Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 1999 (12/06/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 12 de junio de 1999

NORMAS LEGALES

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sesenta (60) dias calendario computados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 7706

154-99-MTC/15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de CABLE TELEVISION PAIJAN E.I.R.LTDA.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde otorgar la concesion solicitada, aprobar el contrato de concesion y autorizar su suscripcion; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 02298-MTC y 002-99-MTC; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a CABLE TELEVISION PAIJAN E.I.R.LTDA. concesion para la explotacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende la MORDAZA MORDAZA del distrito de Paijan, de la provincia de Ascope, del departamento de La Libertad. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con CABLE TELEVISION PAIJAN E.I.R.LTDA. para la prestacion del servicio publico al que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veinticuatro (24) clausulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba mediante la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- MORDAZA de la suscripcion del contrato de concesion, CABLE TELEVISION PAIJAN E.I.R.LTDA. debera cumplir con el pago del derecho de concesion, del canon, si corresponde, y de la publicacion de esta resolucion. Articulo 5º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario computados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 7705

Otorgan concesion a empresa para la explotacion del servicio publico de radiodifusion por cable
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 246-99-MTC/15.03 MORDAZA, 11 de junio de 1999 Vista la solicitud presentada por CABLE TELEVISION PAIJAN E.I.R.LTDA., sobre otorgamiento de concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la MORDAZA MORDAZA del distrito de Paijan, de la provincia de Ascope, del departamento de La Libertad. CONSIDERANDO: Que, conforme al T.U.O. de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94-TCC y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, asi como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones de este, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para el otorgamiento de concesion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº

PCM
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 020-99-PCM TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA Fe de Erratas del MORDAZA del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado , aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 020-99- PCM, publicado en nuestra edicion del dia 7 de junio de 1999, en las pags. 173990 al 173996. DEBE DECIR:
Nº DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS TASA UIT CALIFICACION APROBACION EVALUACION NO AUTOMATICA POSI- NEGA- REGUTIVO TIVO LADO INICIO DE TRAMITE AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO DE IMPUGNACION

1

DE LOS EJECUTORES DE OBRAS PUBLICAS 7. REGULARIZACIONES POR PRESENTACIONES EXTEMPORANEAS 7.3 Del Record de Obras

0.05 Solicitud dirigida al Gerente de los Registros: * MORDAZA del Record de Obras despues de los diez dias de vencido el plazo de MORDAZA

7d

Of. Tramite Documentario

Gerencia de los Registros

2

DE LOS CONSULTORES DE OBRAS PUBLICAS 1. DE LA INSCRIPCION 1.1 Requisitos de Inscripcion a. Persona Natural

Solicitud dirigida al Gerente de los Registros segun modelo oficial al cual se adjuntaran: * Declaracion Jurada sobre la veracidad de datos consignados segun Ley N° 25035 * Curriculum Vitae donde conste los trabajos y estudios realizados. * MORDAZA vigente de estar habil en el CIP o CAP. * Balance de Apertura en el Libro de Inventarios y Balances, Balance del ultimo ejercicio presentado a la SUNAT, Estados Financieros suficientes que acrediten la solvencia del Consultor de Obras, firmados y sellados por CPC.

0.50

30d

Of. Tramite Documentario

Gerencia de los Registros

Presidencia CONSUCODE

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