Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 1999 (03/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 3 de junio de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 173859

Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en el Reino de Tailandia, al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA Castaneda Mendez. 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. 3º.- La fecha en que el mencionado funcionario diplomatico debera asumir funciones sera fijada por Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 7299

Articulo 2º.- Modifiquese los Articulos 5º y 45º del Reglamento de Formalizacion de la Propiedad, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, con los textos siguientes: "Articulo 5º.- Gratuidad de la Formalizacion de la Propiedad. Todas las acciones de COFOPRI involucradas en la Formalizacion de la Propiedad se realizaran a titulo gratuito, inclusive las destinadas a realizar el saneamiento fisico legal, las de elaboracion y rectificacion de planos, la regularizacion y la adjudicacion del derecho de propiedad de los lotes a favor de los poseedores beneficiarios, asi como las inscripciones registrales respectivas. Las acciones de COFOPRI seran a titulo oneroso en los casos dispuestos en el inciso d) del Articulo 4º del presente reglamento y en la Directiva Nº 012-99-COFOPRI, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 104-99-MTC/ 15.01 o la que haga sus veces. Por directiva se establecera el tratamiento de los casos en que la participacion del poseedor en la titularidad de otro predio sea titulo de propietario, copropietario o de participe del patrimonio familiar, pero sin ejercer la posesion mediata o inmediata." "Articulo 45º.- Adjudicacion a titulo oneroso mediante venta directa de lotes. COFOPRI podra adjudicar a titulo oneroso mediante venta directa a sus poseedores lotes ubicados en Posesiones Informales, en los casos dispuestos en el inciso d) Articulo 4º del presente reglamento y en la Directiva Nº 012-99-COFOPRI, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 104-99-MTC/15.01 o la que haga sus veces, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el Articulo 47º del presente reglamento. Mediante resolucion de Gerencia General y a propuesta de la Gerencia de Planeamiento y Operaciones, se establecen las caracteristicas, el contenido y el formato de los titulos de adjudicacion y demas condiciones." Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dos dias del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 7294

MTC
Modifican articulos del D.S. Nº 016-99MTC y del Reglamento de la Formalizacion de la Propiedad a cargo de la COFOPRI
DECRETO SUPREMO Nº 016-99-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26557 y Decreto Legislativo Nº 803 - Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, complementado por la Ley Nº 27046, se crea la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal COFOPRI, como organismo rector MORDAZA encargado de disenar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rapida un Programa de Formalizacion de la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, se aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, se aprobo el Reglamento de la Formalizacion de la Propiedad, que establece las disposiciones reglamentarias aplicables a la formalizacion de la propiedad en posesiones informales, el mismo que consta de sesenticinco (65) articulos y once (11) Disposiciones Finales; Que, para una mejor aplicacion es necesario realizar algunas precisiones; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 18º inciso 8) de la Constitucion Politica; DECRETA: Articulo 1º.- Modifiquese el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, con el texto siguiente: "Articulo 3º.- De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 28º del Decreto Supremo Nº 009-99-MTC Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, mientras que COFOPRI no emita las directivas respectivas asumiendo competencia, las entidades publicas que a la fecha de promulgacion del Decreto Legislativo Nº 803 se encontraban dotadas de competencias relacionadas con la formalizacion de la propiedad, continuaran ejerciendolas hasta que MORDAZA notificadas por COFOPRI, manteniendo excepcionalmente vigencia el Decreto Supremo Nº 05384-VC y demas disposiciones aplicables, sin perjuicio de lo dispuesto en el Articulo 13º del Reglamento de Formalizacion de la Propiedad."

Modifican resolucion que otorgo a empresa renovacion del permiso de operacion de servicio de transporte aereo no regular nacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 082-99-MTC/15.16 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 1999 Visto el Expediente Nº 00951005 mediante el cual la compania SERVICIOS AEREOS AQP S.A. solicita Modificacion del Permiso de Operacion del Servicio de Transporte Aereo No Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo; otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 008298-MTC/15.16 del 2.7.98, publicada el 18.7.98.

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