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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (03/06/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 173844 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de junio de 1999 579, distrito del Cercado de Lima, provincia y departa- mento de Lima; Que, mediante el Artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 032-95 se encargó a la Comisión Administradora de Carteras, la conducción de los procesos liquidatorios de los Bancos Agrario, Industrial, Minero y de la Vivienda del Perú en Liquidación; Que, a la fecha el referido Banco en Liquidación mantiene una deuda pendiente de cancelación en favor del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, es conveniente autorizar la transferencia del mencionado inmueble a título oneroso, a favor del Minis- terio de Relaciones Exteriores, a fin de que sea utilizado para cubrir sus necesidades básicas de infraestructura, con cargo y a cuenta de la deuda que dicha entidad bancaria mantiene a favor de este Ministerio; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 17) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999; DECRETA: Artículo 1º.- TRANSFERENCIA DE INMUEBLE.- Apruébese la transferencia del inmueble de propiedad del Banco Industrial del Perú en Liquidación, ubicado en el jirón Lampa Nº 579, distrito del Cercado de Lima, provin- cia y departamento de Lima, a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 2º.- CARACTER ONEROSO DE LA TRANS- FERENCIA.- La transferencia a la que se refiere el artículo precedente, se realizará a título oneroso y al valor de tasación establecido por el Cuerpo Técnico de Tasacio- nes del Perú, ascendente a la suma de US$ 525 617,50 (QUINIENTOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS DIECISIETE Y 50/100 DOLARES AMERICANOS) cuyo pago se efectuará con cargo y a cuenta de la deuda que mantiene el citado banco en liquidación a favor del Minis- terio de Economía y Finanzas. Artículo 3º.- COMPENSACION DE OBLIGACIO- NES.- Autorízase a la Comisión Administradora de Car- teras y a la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a efectuar la compen- sación a la que se refiere el Artículo 2º de la presente norma legal realizando los ajustes que sean necesarios en las respectivas cuentas patrimoniales, por efecto de la transferencia autorizada por este dispositivo legal. Artículo 4º.- REFRENDO DE LA NORMA.- El pre- sente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 7293 Autorizan viaje de servidor de COFIDE a Bolivia para participar en seminario sobre titularización de hipotecas RESOLUCION SUPREMA Nº 229-99-EF Lima, 2 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº CF-3533-99/UAIN, la Corpo- ración Financiera de Desarrollo S.A. -COFIDE- solicita se autorice el viaje de un profesional a la ciudad de La Paz, Bolivia, del 30 de mayo al 3 de junio de 1999, para participar en el Seminario Internacional sobre "Titulari-zación de hipotecas: desarrollos y perspectivas en Améri- ca Latina"; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con recursos del presu- puesto de la COFIDE correspondiente al ejercicio 1999; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5. de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Armando Mestas Bendezú, Ejecutivo de Créditos de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. -COFIDE-, a la ciudad de La Paz, Bolivia, del 30 de mayo al 3 de junio de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presen- te resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del presupuesto de la COFIDE. - Pasajes US$ 294,00 - Viáticos US$ 1 000,00 - Tarifa de CORPAC US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del servidor cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 7300 Autorizan viaje de funcionario de la CONITE para participar en evento del Foro de Cooperación Económica Asia- Pacífico que se realiza en Corea RESOLUCION SUPREMA Nº 230-99-EF Lima, 2 de junio de 1999 Visto el Memorándum Nº 063-99-EF/15.SE de fecha 14 de mayo de 1999 del Secretario Ejecutivo del Vicemi- nistro de Economía del Ministerio de Economía y Finan- zas; CONSIDERANDO: Que, los días del 2 al 5 de junio de 1999 el Perú deberá participar en la Primera Feria de Inversiones Extranje- ras del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC FDI Mart), a llevarse a cabo en la ciudad de Seúl, Corea del Sur, y que permitirá informar de manera directa a los inversionistas de la Cuenca del Pacífico sobre el clima de inversiones en el Perú, el marco legal para las inversiones extranjeras, así como sobre la diversidad de oportunidades de inversión existentes; Que, se ha designado al señor Carlos Herrera Perret, Asesor II del Despacho del Viceministro de Economía y Secretario General (e) de la Comisión Nacional de Inver- siones y Tecnologías Extranjeras - CONITE, para que participe en la citada Feria de Inversiones; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF, 135- 90-PCM y 037-91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos Herrera Perret, Asesor II del Despacho del Vicemi-