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Pág. 174606 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de junio de 1999 establecen que la transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios que efectúen las instituciones educativas públicas y particulares para sus fines propios están inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modi- ficado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobó la relación de bienes y servicios inafectos al pago del Im- puesto General a las Ventas y de los Derechos Arancela- rios aplicables a las instituciones educativas públicas o particulares, estableciéndose, asimismo, el procedimien- to para la aplicación del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modi- ficado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APRUEBASE la inafectación de los Dere- chos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importación realizada por la Universidad Nacional de Inge- niería de los bienes que se encuentran incluidos en el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, según la partida arancelaria siguiente: Partida Arancelaria Descripción 8543.20.00.00 Generadores de señales Artículo 2º.- La inafectación a que se refiere el artícu- lo anterior procederá siempre que la importación de los bienes se ajuste a la cantidad, valor y demás característi- cas declaradas en los formularios de "Importaciones Libe- radas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Universidad Nacional de Ingeniería, según Expediente Nº 09393-99 y que dichos bienes sean destinados al cumpli- miento de los fines propios de la referida institución educativa. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalización que correspondan efectuar según el caso, al Ministerio de Educación, así como a la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, incluyendo la verificación de la clasificación arancelaria de los bienes cuya inafectación se solicita. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 8356 Designan Director General de Contabili- dad Analítica de Explotación de la Contaduría Pública de la Nación RESOLUCION SUPREMA Nº 278-99-EF Lima, 24 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director del Sistema Administrativo IV, Nivel F-5, Director General de la Dirección General de Contabilidad Analítica de Explotación de la Contaduría Pública de la Nación; Que, se debe cubrir la vacante producida, a fin de garantizar la continuidad de las acciones que viene desa- rrollando la mencionada entidad;De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 77º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa aproba- do por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR, a partir de la fecha de la presente Resolución, al señor CPC LEONIDAS GODO- FREDO SANCHEZ LLAMOZAS, en el cargo de Director General de la Dirección General de Contabilidad Analí- tica de Explotación de la Contaduría Pública de la Nación. Artículo 2º.- A la conclusión de la designación a que se refiere el artículo precedente, el citado funcionario retor- nará a la plaza del nivel de carrera que le corresponde en concordancia con el Artículo 77º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 8357 Designan Secretaria Técnica de la Contaduría Pública de la Nación RESOLUCION SUPREMA Nº 279-99-EF Lima, 24 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario Técnico de la Contaduría Pública de la Nación, por renuncia de su Titular, según la Resolución Suprema Nº 064-96-EF; Que, a fin de dar continuidad al servicio, es convenien- te designar al funcionario que desempeñe dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 77º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa aproba- do por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR, a partir de la fecha de la presente Resolución, a la señora CPC JUANA PONCIA- NO DE ANTEQUERA, en el cargo de Secretaria Técnica de la Contaduría Pública de la Nación. Artículo 2º.- A la conclusión de la designación a que se refiere el artículo precedente, la citada funcionaria retor- nará a la Plaza del nivel de carrera que le corresponde en concordancia con el Artículo 77º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 8358 Autorizan viaje de profesional del OSI- TRAN a Chile para participar en curso sobre proyectos privados de infraes- tructura pública RESOLUCION SUPREMA Nº 280-99-EF Lima, 24 de junio de 1999