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Pág. 173898 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de junio de 1999 que correspondan a las operaciones de código compartido que se autorizan por la presente resolución. Artículo Quinto.- La presente autorización queda sujeta a la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronáutica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su reglamento; Ley Nº 26917; Ley Nº 26984, así como al cumplimiento estricto de todas las condicio- nes y requisitos establecidos en la presente Resolución Directo- ral por parte de ambas empresas, así como a las demás disposi- ciones legales vigentes. Artículo Sexto.- La presente autorización será revocada, pre- via comunicación a ambas empresas transportadoras, cuando in- cumplan las obligaciones contenidas en la presente Resolución Directoral ; o según sea el caso, el explotador directo pierda alguna de las capacidades legal, técnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronáutica Civil, modificada por el Decreto Legis- lativo Nº 670, su reglamento, la Ley Nº 26917, Regulaciones Aero- náuticas del Perú y demás disposiciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Permiso de Operación. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier incumplimiento a la presente autorización, será sancionado en la forma que estable- ce el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronáutica Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENDOZA MELENEZ Director General Dirección General de Transporte Aéreo 7331 Otorgan concesiones a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre de pasajeros en las rutas Lima - Andahuaylas y Lima - Cusco RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1245-99-MTC/15.18 Lima, 20 de mayo de 1999 VISTO, el Expediente de Registro Nº 00008010 de fecha 4- 1-99, organizado por la empresa de transportes EXPRESO TURISMO NACIONAL S.A., sobre nuevas concesiones de ru- tas: Lima - Andahuaylas y Lima - Cusco y viceversa e Informe Nº 011-99-MTC/15.18.04.1 de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes EXPRESO TURISMO NA- CIONAL S.A. mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado concesiones en las rutas: LIMA - ANDAHUAYLAS y LIMA - CUSCO y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Inter- provincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 011-99-MTC/15.18.04.1, se concluye que la referida empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido reglamento y señala- dos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC; recomendán- dose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Ad- ministrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019- 97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes EXPRESO TURISMO NACIONAL S.A., las concesiones de las rutas: LIMA - ANDAHUAYLAS y LIMA - CUSCO y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de esta resolu- ción, de acuerdo a los siguientes términos: A)RUTA :Lima - Andahuaylas ITINERARIO :Pisco - San Clemente - Ayacucho ESCALA COMERCIAL :Ayacucho FRECUENCIAS :Una (1) semanal HORARIOS :Salida de Lima: 13.00 horas (lunes) Salida de Andahuaylas: 13.00 horas (martes) FLOTA VEHICULAR :Operativa: Un (1) ómnibus de placa: UP-3620 (1990) Reserva: Un (1) ómnibus de placa: UM-1105 (1980) TIEMPO DE VIAJE :13 horasB)RUTA :Lima - Cusco ITINERARIO :Ica - Nasca - Abancay ESCALA COMERCIAL :Abancay FRECUENCIAS :Una (1) semanal HORARIOS :Salida de Lima: 11.00 horas (miércoles) Salida de Cusco: 11.00 horas (viernes) FLOTA VEHICULAR :Operativa: Dos (2) ómnibus de placas: UI-3840 (1989) y US-1052 (1985) Reserva: Un (1) ómnibus de placa: UM-1105 (1980) TIEMPO DE VIAJE :28 horas Las tarjetas de circulación serán expedidas de acuerdo al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabili- dad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas establecidas en el reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concer- nientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovin- cial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servi- cio dentro de los treinta (30) días calendario computados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17º del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; caso contrario, se aplicarán las sanciones previstas en el segundo párrafo del Artículo 16º del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Inter- nacional. Quinto.- La presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 7280 COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL Autorizan la asistencia de magistra- dos en la Conferencia "Enfoque Pre- ventivo del Maltrato Infantil", a reali- zarse en la ciudad de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 913-CME-PJ Lima, 3 de junio de 1999 VISTO: El Oficio Nº 516-99-PROMUDEH-VM, cursado por el señor doctor William Toro Cabrera, Viceministro del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26546, modificada y ampliada mediante las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, se crea por un período de excepción la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, encargada de las funciones de gobierno y gestión del Poder Judicial, ade- más de la Reestructuración y Reorganización Integral de este Poder del Estado; Que, es interés fundamental de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial elevar el nivel académico de los magistrados, promoviendo su participación en actividades de capacitación y actualización; Que, el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano mediante el documento del visto, solicita la asistencia de los magistrados para la Conferencia "Enfoque Preventivo del Maltrato Infantil", a realizarse el día 4 de junio del año en curso en la ciudad de Lima, en el Auditorio del PROMUDEH, como parte de la celebración del "Día de la No Agresión contra los Niños"; Que, el tema de la citada conferencia se enmarca dentro de los Planes de Mejoramiento de la Administración de Justicia, por lo que resulta conveniente autorizar la asisten- cia de los magistrados propuestos por los Presidentes de las Cortes Superiores del Callao, Cono Norte de Lima y de Lima;