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Pág. 174137 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de junio de 1999 PODER JUDICIAL Disponen validar Acta referida a Dise- ño Personalizado del Nuevo Despacho Judicial de Juzgados en lo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 277-99-SE-TP-CME-PJ Lima, 4 de junio de 1999 VISTO: El Memorando Nº 498-99-PJ-SE-GCR, emitido por el Ge- rente Central de la Reforma; y demás documentos adjuntos; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26546, sus modificatorias y ampliato- rias, Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, se crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la misma que ha asumido por un período de excepción, las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado; Que, de acuerdo al inciso 14) del Artículo 10º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial, modificado por Resolu- ción Administrativa Nº 029-99-SE-TP-CME-PJ, es función de la Secretaría Ejecutiva expedir las Resoluciones Administrativas necesarias para el óptimo funcionamiento administrativo del Poder Judicial; Que, adjunto al documento de Visto, el Gerente Central de la Reforma del Poder Judicial, remite el Acta que contie- ne la Exposición y Validación del Diseño Personalizado del Nuevo Despacho Judicial de los Juzgados en lo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima, reco- giendo importantes pautas y propuestas para implementar un nuevo Sistema de Despacho Judicial, actualizando e innovando técnicas, dando pase a la modernidad en la Admi- nistración de Justicia; Que, constituyendo el Acta citada en el considerando que antecede, un importante documento de gestión, resulta proce- dente y necesario emitir el acto administrativo correspondiente, con el fin de viabilizar y brindar el respaldo e incentivo necesario en las acciones que tiendan a la Reestructuración, Reforma y Modernización del Poder Judicial; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, Resoluciones Administrativas Nºs. 018- CME-PJ, 032-CME-PJ, y 029-99-SE-TP-CME-PJ, y demás disposiciones concordantes sobre la materia; SE RESUELVE: Artículo Unico.- VALIDAR el contenido del Acta refe- rida al Diseño Personalizado del Nuevo Diseño Personaliza- do del Nuevo Despacho Judicial de los Juzgados en lo Civil de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima, correspondiendo a la Gerencia Central de la Reforma, a través de los Organos de Línea competentes, la implemen- tación de las acciones tendentes a la materialización del Diseño correspondiente, proponiendo las modificaciones sus- tentadas en los estudios técnico especializados que pudie- ran ser necesarias para el mejor desarrollo de los objetivos de la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID PEZUA VIVANCO Titular del Pliego del Poder Judicial 7710 Inician proceso disciplinario a servi- dora del Distrito Judicial de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 279-SE-TP-CME-PJ Lima, 7 de junio de 1999VISTO: El Informe Nº 23-99-PJ-SE/CPPAD de la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios, relacionados con el Proceso Administrativo Disciplinario instaurado en con- tra de la servidora CARMEN DEL PILAR RIVERA TEJADA, Auxiliar Judicial I del Distrito Judicial de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, por oficio Nº 02-98-ADM-I-CS-PJ el Administrador de la Corte Suprema de Justicia de la República, remite los actua- dos al Sr. Inspector General del Poder Judicial, relacionados con la sustracción de una computadora portátil marca AST-Note Book-ASCENTIA-95-ON P/75 de propiedad del Poder Judicial, de las instalaciones de la Secretaria de la Sala Penal Corpora- tiva Nacional; en virtud de ello se dispuso la Apertura de Investigación Nº 032-98 en contra del personal que resulte responsable, por negligencia en el desempeño de sus funciones; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, dentro del plazo señalado, ha cumplido con hacer el estudio y análisis del expediente administrativo Nº 16-99- CPPAD/PJ, pronunciándose por la instauración de proceso ad- ministrativo disciplinario en contra de la servidora CARMEN DEL PILAR RIVERA TEJADA, a través del Informe Nº 23-99- PJ-SE/CPPAD, por sustracción de la computadora en referen- cia, que fue asignada por el Presidente de la Sala Penal Corpo- rativa Nacional, Dr. Gerardo Alberca Pozo, en abril de 1998 para uso en el trabajo, lo que ha sido corroborado con el Informe del Presidente de la Sala Penal en su Oficio Nº 89-98-SPCN de fecha 7.SET.98 y, acta de manifestación del Relator Sr. Javier Olivares Feijoo: Que, la servidora Carmen del Pilar Rivera Tejada, era la única persona que portaba y usaba la llave del anaquel en donde guardaba la computadora portátil, habiendo utilizado en forma permanente el día lunes 7 de julio de 1998, percatándose recién de la pérdida del bien el martes 8.JUL.98 a horas 8.00 a.m. ú 8.20 a.m., conforme lo refirió en su informe y acta de manifesta- ción, existiendo una contradicción en cuanto a la hora; Que, sin lugar a duda, la investigada no ha adoptado las medidas de seguridad que el caso amerita en su condición de usuaria del bien, conforme lo establece en el punto b) del oficio circular Nº 19-97-GG que a la letra dice: "Se debe considerar como 1º custodio del material al usuario del mismo, por consi- guiente, es responsabilidad de éste brindarle la seguridad que el caso amerita (caja de seguridad, armarios y escritorios con cerraduras confiables, accesos restringidos)"; incumpliendo así una de sus obligaciones como servidora; advirtiéndose de que ha habido negligencia por parte de aquélla en el cuidado del bien que estaba a su cargo, por cuya razón le asiste responsabilidad civil por el costo del bien sustraido; y, negligencia en el desem- peño de sus funciones que, como servidora debió haber cautela- do la seguridad del Patrimonio del Estado que tenía bajo su directa responsabilidad; Que, los hechos materia de investigación se encuentran en la DININCRI-CENTRO de la Policía Nacional del Perú a cargo del Capitán Huamán Barbarán, a efecto de determinar la forma y circunstancia cómo desapareció la computadora portátil marca AST-Ascentia-95-ON P/75 y, determinar la responsabilidad a quien corresponda; Que, mediante Oficio Nº 150-99-PJ-SE/CPPAD de fecha 20 de abril de 1998, la CPPAD ha solicitado al Gerente de Admi- nistración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, informe documentado respecto a las gestiones y/o acciones para la recuperación de la computadora portátil; Que, de la calificación legal efectuada por la CPPAD, fluye que la mencionada servidora Carmen del Pilar Rivera Tejada, ha transgredido las obligaciones que tiene todo servidor público, previsto en el inciso b) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276 que a la letra dice: "salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recur- sos públicos", concordante con el Artículo 129º de su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM cuyo tenor es: "Los funcionarios y servidores deberán actuar con corrección y justeza al realizar actos administrativos que les corresponde, cautelando la seguridad y el patrimonio del Estado que tengan bajo su directa responsabilidad"; por lo que existiendo elementos de juicio que harían presumir la presunta comisión de falta administrativa prevista en los incisos a) y d) del Artículo 28º del acotado cuerpo legal; resulta procedente instaurar proceso administrativo disci- plinario, para que, dentro de un debido proceso y haciendo uso de su derecho de defensa, deslinde su responsabilidad; De conformidad con las Recomendaciones formuladas por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, y de acuerdo a lo que establecen los Artículos 21º inciso b); 28º incisos a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remune- raciones del Sector Público y Artículos 129º, 150º, 153º, 166º, 168º, 169º de su Reglamento - Decreto Supremo Nº 005-90- PCM;