procesos Administrativos Disci-plinarios para Docentes, a fin que de conformidad con el Art. 166ºdel D.S. Nº 005-90-PCM procederá la calificación y pronuncia-miento; Que, con fecha 7 de julio de 1999, la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios después de evaluar los documen-tos puestos a su conocimiento, eleva el Informe Nº 005CPA-99-UNHEVAL-H, concluyendo que el docente Eco. Enrique CAS-TRO Y CESPEDES ha incurrido en falta de carácter disciplinarioespecificada en el Art. 28º incisos a) y k) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remunera- ciones del Sector Público y se pronuncia por la apertura delProceso Administrativo Disciplinario al referido docente; Que, en consecuencia estando a lo dispuesto por el Artículo 167º del D.S. Nº 005-90-PCM es procedente la apertura de procesoadministrativo disciplinario al docente Enrique CASTRO Y CES- PEDES; Que la Universidad Nacional "Hermilio Valdizán" de Huánu- co, se halla en proceso de reorganización por mandato de lasLeyes Nºs. 26493, 26638 y 26816, en los términos y condicionesseñalados por la Ley Nº 26457 y sus ampliatorias, a cargo de laComisión Reorganizadora nombrada por Resolución Suprema Nº 194-96-PCM; Estando a lo dispuesto por la Resolución Nº 891.CU.CR.UNHEVAL.99, y en uso de las atribuciones conferi-das por los dispositivos legales indicados; SE RESUELVE: 1. APERTURAR proceso administrativo disciplinario al Sr. Eco. Enrique CASTRO Y CESPEDES, Profesor asociado a dedi-cación exclusiva de la EAP de Ciencias Económicas de la Facultadde Gestión Empresarial por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. 2. DEVOLVER el expediente y encargar a la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios para docentes para quese avoque al conocimiento del proceso, el mismo que no podráexceder de treinta días improrrogables, bajo responsabilidad. 3. NOTIFICAR al procesado con la presente resolución por medio de la Oficina de Secretaría General, a más tardar dentro del término de setentidós horas de expedida, bajo responsabili-dad. Regístrese, comuníquese y archívese. AGAPITO LINARES SALAS Vicerrector AcadémicoEncargado del Rectorado CESAR CORNEJO ZAVALETA Secretario General 9819 UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN HUANUCO - PERU RESOLUCION Nº 288.PCR.UNHEVAL.99 Huánuco, 16 de julio de 1999Visto el Informe Nº 004-99-CPA-UNHEVAL-H, de fecha 7.JUL.99, de la Comisión Permanente de Procesos Administrati-vos para docentes, para apertura de proceso administrativodisciplinario al Lic. Educ. Hugo Augusto CARLOS YANGALI; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 245.PCR.UNHEVAL.99, de fecha 16.JUN.99, se deniega la solicitud de renuncia presentadapor el Lic. Hugo Augusto CARLOS YANGALI, al cargo de docente Auxiliar a Tiempo Completo de la EAP de Educación Básica con sede en Panao, Facultad de Ciencias de la Educación y Humani-dades; y se dispone la remisión del expediente a la Comisión deProcesos Administrativos Disciplinarios para Docentes a efectode la calificación y pronunciamiento, conforme al Art. 166º delD.S. Nº 005-90-PCM; Que, con fecha 7 de julio de 1999, la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios después de evaluar los documen-tos puestos a su conocimiento, eleva el Informe Nº 004-CPA-99-UNHEVAL-H, concluyendo que el docente Lic. Hugo AugustoCARLOS YANGALI, ha incurrido en falta de carácter disciplina-rio especificada en el Art. 28º incisos a) y k) del Decreto Legisla- tivo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y se pronuncia por la apertu-ra del Proceso Administrativo Disciplinario al referido docente; Que, en consecuencia estando al Artículo 167º del D.S. Nº 005- 90-PCM es procedente la apertura de proceso administrativodisciplinario al docente Lic. Hugo Augusto CARLOS YANGALI; Que la Universidad Nacional "Hermilio Valdizán" de Huánuco se halla en proceso de reorganización por mandato de las Leyes Nºs.26493, 26638 y 26816, en los términos y condiciones señalados porla Ley Nº 26457 y sus ampliatorias, a cargo de la Comisión Reorga-nizadora nombrada por Resolución Suprema Nº 194-96-PCM; Estando a lo dispuesto por la Resolución Nº 891.CU.CR.UNHEVAL.99, y en uso de las atribuciones conferi- das por los dispositivos legales indicados; SE RESUELVE:1. APERTURAR proceso administrativo disciplinario al Lic. Hugo Augusto CARLOS YANGALI, profesor Auxiliar a Tiempo completo de la EAP de Educación Básica de la Facultad deCiencias de la Educación y Humanidades de la Sede Descentrali-zada de Panao, por las razones expuestas en la parte conside-rativa de la presente resolución. 2. DEVOLVER el expediente y encargar a la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios para docentes para que se avoque al conocimiento del proceso, el mismo que no podráexceder de treinta días improrrogables, bajo responsabilidad. 3. NOTIFICAR al procesado con la presente resolución por medio de la Oficina de Secretaría General, a más tardar dentro deltérmino de setentidós horas de expedida, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y archívese. AGAPITO LINARES SALAS Vicerrector AcadémicoEncargado del Rectorado CESAR CORNEJO ZAVALETA Secretario General 9820 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban Ordenanza Reglamentaria de Zonificación del Distrito de La Molina 1999-2002 ORDENANZA Nº 198 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de diciembre de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Provinciales en ejercicio de la competencia en materia de Zonificación y Urbanismo, con arregloa lo dispuesto por los artículos 11º, 64º, 70º y 134º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, tienen a su cargo la elaboración, aprobación y ejecución de los Planes Urbanos;