Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 1999 (10/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 10 de junio de 1999

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanzas que establecen el Regimen Tributario de la Tasa de Licencia Municipal de Funcionamiento
ACUERDO DE CONCEJO Nº 117 MORDAZA, 7 de junio de 1999 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Vista en sesion ordinaria de Concejo de la fecha, la solicitud formulada mediante Carta S/N recepcionada el 31 de marzo de 1999 de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, para la ratificacion de las Ordenanzas Nºs. 012 y 015-99-MDMM que establecen el Regimen Tributario de la Tasa de Licencia Municipal de Funcionamiento en su jurisdiccion; De acuerdo con la opinion favorable del Servicio de Administracion Tributaria (SAT), emitida mediante Informe Nº 04-22-000239 y Oficio Nº 00389-99-SAT/MML, lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 048-99-MML/CEPP y lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo; ACORDO: Ratificar la Ordenanza Nº 012-99-MDMM de 22 de marzo de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 del indicado mes y su modificatoria la Ordenanza Nº 015-99-MDMM, de fecha 9 de MORDAZA de 1999, publicada en el mismo diario el 13 de MORDAZA de 1999, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, que establecen el Regimen Tributario de la Tasa de Licencia Municipal de Funcionamiento en su jurisdiccion; Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 7580

Que, de acuerdo a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 32º de la Ley Nº 26850, en el supuesto que un mismo MORDAZA de seleccion sea declarado desierto en dos oportunidades, la entidad convocante podra realizar una adjudicacion directa, observando lo dispuesto en la Ley Nº 26850, su Reglamento y la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; Que, el Decreto Legislativo Nº 841 establece en su MORDAZA articulo la autorizacion a todos los Programas de Apoyo Alimentario y de Compensacion Social, entre ellos el Programa del Vaso de Leche, para celebrar convenios o contratos a futuro directamente con los productores agrarios organizados o con la participacion de las empresas agroindustriales, hasta por el 100%, a efecto de promover el consumo de productos e insumos nacionales; Que, asimismo, la Ley Nº 26746, que modifica la Ley Nº 26573 dispone que los Programas de Emergencia estan exonerados del cumplimiento de requisitos de Licitacion o Concurso Publico de precios que senala la ley, para realizar las adquisiciones de productos e insumos alimenticios nacionales producidos en el mismo ambito geografico donde realizan sus actividades de apoyo a la poblacion deprimida; Que, habiendose declarado desierta la licitacion en MORDAZA convocatoria debe procederse conforme el literal f) del Articulo 19º de la Ley Nº 26850 que exonera de un MORDAZA MORDAZA de seleccion a aquellos que fueran declarados desiertos en dos oportunidades; Que, conforme a lo establecido en el inciso c) del Articulo 20º de la Ley Nº 26850, las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo citado en el considerando anterior se aprobaran mediante resolucion de la MORDAZA autoridad de la entidad, en el caso de los Gobiernos Locales; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 6º de la Ley Nº 26703 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, es el Titular de una Entidad del Sector Publico, la mas alta Autoridad Ejecutiva, siendo en el caso de las Municipalidades el Alcalde; Que, tal como lo preve el inciso c) del Articulo 44º del Reglamento de la Ley Nº 26850, el procedimiento de menor cuantia es aplicable en las contrataciones y adquisiciones a que se refiere el Articulo 19º de la Ley, siendo el responsable de las mismas la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad; Que, en virtud de lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 20º de la Ley Nº 26850 y del inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Nº 23853; SE RESUELVE: 1.- Aprobar la adquisicion de 727,500 litros de leche pasteurizada, quedando la misma exonerada de Licitacion Publica, debiendose realizar mediante el procedimiento de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. 2.- Disponer que la Direccion Municipal Metropolitana tenga a su cargo el desarrollo del presente MORDAZA de seleccion. Comuniquese, registrese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA 7584

Aprueban la adquisicion de leche pasteurizada mediante el procedimiento de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 2077 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 1999 Visto, la recomendacion de exoneracion del MORDAZA de Licitacion efectuada por el Comite Especial mediante Acta de Sesion de fecha 26.4.99, referente a la Licitacion Publica Nº 004-99-CE-MML para la adquisicion de 727,500 litros de leche pasteurizada. CONSIDERANDO: Que, conforme consta en el Acta de Sesion de fecha 12.3.99, habiendo quedado valida solo una oferta se declaro desierta la Licitacion en primera convocatoria, conforme a lo establecido en el Articulo 32º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, con fecha 26 de MORDAZA de 1999 los miembros del Comite Especial declararon desierta la Licitacion, en MORDAZA convocatoria, al haberse presentado menos de dos postores, tal como consta en el acta respectiva;

Autorizan ampliacion de plazo solicitado por empresa para culminar obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION Nº 041-99-MML/DMDU MORDAZA, 20 de MORDAZA de 1999 LA DIRECCION MUNICIPAL DE DESARROLLO MORDAZA Visto, el Expediente Nº 701021-97 y Anexo Nº 557-99, seguidos por SONTERRA S.A., con el que solicitan la Ampliacion de Plazo para culminar las Obras de la Habilitacion MORDAZA, del terreno de 6,900.00 m2, ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y,

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