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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 1999 (28/07/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 176334 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de julio de 1999 Altura Máxima 36 ml. (12 pisos) Estacionamiento Comercio: 1 cada 50 m2. de área cons- truida . Vivienda: de acuerdo a la zonificaciónresidencial del entorno. II.5 Zona Comercial CE (Comercio Especializado) Corresponde al Comercio ubicado en un sector de la Av. La Molina. En las zonas habilitadas se considerarán las áreas de los lotes existentes. En las nuevas habilitaciones y subdivisiones, se considerará un área mínima de 450.00 m2 de lote normativo y un frente de 15.00 ml como mínimo. Se admitirá el Uso Residencial, siendo obligatorio dejar el porcentaje de área libre, estacionamiento y densidad poblacional, de acuerdo a la zonificación residencial del entorno. Cuando se trate de zonas comerciales con estacionamiento público, éstos se considerarán como parte del número de estacio- namientos requeridos y no se exigirá retiro frontal. Los parámetros normativos son: Coef. de Edificación. (Máx) 2.40 Area libre mínima Comercio no exigible Vivienda de acuerdo a la zonificación residencial del entorno. Altura máxima 9 ml. (3 pisos)Estacionamiento Comercio: 1 x cada 50 m2 de Area construida Vivienda: de acuerdo a la ZonificaciónResidencial del Entorno. Consideraciones Adicionales 1. En las zonas comerciales existentes o proyectadas que no cuenten con estacionamiento público se deberá habilitar la vere- da de 2.40 ml. de ancho mínimo, ubicados en el retiro frontal (alinterior del lote) a fin de habilitar el parqueo público, como parte del total requerido. 2. En lotes con Zonificación R1-S, R1 y R2, no se admitirá proyectos para uso comercial de ningún tipo, incluso en lotes en esquina o frente a lotes comerciales. 3. En zonificación R3 y R4, se permitirá el uso de comercio local (C1) en los lotes ubicados en esquina con un máximo de 60.00 m2. III. USOS ESPECIALES (OU) III.1 Definición Están constituidos por los usos relacionados con la actividad político-administrativa e institucional, y con los servicios públi- cos en general. III.2 Denominación de las Areas En el Plano de Zonificación se han determinado como Usos Especiales u Otros Usos (OU) a los usos referidos a los servicios comunales y sociales, de la clasificación Industrial Uniforme(CIU) de las Naciones Unidas. Se incluyen además bajo esta denominación:  Centros Cívicos, Comerciales y de Administración Pública.  Centros Culturales, Locales de Culto, Beneficencia.  Locales de espectáculos masivos. Campos Deportivos, Clubes.  Embajadas, Consulados.  Zonas Arqueológicas. Correos, Telecomunicaciones.  Establecimientos para fines de seguridad: Cuarteles,  Comisarías, Bomberos y Locales Militares. IV. EQUIPAMIENTO EDUCATIVO IV.1 Denominación de las Areas El Plano de Zonificación del Distrito de La Molina señala el Equipamiento Educativo de los niveles Básico a Superior: E1 : Colegios, Centros de Educación Básica. E2 : Escuela Superior de Educación Profesional o Técnica. E3 : Universidad o Instituto Superior. No se señalan los locales de nivel Inicial (Centros de Educación Inicial, Nidos, Guarderías) por ser de dimensión física mínima. IV.2 Disposiciones Generales a) Las áreas zonificadas para uso educativo no se podrán subdividir, ni disminuir su área normativa, salvo autorizaciónexpresa del Ministerio de Educación. b) Las áreas de equipamiento educativos (E1, E2 y E3) que estuvieran señaladas en el plano de zonificación, no podránvariar de localización, debiendo destinarse a los fines educativos previstos. IV.3 Exigencias Reglamentarias para Locales Edu- cativos a) Los Locales Educativos de los niveles básico y superior, deberán ubicarse frente a avenida con berma central y/o frente a parque. b) Los Centros de Educación Inicial podrán ubicarse en áreas residenciales sin restricción, siempre y cuando cuenten con laaceptación mayoritaria de los vecinos residentes en la cuadra (ambos frentes). c) El área libre mínima estará condicionada a la correspon- diente a la zonificación de su entorno y a lo aprobado por elMinisterio de Educación. d) La altura y coeficiente de edificación estarán condiciona- dos por la zonificación del entorno urbano. Los C.E.I. podrán tener una altura máxima de dos pisos, debiéndose construir las aulas sólo en el primer nivel. e) No se permitirá ubicar el ingreso a Centros Educativos a una distancia menor a 50.00 mts. de centros de concentración pública, talleres de mecánica o estaciones de servicios (grifos). f) No se otorgarán Licencias de Funcionamiento a las edifica- ciones que no hayan tenido Licencia de Construcción con proyecto aprobado para Centros Educativos, previo informe favorable del Concejo Distrital de La Molina y posterior aprobación por la USEdel Ministerio de Educación. g) Los requerimientos de Estacionamiento para locales edu- cativos son: Locales Educativos Estacionamientos C.E.I. 1 est./ aulaColegio Primario 1 est/ aula Colegio Secundario 1 est/ aula E2 2 est/ aulaE3) 6 est/ aula V. EQUIPAMIENTO DE SALUD a) El equipamiento de Salud, normativo, establecido por el Ministerio de Salud es el siguiente: H1 : Posta de Salud, Centro Médico o Consultorios Periféricos H2 : Centro de Salud, Policlínico H3 : Hospital General, ClínicaH4 : Hospital Especializado b) Los requerimientos de estacionamiento para estableci- mientos de salud son: Local de Salud Estacionamientos H1 1 Est./ consultorio H2 1 Est./consultorio 1 Est./ 3 camas H3 1 Est./ consultorio 1 Est./ 3 camas VI. ZONAS DE REGLAMENTACION ESPECIAL (ZRE) VI.1 ZONA DE ESTUDIO ESPECIAL Se ha denominado Zona de Reglamentación Especial por Estudio Especial los terrenos de la Universidad Nacional Agra- ria, comprendidos entre la Av. Los Fresnos, la Av. Raúl Ferrero y los AA.HH. Cerro Alto y Viña Alta. La zona estará destinada al desarrollo de instalaciones de carácter comercial administrativo, cultural y de servicios. En dichos terrenos se deberá elaborar y presentar un Planea- miento Integral Urbanístico, el mismo que deberá considerar los siguientes aspectos:  Estudio vial y de tránsito: ingresos y salidas, volúmenes de tránsito previstos, estacionamientos, evacuación, etc.  Servicios Públicos: factibilidad de abastecimiento de agua potable, energía eléctrica, telefonía, etc.  Estudio de Impacto Ambiental favorable.  Propuesta volumétrica y de usos del suelo considerando las características del entorno.  Aportes públicos y contribución por mejoras.  Beneficios del Proyecto para la Municipalidad Distrital y el vecindario. VII. ZONA DE FORESTACION (ZF) Se aplicarán los parámetros siguientes: Frente normativo mínimo : 25 ml Area de lote mínimo : 2500 m2 Area mínima de forestación : 80 % del lote Coef. Máximo de edificación : 0.20Densidad Neta : 20 Hab./ Ha. Altura máxima de Edificación : 4.5 ml (1 piso) medidos sobre la cota natural del terreno. Usos permitidos : Sólo se permitirá la construcción de Viviendas Unifamiliares. VIII. RETIROS Salvo excepciones señaladas en el Plano Oficial de Retiros de la Municipalidad de La Molina, los retiros exigibles son: Frontal (Todas las Zonificaciones) Calles 3.00 ml. Avenidas 5.00 ml. Laterales (Para R1-S y R1) 2.00 ml. Posterior (Para R1-S y R1) Lote menor de 1,000.00 m2. 3.00 ml Lotes mayores de 1,000.00 m2. 5.00 ml Podrá formar parte del retiro frontal los Jardines de Aisla- miento, para las urbanizaciones sujetas a dicho contexto. En los casos de cambios de zonificación de uso Residencial a uso Comercial, se regirán por el Plano de Retiros aprobado por laMunicipalidad de La Molina.