Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 1999 (12/06/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

Pag. 174130
PUERTO: CALLAO PRODUCTO Arroz Aceite Vegetal Lentejas Harina de Trigo Lentejas Harina de Trigo Totales BULTOS 7,200 3,791 999 2,600 1,990 598 17,178 TONELADAS TONELADAS BRUTAS NETAS 360.816 77.897 50.064 130.295 99.726 29.968 748.766 360.000 69.987 49.950 130.000 99.500 29.900 739.337

NORMAS LEGALES
VALOR FOB US$ 132,422.40 60,328.79 16,404.58 28,080.00 32,349.44 6,569.93 276,155.14 VALOR CIF US$ 174,464.71 70,652.55 22,382.39 43,134.79 44,250.51 10,033.94 364,918.89

MORDAZA, sabado 12 de junio de 1999

PUERTO: SALAVERRY PRODUCTO Arroz Aceite Vegetal Harina de Trigo Lentejas Arroz Totales BULTOS 4,000 1,625 2,204 1,998 1,200 11,027 TONELADAS TONELADAS BRUTAS NETAS 200.454 33.391 110.450 100.127 60.136 504.558 200.000 30.000 110.200 99.900 60.000 500.100 VALOR FOB US$ 72,908.00 25,860.00 24,093.03 32.809.16 22,070.40 177,740.59 VALOR CIF US$ 96,258.31 30,285.33 36,858.47 44,764.67 29,077.45 237,244.23

Articulo 2º.- Emplear el referido volumen de alimentos donados en el MORDAZA del Programa "Seguridad Alimentaria Sostenible", que ejecuta CARE-Peru en el MORDAZA, cuyo objetivo es asegurar que las familias de extrema pobreza tengan acceso y un adecuado suministro de alimentos que reuna sus requerimientos nutricionales minimos. Articulo 3º.- Encargar a las Gerencias de Linea para que participen en el seguimiento de las Acciones de Logistica Alimentaria (Recepcion, Almacenamiento, Manejo, Conservacion, Transporte, Distribucion y Uso de los alimentos donados) que ejecuta CARE-Peru. La informacion obtenida como resultado del seguimiento efectuado, sera utilizada en las evaluaciones que realiza PRONAA, segun los terminos estipulados en el Convenio de Donacion de Ayuda Alimentaria de Titulo II para Monetizacion y Distribucion Directa entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de America. Articulo 4º.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, por intermedio de la Agencia para el Desarrollo Internacional - USAID, su importante contribucion. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Contraloria General de la Republica (CGR) y a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional (SECTI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, dentro de los terminos de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VARA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo Programa Nacional de Asistencia Alimentaria 7676 RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 315-99-PRONAA/P MORDAZA, 9 de junio de 1999 VISTA: La Solicitud de la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE - Peru, formulada mediante Carta Nº CP # 1869 / 99 de fecha 26 de MORDAZA de 1999; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto a traves del Memorando Nº 542-99-GPP-PRONAA tramita la propuesta correspondiente, en atencion a lo solicitado por la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE-Peru, quien hace de conocimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, el arribo de la nave "Stamatina" a los puertos de Matarani y Salaverry, trayendo alimentos correspondiente a la ayuda alimentaria para el ano 1999, para su Distribucion Directa; Que, el 29 de octubre de 1954, el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA y el Gobierno del Peru celebraron un Convenio referente a Suministros y Equipos Humanitarios, mediante el cual se otorgan facilidades a Agencias de Rehabilitacion y MORDAZA Voluntario No Lucrativas para la distribucion de productos agricolas alimenticios y la ejecucion de Programas de Asistencia Humanitaria; Que, en el MORDAZA del Instrumento citado, el 16 de MORDAZA de 1999 se suscribe el Convenio de Donacion de Ayuda Alimentaria de Titulo II para Monetizacion y Distribucion Directa entre el

Gobierno del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, por el que el Gobierno Peruano, representado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y a solicitud del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano a traves del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA), oficialmente acepta y aprueba la donacion de aproximadamente 86,150 toneladas metricas de alimentos del Gobierno Norteamericano, de las cuales 29,750 tm. se usaran en Programas de Distribucion Directa y 56,400 tm. se utilizaran para Monetizacion; Que, en virtud al Articulo I: Aceptacion de la Donacion del referido Instrumento, la donacion esta sujeta a la disponibilidad de los productos y de los fondos, pudiendo el donante sustituir los productos en parte o en su totalidad con un producto o productos apropiados y/o limitar el valor total de cada producto debido a la variacion de precios o a cualquier otro factor que pueda afectar esta donacion; Que, en el Articulo III: Ejecucion del Programa del mencionado Convenio de Donacion, se acuerda que los alimentos importados para la distribucion directa y monetizacion seran de propiedad exclusiva de las Agencias Voluntarias de Titulo II, entre las cuales se encuentra la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE, quienes asumiran la responsabilidad total desde su recepcion en puertos peruanos hasta la distribucion al beneficiario final, debiendo utilizarlos en sus Programas Sociales y de Apoyo Alimentario que ejecuten en el MORDAZA del Plan Nacional de Nutricion y Alimentacion 19982000; Que, mediante Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercancias donadas provenientes del extranjero, consignadas entre otros, a Instituciones y Organismos Publicos, asi como las donadas por concepto de Cooperacion Tecnica Internacional y las consignadas a Instituciones Privadas debidamente acreditadas en sus respectivos sectores, orientadas a fines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozaran de tratamiento preferencial en el Despacho por las Aduanas de la Republica y estaran libres de pago de derechos especificos y adicionales consolidados en el Arancel de Aduanas, no siendo requisito para estos casos, la expedicion de Resolucion Liberatoria, ni Licencia Previa de Importacion; Con las visaciones de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Operaciones, Gerencia de Asesoria Juridica y de la Gerencia General Administrativa; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 719, Decreto Ley Nº 21942, Decretos Supremos Nºs. 127-91PCM y 020-92-PCM, Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM, Resolucion de Contraloria Nº 112-98-CG y Resolucion Ministerial Nº 111-97-PROMUDEH; y, estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Articulo 20º del Reglamento de Organizacion y Funciones de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y Aprobar la donacion procedente del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, a nombre del Gobierno Peruano, destinada para la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE-Peru, consistente en:
PRODUCTO PUERTO BULTOS TONELADAS TONELADAS VALOR BRUTAS NETAS FOB US$ 2,200 2,200 4,400 110.249 110.249 220.498 110.000 110.000 220.000 VALOR CIF US$

Harina de Trigo Salaverry Harina de Trigo Matarani Totales

25,223.00 33,133.34 25,223.00 33,133.34 50,446.00 66,266.68

Articulo 2º.- Emplear el referido volumen de alimentos donados en el MORDAZA del Programa "Seguridad Alimentaria Sostenible" que ejecuta CARE-Peru en el MORDAZA, cuyo objetivo es asegurar que las familias de extrema pobreza tengan acceso y un adecuado suministro de alimentos que reuna sus requerimientos nutricionales minimos. Articulo 3º.- Encargar a las Gerencias de Linea para que participen en el seguimiento de las Acciones de Logistica Alimentaria (Recepcion, Almacenamiento, Manejo, Conservacion, Transporte, Distribucion y Uso de los alimentos donados) que ejecuta CARE-Peru. La informacion obtenida como resultado del seguimiento efectuado sera utilizada en las evaluaciones que realiza PRONAA, segun los terminos estipulados en el Convenio de Donacion de Ayuda Alimentaria de Titulo II para Monetizacion y Distribucion Directa entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de America. Articulo 4º.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, por intermedio de la Agencia para el Desarrollo Internacional - USAID, su importante contribucion. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Contraloria General de la Republica (CGR) y a la Secretaria Ejecutiva de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.