Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 1999 (04/06/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de junio de 1999

evidencias suficientes que ameritan la responsabilidad respecto a los cargos formulados contra los indicados ex funcionarios; Que, los hechos precedentemente expuestos constituyen faltas graves de caracter disciplinario previstas en los incisos a) y d) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, por incumplimiento de las normas legales, haber demostrado negligencia en el desempeno de sus funciones y por no haber cumplido con las obligaciones previstas en los incisos a), b) y d) del Articulo 21º de la acotada MORDAZA legal; Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 0211-99-ALC/MDLV, de la misma fecha, se instaura MORDAZA administrativo disciplinario contra los ex funcionarios a que se hace referencia en el MORDAZA y tercer considerados de la presente resolucion; Que, conforme a lo informado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios con fecha 25 de MORDAZA de 1999 y estando al merito del Oficio Nº 066-99-OAI/MDLV de la Oficina de Auditoria Interna de fecha 28 del mismo mes, para la dacion de la Resolucion de Alcaldia Nº 0211-99-ALC/MDLV, se ha incurrido en omisiones de caracter procedimental, que es necesario solucionar; A merito de lo expuesto, estando a lo acordado, con la visacion del Jefe de la Oficina Juridica y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejese sin efecto la Resolucion de Alcaldia Nº 0211-99-ALC/MDLV de fecha 25 de MORDAZA de 1999, por las consideraciones expuestas en el ultimo considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Instaurar MORDAZA administrativo disciplinario a los ex Directores Municipales, senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Velasquez; a los ex Directores de Administracion, senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Granados; a los ex Jefes de la Unidad de Tesoreria, senores MORDAZA Aristizabal MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y senora Dolibeth MORDAZA MORDAZA, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Los ex funcionarios procesados tendran derecho a presentar sus descargos por escrito y las pruebas que estimen conveniente a su defensa ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, dentro del termino de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion. Articulo Cuarto.- Notifiquese con la presente resolucion a los ex funcionarios procesados mediante el Diario Oficial El Peruano para los efectos legales correspondientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BONIFAZ MORDAZA MORDAZA 7334

siendo en tal sentido politica de la actual gestion propiciar un conjunto de acciones destinadas a proporcionar al ciudadano un ambiente adecuado para la satisfaccion de sus necesidades, empleando los recursos municipales y aplicando la normatividad vigente; Que, las municipalidades en virtud de la funcion que les confiere el Art. 66º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades, pueden normar y controlar las actividades relacionadas con el saneamiento ambiental, en tal sentido los ruidos dentro de la perspectiva municipal se encuentra dentro de dicho contexto siendo regulado su control por la Ordenanza Metropolitana Nº 015-MML, MORDAZA que por su alcance es aplicable en todo MORDAZA y sus distritos; Que, la Ordenanza Metropolitana de Ruidos Molestos Nº 015-MML regula la supresion y limitacion de ruidos nocivos y molestos para la provincia de MORDAZA, coincidentemente y en estricta aplicacion de la Ley Organica de Municipalidades, nos corresponde su aplicacion dentro de los parametros legales pertinentes; Y estando a las facultades delegadas al Despacho de Alcaldia por el inciso 6) del Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- Dispongase la regulacion de actividades en los centros publicos y privados asi como la adecuacion de los ruidos que se produzcan en ellos, a lo dispuesto por la Ordenanza Metropolitana Nº 015-MLM. Articulo Segundo.- Establezcase en la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA, como medida de decibeles MORDAZA a emplearse la de 80 decibeles, la transgresion a lo dispuesto acarrea sancion, pudiendose aplicar supletoriamente lo dispuesto por la Ordenanza Nº 015-MLM. Articulo Tercero.- Dispongase que todas aquellas personas naturales o juridicas que deseen realizar actividades, cumplan con presentar su respectiva declaracion jurada debidamente firmada, asi como la relacion de actividades con una anticipacion de 7 dias, sin perjuicio de efectuar el pago de los impuestos correspondientes. Articulo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldia entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 112º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades. Articulo Quinto.- Encargar el cumplimiento y aplicacion del presente Decreto de Alcaldia a la Direccion de Servicios Sociales, Direccion de Servicios Comunales, Unidad de Policia Municipal, respectivamente. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA STOLAR MORDAZA 7315

Exoneran de MORDAZA de Seleccion por Adjudicacion Directa la adquisicion de Disponen que actividades en centros insumos para el Programa del Vaso de publicos y privados y emision de rui- Leche RESOLUCION DE ALCALDIA dos producidos en ellos, deben reguNº 1015-99-CDSB-A larse de acuerdo a la Ordenanza Nº San MORDAZA, 1 de junio de 1999 015-MLM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-99-A-MDMM MORDAZA MORDAZA, 1 de junio de 1999 VISTO: Que, en la municipalidad ultimamente se han recibido un sinnumero de quejas de vecinos del distrito de MORDAZA MORDAZA, respecto a la emision de ruidos consecuencia de la realizacion de actividades en centros publicos y privados; perturbando la tranquilidad y atentando coincidentemente contra su salud y bienestar de estos; Que, corresponde a las municipalidades planificar, ejecutar e impulsar a traves de los organismos competentes, EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 053-99-CDSB-OA, la Oficina de Administracion senala que en el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Nº 002-99/MDSB/UL (segunda convocatoria), para la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, solo se ha presentado un postor, por lo que se ha declarado desierta; Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, establece en su Art. 19º, Inc. f), que los procesos de seleccion declarados desiertos en dos oportunidades se encuentran exonerados de Licitacion y Concurso Publico. A su vez el Art. 20º de la referida ley precisa que en los casos a que se refiere el Art. 19º de la misma ley, dentro de los cuales esta

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA

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