Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 1999 (03/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 3 de junio de 1999

NORMAS LEGALES

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Que, de otro lado, conceder el permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "TRIDENTE III" en la extraccion de los recursos hidrobiologicos sardina y anchoveta, contravendria los principios de preservacion y uso sostenido de los mismos, toda vez que dicha embarcacion se encontraba en estado inoperativo y, en consecuencia, no ejercio esfuerzo pesquero sobre los citados recursos desde diciembre de 1993; debiendo tomarse en consideracion que la Resolucion Ministerial Nº 781-97-PE declaro como plenamente explotados dichos recursos, resultando la misma de aplicacion inmediata inclusive a los procedimientos en tramite, conforme lo previsto en el Articulo III del Codigo Civil y la Primera y MORDAZA de las Disposiciones Complementarias del Codigo Procesal Civil; Que, la Resolucion Ministerial Nº 812-97-PE, no resulta aplicable a la pretension de la recurrente, toda vez que el supuesto normativo de dicho dispositivo legal regula solo a armadores de embarcaciones pesqueras que cuentan previamente con permiso de pesca otorgado, requisito sustantivo que incumple la recurrente; Que, la Resolucion Directoral Nº 129-98-PE/DNE no adolece de nulidad, toda vez que se cumplio con evaluar todos los argumentos presentados por la recurrente los mismos que no alteraron el sentido de la resolucion impugnada encontrandose suficientemente motivada y conforme a derecho; De conformidad a lo establecido en los Articulos 8º y 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, modificado por la Ley Nº 26810; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la empresa TRIDENTE S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 129-98-PE/DNE a traves del cual dedujo la nulidad de la misma, en razon de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion; dandose por agotada la via administrativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARRUS ROKOVICH Viceministro de Pesqueria 7219

la concesion para desarrollar la actividad de acuicultura (Transferencia) a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALVITES; Estando a lo informado por la Direccion de Maricultura de la Direccion Nacional de Acuicultura a traves de la Nota Nº 170-99-PE/DNA-Dm y el Informe Nº 005-99PE/DNA-aaps, mediante los cuales se indica que resulta improcedente lo solicitado por el recurrente, al no haber cumplido con los dos (2) anos de operacion efectiva, conforme se establece en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 09-94-PE, que modifica el Articulo 124º del Reglamento de la Pesca y, con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE, y; en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de cambio del titular de la concesion para desarrollar la actividad de acuicultura (Transferencia) a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Directoral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Acuicultura (e) 7222

Dejan sin efecto resolucion mediante la cual se otorgo a empresa licencia para operar plantas de congelado y harina de pescado residual
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 068-99-PE/DNPP MORDAZA, 1 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 692-97-PE de fecha 5 de noviembre de 1997, se otorgo a la empresa TORMEX E.I.R.L., licencia de operacion en adecuacion a la Ley General de Pesca y su reglamento, para que desarrolle las actividades de procesamiento de productos hidrobiologicos a traves de su planta de congelado y, como parte integrante de su sistema de tratamiento de residuos y desechos, una planta de harina de pescado residual para uso exclusivo y articulado a su planta de congelado; en su unidad flotante estatica denominada "CRATER", ubicada en la MORDAZA de Paita, distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, Region Grau, con las siguientes capacidades instaladas: Congelado : 38 t/dia Harina de pescado residual : 2 t/h (procesamiento de P. Residual) Que en el Informe Nº 014-99-PE/DNPP-Dn de fecha 29 de enero de 1999 consta que en la inspeccion efectuada el 15 de enero del mismo ano, se verifico que la unidad flotante estatica (embarcacion) denominada "CRATER" perteneciente a la empresa TORMEX E.I.R.L. se encontraba siniestrada y, en consecuencia, no existen las plantas de procesamiento de productos hidrobiologicos a que se hace referencia en el considerando precedente; Que los actos administrativos dejan de producir efectos juridicos, entre otros, por la extincion de su objeto, como en el presente caso, en que el derecho administrativo ha dejado de contar con la condicion previa para su vigencia, cual es la existencia y operatividad de la planta de procesamiento, en consecuencia el Ministerio de Pes

Declaran improcedente solicitud sobre cambio de titular de concesion para desarrollar la actividad de acuicultura
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 019-99-PE/DNA MORDAZA, 1 de junio de 1999 Visto el escrito con Registro Nº CE-00060003 de fecha 23 de MORDAZA de 1999, presentado a traves de la Direccion Regional de Pesqueria de Ica, por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CAJA. CONSIDERANDO: Que los Articulos 41º, 42º y 44º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y 111º de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, establecen que el Ministerio de Pesqueria otorga concesiones para permitir el desarrollo de la actividad acuicola en terrenos publicos, en fondos o en aguas marinas y continentales; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 502-95-PE de 27 de setiembre de 1995, se otorgo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA concesion para desarrollar la actividad de acuicultura del recurso "Concha de Abanico" en un area de mar de 5 ha., ubicada en el sector de Playa MORDAZA - MORDAZA de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; Que a traves del escrito del visto el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita cambio del titular de

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