Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 1999 (28/07/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 176328 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de julio de 1999 DIRECTIVA Nº 001-99-PJ-CME PROCEDIMIENTOS DE SELECCION DE MAGISTRADOS PARA CURSOS DE ACTUALIZACION, PERFECCIONAMIENTO Y ESPECIALIZACION I. OBJETIVO Establecer las normas que regulen los procedimientos de selección de Magistrados para su participación en Cursos deActualización, Perfeccionamiento y Especialización dictados porla Academia de la Magistratura y otras Instituciones. II. BASE LEGAL A. Constitución Política del Perú (Art. 151º) B. D.S. Nº 017-93-JUS del 28 de mayo de 1993. Aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. C. Ley Nº 26546 del 20 de noviembre de 1995. Crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, que asume temporalmente las funciones de gobierno y gestión. D. Ley Nº 26623 del 18 de junio de 1996. Crea el Consejo de Coordinación Judicial, y amplía el plazo, la competencia y atribuciones. E. Ley Nº 26695 del 3 de diciembre de 1996. Modifica la conformación de la Comisión Ejecutiva integran- do en ésta al Presidente de la Corte Suprema. F. Resolución Administrativa Nº 018-96-CME-PJ Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial. G. Resolución Administrativa Nº 031-98-SE-TP-CME-PJ. Aprueba el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Orga- nización y Funciones de la Secretaría Ejecutiva de la ComisiónEjecutiva del Poder Judicial. III. ALCANCE Están comprendidas dentro de los alcances de la presente Directiva los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República, la Academia de la Magistratura y la GerenciaGeneral del Poder Judicial. IV. DISPOSICIONES GENERALES A. La Academia de la Magistratura, quince días antes del inicio de cada trimestre, remitirá a los Presidentes de las CortesSuperiores de Justicia, la programación de los Cursos que dictarádurante el mismo. B. Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia al tomar conocimiento de la programación, seleccionarán a los Magistrados participantes, teniendo en cuenta la especialidad yevaluarán la participación de los mismos en Cursos del Programade Actualización y Perfeccionamiento dictados por la Academiade la Magistratura o de otras Instituciones durante el año. C. Los Presidentes de las Cortes de Justicia, no podrán bajo responsabilidad, seleccionar a un Magistrado por segunda o másveces, en tanto no hayan concurrido todos los Magistrados Titu-lares y Provisionales del Distrito Judicial de su Presidencia, salvoque se trate de un Curso cuyo contenido sea exclusivamente deinterés para una especialidad y ya todos los Magistrados Supe- riores, de Primera Instancia y de Paz Letrados de la indicada especialidad hubiesen concurrido por lo menos a un Curso. V. DISPOSICIONES FINALESA. La Secretaría General de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial se encargará de efectuar las coordinaciones pertinentes con la Academia de la Magistratu-ra y con los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de laRepública. B. La Academia de la Magistratura propondrá a la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, a los Magistrados seleccionados, para la autorización de participación y se concedan las licenciasrespectivas. C. Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República deberán contar con un Registro Nominal actualizado de los Magistrados de su Distrito Judicial, con indicación de su participación en Cursos, duración, lugar, etc. D. La presente Directiva entrará en vigencia a los siete días calendario de su aprobación. 9841CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen reincorporación de magis- trado y conforman la Tercera Sala Pe- nal Corporativa de Procesos Ordinarios con Reos Libres de la Corte Superiorde Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 325-99-P-CSJL Lima, 26 de julio de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 205-99-P-CSJL, de fecha 14 de abril del año en curso, estando a la declinación porimpedimento debidamente formulado por el doctor Sergio SalasVillalobos al cargo de Presidente del Jurado Electoral Especial dela Provincia de Lima, se dispuso designar como representante de la Corte Superior de Justicia de Lima, al doctor Eladio González Ríos, para que asuma la Presidencia del Jurado Electoral Espe-cial de la Provincia de Lima; Que, por Resolución Administrativa Nº 230-99-P-CSJL, de fecha 11 de mayo del presente, estando a la designación del doctorEladio González Ríos, como Presidente del Jurado Electoral Especial de la Provincia de Lima, lo que implicaba su imposibili- dad de asumir función jurisdiccional, se designó a la doctoraPaloma Altabas Kajatt, Vocal Titular de la Corte Superior deLima, como Presidente de la Tercera Sala Penal de ProcesosOrdinarios con Reos Libres, a partir del 11 de mayo de 1999, ymientras dure la ausencia del doctor González Ríos; Que, por Oficio 042-99-SG-JEEL, de fecha 23 de julio del actual, el doctor Eladio González Ríos, Presidente del JuradoElectoral Especial de Lima, manifiesta que la comisión que se leha encomendado, concluye el día 31 de julio de los corrientes, porlo que en su condición de Vocal Titular de la Corte Superior deJusticia de Lima, peticiona su reincorporación a la función juris- diccional, a partir del 1 de agosto de 1999; Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º delTexto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE : Artículo Primero.- DISPONER el retorno a la función jurisdiccional del doctor ELADIO GONZALEZ RÍOS, Vocal Titu-lar de la Corte Superior de Justicia de Lima, a partir del 1 deagosto de 1999. Artículo Segundo.- DISPONER la reconformación de la Tercera Sala Penal Corporativa de Procesos Ordinarios con Reos Libres, a partir del 1 de agosto del año en curso, conforme sedetalla a continuación: TERCERA SALA PENAL CORPORATIVA DE PROCESOS ORDINARIOS CON REOS LIBRES Eladio González Ríos (T) Presidente Luis Arturo Castro Reyes(T) Andrés Carbajal Portocarrero(T)Paloma Altabas Kajatt(T)Luis Arce Cordova(P)Fernando Padilla Rojas(P)Elba Greta Minaya Calle(P) Artículo Tercero.- DISPONER que el orden de prelación establecido en el Artículo segundo, deberá ser respetado por los Señores Magistrados Integrantes de la Tercera Sala Penal Corpo- rativa de Procesos Ordinarios con Reos Libres de la Corte Supe-rior de Justicia de Lima. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conoci- miento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secreta-ría Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magis- tratura, de la Gerencia General, de la Supervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación, de la Comisión Ejecutiva del MinisterioPúblico, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO PresidenteCorte Superior de Justicia de Lima 9806