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Pág. 174125 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de junio de 1999 Oficializan el II Congreso Internacional de Derecho Civil, a realizarse en la ciudad de Arequipa RESOLUCION MINISTERIAL Nº 184-99-JUS Lima, 8 de junio de 1999 Visto el Oficio Nº 534-99-JUS/DNAJ de fecha 4 de junio de 1999 de la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos; CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 04-99-CERCI-CR de fecha 31 de mayo de 1999, el Presidente de la Comisión de Reforma del Código Civil del Congreso de la República, hace de conocimiento que dicha Comisión, el Instituto de Investigación Jurídico- Notarial "INDEJ" y la Revista de Derecho SCRIBAS de Arequi- pa han organizado el II Congreso Internacional de Derecho Civil: Encuentro de las Comisiones de Reforma de los Códigos Civiles de Perú y Argentina "15 AÑOS DEL CODIGO CIVIL Y SU PROCESO DE REFORMA", a realizarse del 4 al 7 de agosto del año en curso en la ciudad de Arequipa, con el objeto de dar a conocer a los operadores del derecho y público en general, los alcances de las reformas del derecho privado que se vienen gestando en dichas comisiones; para lo cual solicita la oficializa- ción respectiva del Ministerio de Justicia; Que la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos mediante el documento de visto, expresa que el certamen a realizarse es de trascendencia nacional y de interés general, lo que amerita se le confiera carácter oficial; Que es función del Ministerio de Justicia sistematizar la legislación y promover su estudio y difusión; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 26612; inciso i) del Artículo 3º, e inciso j) del Artículo 80º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aproba- do mediante Resolución Ministerial Nº 017-98-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DAR CARACTER OFICIAL al II Congreso Internacional de Derecho Civil: Encuentro de las Comisiones de Reforma de los Códigos Civiles de Perú y Argentina, "15 AÑOS DEL CODIGO CIVIL Y SU PROCESO DE REFORMA", a realizarse los días 4 al 7 de agosto del año en curso en la ciudad de Arequipa. Artículo 2º.- Los organizadores del citado evento, remiti- rán a la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia, las conclusiones a que se arriben al término del mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia 7660 PESQUERIA Ratifican Acuerdo COPRI que autoriza viaje de Secretario Técnico y miembro de Comité Especial, a los EE.UU., para participar en misión agroindustrial RESOLUCION SUPREMA Nº 086-99-PE Lima, 9 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de fecha 8 de junio de 1999, la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI) autorizó el viaje de los señores Luis José Valdez Rospigliosi e Ignacio Benavent Trullenque, Secreta- rio Técnico y Miembro respectivamente, del Comité Espe- cial del Proyecto de Irrigación e Hidroenergético Alto Piura, a la ciudad de Longbeach, California, Estados Unidos, entre los días 10 y 12 de junio de 1999, a fin de participar en laPrimera Misión Agroindustrial Peruana a California orga- nizada por COMEX PERU; Que, mediante la Directiva Nº 01-98-DE-COPRI aprobada por Acuerdo COPRI de fecha 20 de enero de 1998, se han aprobado las disposiciones sobre viajes y viáticos de los miem- bros de los Comités Especiales, Juntas Liquidadoras y Direc- ción Ejecutiva - COPRI; De conformidad con lo dispuesto en el literal b.1) del numeral 2.2 de la Directiva Nº 01-98-DE-COPRI referida en el conside- rando anterior, modificada por los Acuerdos COPRI de fecha 26 de enero de 1999 y de fecha 13 de abril de 1999, la Ley Nº 27111 y la Resolución Suprema Nº 033-99-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por la Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI) conforme al cual se autoriza el viaje de los señores Luis José Valdez Rospigliosi e Ignacio Benavent Trullenque, Secretario Técnico y Miembro respectivamente, del Comité Especial del Proyecto de Irrigación e Hidroenergético Alto Piura, a la ciudad de Longbeach, Califor- nia, Estados Unidos, entre los días 10 y 12 de junio de 1999, para los propósitos que se mencionan en el primer considerando de esta Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el viaje de las perso- nas antes mencionadas se efectuarán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002, Dirección Ejecutiva FOPRI - CO- PRI, del Pliego 018 del Ministerio de Pesquería, de acuerdo con el siguiente detalle: Luis José Valdez Rospigliosi: - Inscripción :US$ 300,00 - Pasajes :US$ 825,00 - Viáticos :US$ 660,00 - Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Ignacio Benavent Trullenque: - Inscripción :US$ 300,00 - Pasajes :US$ 825,00 - Viáticos :US$ 660,00 - Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, cualesquie- ra fuesen su denominación o clase. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Pesquería y por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesquería BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 7747 Prohíben actividades extractivas del recurso concha de abanico en área jurisdiccional de la Dirección Regional de Pesquería de Piura e isla Lobos de Tierra RESOLUCION MINISTERIAL Nº 190-99-PE Lima, 11 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que son patrimonio de la Nación los recursos hidrobiológicos conte- nidos en las aguas jurisdiccionales del Perú; en consecuencia correspon- de al Estado regular su manejo integral y explotación racional, considerando que la actividad es de interés nacional; Que mediante Resolución Ministerial Nº 386-97-PE del 25 de agosto de 1997 se prohibieron las actividades extractivas del recurso concha de abanico en los bancos naturales de bahía de