Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 1999 (04/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, viernes 4 de junio de 1999

NORMAS LEGALES

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cion, su Reglamento e Indice de Usos del distrito de La MORDAZA, el mismo que fue ratificado por el Concejo Metropolitano de MORDAZA el 21 de diciembre de 1998, encontrandose pendiente de publicacion, en el Diario Oficial El Peruano, la correspondiente ordenanza; Que, en tanto no se publique la referida ordenanza no es posible aplicar los parametros de dicha reglamentacion a los proyectos que se presentan sobre areas con Zonificacion R1S y R1, que prohibe, en el caso de R1-S el Uso Multifamiliar y Conjuntos Residenciales, y para Quintas establece la existencia de Sublotes interiores con areas minimas de 600 m2, altura MORDAZA de 6 m.l. o 2 pisos, area libre 60%, coeficiente de edificacion minimo de 0.6% y densidad de 70 Hab./Ha. (Unifamiliar) y 110 Hab./Ha. (Quintas); y, para el caso de Zonificacion R-1 establece el Uso de Multifamiliares solo en los lotes con frente a avenidas colectoras que cuenten con factibilidad de servicios, y para Quintas considera Sublotes interiores de 300 m2 como area minima, altura MORDAZA 2 pisos o 6 m.l., areas libre de 40%, coeficiente de edificacion MORDAZA de 1.0, (Unifamiliar y Bifamiliar) y 1.2 (Multifamiliar y Quinta), densidad 110 Hab./Ha. (Unifamiliar), 220 Hab./Ha. (Bifamiliar y Quintas) y 500 Hab./Ha. (Multifamiliar); Que, se han recepcionado una serie de quejas de vecinos en relacion a la ejecucion de proyectos Multifamiliares y Quintas que afectan las caracteristicas especiales del entorno MORDAZA y se ubican en las urbanizaciones: Alameda de La Planicie, La Planicie MORDAZA Este, El MORDAZA de La Planicie, La Planicie, Parcelas A, B, C, D, y E, El MORDAZA La MORDAZA I, II y III Etapa, El Mirador, Club Campestre La MORDAZA, Portada de La Planicie, Habilitacion A y B, Habilitacion Lote C, Club Campestre Las Lagunas de La MORDAZA I, II y III Etapa, Rinconada Alta, Rinconada Baja, El Haras, El Sauce de la Rinconada, Los Portales, Rinconada de Ate, La Estancia Oeste, La Estancia, La Quebrada de la Rinconada, Rinconada del Lago I y II Etapa, La MORDAZA, La MORDAZA Vieja I y II Etapa, Residencial Monterrico, Residencial Monterrico Ampliacion Sur, El MORDAZA Monterrico, MORDAZA Real y Camacho. Que, debe incluirse dentro de los alcances del presente acuerdo el caso especifico de la II Etapa de la urbanizacion Rinconada del Lago, por cuanto su Zonificacion esta cambiandose de R2 a R1; Que, es politica de la actual Administracion Municipal velar por el desarrollo armonico del entorno MORDAZA de su circunscripcion territorial y mantener las caracteristicas actuales de Baja Densidad, teniendo en cuenta que la actualizacion del Plano de Zonificacion y su reglamentacion es el resultado del pedido y participacion de los vecinos; POR MAYORIA y con dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACORDO: Articulo Primero.- SUSPENDER la Recepcion y Tramitacion de los Anteproyectos y Proyectos de Licencia de Construccion, para Bifamiliares, Quintas y Multifamiliares, asi como de Subdivision de lotes y Certificados de Zonificacion, consignados en los Numerales 94 a 99, 107 y 115 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Municipalidad aprobado mediante Ordenanza Nº 013-98 del 21 de diciembre de 1998, para todos aquellos predios ubicados en Zonificacion R1 y R1-S. Articulo Segundo.- Los alcances del presente acuerdo incluyen la II Etapa de la urbanizacion Rinconada del Lago. Articulo Tercero.- El presente acuerdo tendra vigencia desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y hasta la publicacion de la ordenanza que aprueba la actualizacion del Plano de Zonificacion, su Reglamento e Indice de Usos del distrito de La Molina. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado de la Alcaldia 7281

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA VISTO; el Informe Nº 01-99-CEPAD/MDLV, de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de fecha 25 de MORDAZA de 1999 y el Oficio Nº 066-99-OAI/MDLV de la Oficina de Auditoria Interna del 28 de MORDAZA ultimo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0210-99-ALC/ MDLV de fecha 25 de MORDAZA del ano en curso, se designo la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, conforme a lo dispuesto por el MORDAZA parrafo del Articulo 165º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; Que, dicha Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, en aplicacion de los Articulos 163º, 165º y 166º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, ha calificado el contenido del Informe de Examen Especial Nº 03-99-OAI/MDLV de la Oficina de Auditoria Interna de fecha 26 de marzo de 1999 y documentos que obran en el Expediente Nº 001-99-CEPAD/MDLV, relativos a la presunta inconducta funcional de los ex Directores Municipales, senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incumplido con sus obligaciones y funciones de supervision y control del debido uso de los vales provisionales, giros de cheques y otros valores, contraviniendo las obligaciones previstas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad, aprobado por Edicto Municipal Nº 001-96 de fecha 23 de diciembre de 1996, concordante con el Articulo 28º incisos a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, asimismo, de los informes y documentos citados hay evidencias de inconducta funcional por parte de los ex Directores de Administracion, senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Granados; de los ex Jefes de la Unidad de Tesoreria, senores MORDAZA Aristizabal MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y senora Dolibeth MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision de faltas graves de caracter disciplinario, al haber aprobado y autorizado los ex Directores de Administracion el otorgamiento de vales provisionales por el monto de S/. 689,692.68 nuevos soles, pendiente de rendicion de cuenta documentada por mas de once (11) meses de antiguedad, contraviniendo las Normas de Control Interno para el Sector Publico, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 072-98-CE, relacionada a la MORDAZA Nº 280-06 de Documentacion Sustentatoria y Control de Saldos, pendientes de rendicion de cuenta; Que, del Informe de Examen Especial Nº 03-99-OAI/MDLV, relativo a los mencionados ex Jefes de la Unidad de Tesoreria, se ha establecido asimismo la presunta responsabilidad funcional en el giro de cheques por un monto de S/. 152,929.66 nuevos soles, canjeados por efectivos de MORDAZA, constituyendo retencion indebida del efectivo, contraviniendo la MORDAZA General de Tesoreria Nº 12; la existencia de cheques girados pendientes de cancelacion por un monto de S/. 369,527.00, que se mantiene ilegalmente en Cartera al 31 de diciembre de 1998, transgrediendo el Acuerdo de Concejo s/n de fecha 21 de diciembre de 1998; la existencia de 321 cheques anulados no registrados oportunamente, incumpliendo asi con las Normas Tecnicas de Control para el Area de Tesoreria Nº 230-05, la presencia de un cheque en Cartera provenientes de recaudacion de ingresos diarios a favor de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, por el importe de S/. 1,326.90, no depositados en su oportunidad, contraviniendo las Normas Tecnicas de Control Interno para el Area de Tesoreria Nº 230-11; asimismo, se comprobo la existencia de comprobantes de pago pendientes de remision a la Unidad de Contabilidad por un monto de S/. 8'004,425.98, con una antiguedad mayor de diez (10) meses, obstaculizando de esta manera el registro oportuno de las operaciones financieras en los Libros Contables, transgrediendose las Normas de Control Interno para el Area de Contabilidad Nº 280-07; Que, del referido Informe de Examen Especial Nº 03-99OAI/MDLV, que forma parte integrante de la presente resolucion, se evidencia la existencia de 86 ordenes de servicio por el monto total de S/. 1'030,509.84 y de 3 ordenes de servicio por el importe total de S/. 113,105.41, pendientes de pago por la carencia de liquidez en MORDAZA, contraviniendo el Articulo 36º de la Ley Nº 26703 de Gestion Presupuestal; Que, asimismo del mencionado informe de la oficina de Auditoria Interna, se precisa que del Arqueo de Fondos y Documentos Valorados en la Unidad de Tesoreria al 31 de diciembre de 1998, se determina el pago en efectivo de comprobantes de pago sin documentacion sustentatoria por el importe de S/. 52,500.00, a favor de Interventores de los trabajadores activos y pensionistas en contravencion de la MORDAZA Tecnica de Control Interno para el Area de Contabilidad Publica Nº 208-06, tambien se determina que se han reservado 117 comprobantes de pago en MORDAZA para futuras operaciones, evidenciando con ello, el desconocimiento de la acotada MORDAZA Tecnica de Control Interno para el Area de Tesoreria Nº 230-07; determinandose

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Disponen iniciar MORDAZA disciplinario a ex funcionarios de la municipalidad
RESOLUCION Nº 022-99-ALC/MDLV La MORDAZA, 31 de MORDAZA de 1999

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