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Pág. 174121 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de junio de 1999 un valor aproximado de US$ 8 748,00 (Ocho Mil Setecientos Cuarenta y Ocho y 00/100 Dólares de Estados Unidos de Amé- rica), según Certificado de Donación de fecha 12 de febrero de 1997 y un peso aproximado de 6 kgs., según Guía Aérea Nº IND 544595714-3 de Emery Worldwide. - Resolución Directoral Nº 146-97-SA/OFICE Donación efectuada por Direct Relief International de Esta- dos Unidos de América a favor del Instituto de Ciencias Neuro- lógicas "Oscar Trelles Montes" del Ministerio de Salud, consis- tente en medicinas, equipos y materiales médicos, con un valor aproximado de US$ 9 556,00 (Nueve Mil Quinientos Cincuenta y Seis y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América) y un peso aproximado de 1 724 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº 15 - 635295 de Econocaribe. - Resolución Directoral Nº 346-97-SA/OFICE Donación efectuada por Calvary Baptist Church de Estados Unidos de América a favor de la Dirección Regional de Salud - Lambayeque, consistente en 5 radios emisores/transmisores, con sus antenas y accesorios, con un valor aproximado de US$ 3 000,00 (Tres Mil y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Carta de Donación de fecha 14 de mayo de 1997 y un peso aproximado de 198 Lbs., según Guía Aérea Nº 005 2876 9241 de Continental. - Resolución Directoral Nº 107-98-SA/OFICE Donación efectuada por Friends of Ostomates Worldwide (F.O.W) de Estados Unidos de América a favor del Instituto de Enfermedades Neoplásicas - INEN del Ministerio de Salud, consistente en bolsas de colostomía, urostomía entre otros, con un valor aproximado de US$ 4 540,00 (Cuatro Mil Quinientos Cuarenta y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según Carta de Donación de fecha 10 de febrero de 1998 y un peso aproximado de 412 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº CHI/CAL/06747 de Direct Container Line Inc. Artículo 2º.- Compréndanse a las donaciones citadas en el artículo precedente dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aproba- do por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 7744 Autorizan implementar condiciones para la ejecución del Programa de Apoyo a la Seguridad Alimentaria "PASA-97" RESOLUCION MINISTERIAL Nº 128-99-EF/77 Lima, 9 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0591-99-RE se ha aceptado la cooperación financiera no reembolsable provenien- te de la Comisión Europea, ascendente a la suma de ECUS 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 ECUS) para la ejecución del Programa de Apoyo a la Seguridad Alimentaria Perú - Comisión Europea, denominado "PASA-97"; Que, por Decreto Supremo Nº 031-97-RE se ratificó el Con- venio Base de Cooperación Financiera no Reembolsable para la ejecución del citado Programa; Que, es necesario autorizar a la Dirección General del Tesoro Público para que lleve a cabo la implementación de las condicio- nes administrativas y financieras que el Ministerio de Econo-mía y Finanzas debe ejecutar conforme a lo previsto en el Anexo 1 de la Carta Oficial Nº 17.441, de fecha 31 de diciembre de 1997, documento en el cual se plasma la cooperación en referencia; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 183 y su modificatoria el Decreto Legislativo Nº 325 y la Resolución Ministerial Nº 092-EF/43; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a la Dirección General del Tesoro Público a establecer los procedimientos para la imple- mentación de las condiciones administrativas y financieras que el Ministerio de Economía y Finanzas debe ejecutar conforme a lo previsto en el Anexo 1 de la Carta Oficial a que se refiere la parte considerativa de esta norma legal. Regístrese y comuníquese. VICTOR JOY WAY ROJAS Ministro de Economía y Finanzas 7740 Precios FOB de referencia para la aplicación de los derechos específi- cos correspondientes a la importación de productos agropecuarios RESOLUCION MINISTERIAL Nº 130-99-EF/15 Lima, 11 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 0016-91- AG, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley Nº 25528 y modificatorias, la importación de ciertos productos agropecua- rios está sujeta a la aplicación de derechos específicos variables; Que, por Decreto Supremo Nº 114-93-EF y normas modificato- rias, se actualizaron las tablas aduaneras aplicables a las importa- ciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, corresponde publicar los precios FOB de referencia para la semana comprendida entre el 31 de mayo y el 6 de junio de 1999; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 133-94-EF; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Publíquese los precios FOB de referencia para la aplicación del derecho específico variable a que se refiere el Decreto Supremo Nº 133-94-EF: PRECIOS FOB DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF) US$ por T.M. Fecha Maíz Arroz Azúcar BDTE BDTK SULX Del 31/5 al 6/6 95 236 212 Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR JOY WAY ROJAS Ministro de Economía y Finanzas 7741 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 237-99-EF Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 237-99-EF, publica- da en la edición del día 6 de junio de 1999 en la página 173965. En los Artículos 2º, 3º y 4º: DICE: ... contrato ... DEBE DECIR: ... Contrato ... 7575