Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 1999 (25/06/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 25 de junio de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 174617

MORDAZA de 1999, dispuso la publicacion de las listas de candidatos aptas para participar en las elecciones municipales complementarias a realizarse el 4 de MORDAZA proximo, para la eleccion de alcaldes y regidores para el Concejo Provincial de Lauricocha y los Concejos Distritales de San MORDAZA de MORDAZA, Queropalca, San MORDAZA de Cauri, Rondos y Jivia; advirtiendose que, entre las listas inscritas, se encontraba la Lista Independiente "Lauricocha 99", con candidatos para el concejo provincial y cuatro concejos distritales, la que habia solicitado su inscripcion el dia 5 de MORDAZA de 1999; Que, la lista de candidatos que representa el personero apelante, fue inscrita en virtud del Oficio Nº 854-EM99-GGE/ONPE del Gerente (e) de Gestion Electoral de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales ONPE, en el que se senala que la Lista Independiente "Lauricocha 99" cumplio con presentar todos los requisitos formales para su inscripcion, incluyendo la conformacion de no menos del 25% de hombres o mujeres, a que se refiere el Articulo 10º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; Que, la renuncia de la candidata MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la lista de regidores del Concejo Provincial de Lauricocha fue presentada el dia 17 de MORDAZA de 1999, es decir con posterioridad a la solicitud y cierre de inscripcion y a la calificacion efectuada por la ONPE, lo que determina que dicha lista se encontraba completa al momento de su inscripcion; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 19º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, la renuncia de alguno de los integrantes de la lista, no invalida la inscripcion de esta; habiendo quedado establecido que la Lista Independiente "Lauricocha 99" fue inscrita con dos candidatas mujeres en lista de regidores, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolucion Nº 280-98JNE de fecha 11 de junio de 1998; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Revocar la Resolucion Nº 003-99JEEL-HUANUCO-JESUS de fecha 14 de junio de 1999, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Lauricocha, que resuelve excluir de la relacion de candidatos inscritos para el Concejo Provincial de Lauricocha a la Lista Independiente "Lauricocha 99"; la que se encuentra habil para participar en las elecciones municipales complementarias a realizarse el 4 de MORDAZA proximo. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento el contenido de la presente resolucion al MORDAZA Electoral Especial de Lauricocha y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 8328

to a la vacancia de los regidores MORDAZA MORDAZA Villena y MORDAZA Betzabe MORDAZA MORDAZA, respectivamente; Los Oficios Nºs. 266 y 324-99-ALC/MDSA, recibidos el 19 de marzo y 13 de MORDAZA del presente ano, remitidos por el ciudadano MORDAZA MORDAZA Munoz, MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, quien adjunta los expedientes referidos a la solicitud de declaratoria de vacancia de los regidores MORDAZA MORDAZA Villena y MORDAZA Betzabe MORDAZA Correa; asimismo, acompana los recibos de pago por arrendamiento de inmueble, enviados por los regidores mencionados; CONSIDERANDO: Que, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito al Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA se declare la vacancia del cargo de regidor que ostenta don MORDAZA MORDAZA Villena, por no residir en el distrito de MORDAZA Anita; asimismo, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito al mencionado concejo declare la vacancia del cargo de regidora que ostenta MORDAZA Betzabe MORDAZA MORDAZA, por no residir en la circunscripcion del distrito de MORDAZA MORDAZA, dos anos MORDAZA de la fecha que fuera elegida, indicando que desde hace siete (7) u ocho (8) meses, recien radica en dicha circunscripcion, incumpliendose lo dispuesto por el Articulo 6º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; Que, por las Resoluciones de Concejo Nºs. 0005 y 000699-MDSA, expedidas por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, se declaro improcedentes las solicitudes de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente, en relacion a la vacancia de los cargos de regidor que desempenan MORDAZA MORDAZA Villena y MORDAZA Betzabe MORDAZA Correa; Que, del analisis de autos respecto al regidor MORDAZA MORDAZA Villena se establece: a) en la certificacion expedida por la Policia Nacional del Peru, Comisaria de MORDAZA MORDAZA, consta que la ciudadana MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, al momento que se realizo la referida constatacion, manifesto que MORDAZA MORDAZA Villena tiene una habitacion en el inmueble de propiedad de su esposo, ubicada en la circunscripcion del distrito de MORDAZA MORDAZA, tal como aparece a fojas 61; b) el contrato privado de arrendamiento de una habitacion, ubicada en la circunscripcion del distrito de MORDAZA MORDAZA, celebrado por MORDAZA MORDAZA Villena en calidad de arrendatario y MORDAZA MORDAZA Cambillo en calidad de arrendador, vigente desde el 1 de enero de 1996 hasta el 30 de diciembre del ano en curso, cuyas copias certificadas por notario publico aparecen de fojas 82 y 83; c) los correspondientes recibos de pago por arrendamiento, tal como aparecen de fojas 156 a 175; y, d) la MORDAZA de trabajo expedida por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, propietaria del local comercial "Heladeria Danny" ubicada en la circunscripcion del distrito de MORDAZA MORDAZA, en la cual se indica que MORDAZA MORDAZA Villena, es responsable de la supervision y mantenimiento del mencionado local comercial, instrumental que obra a fojas 84; Los documentos anteriormente mencionados acreditan que, el regidor MORDAZA MORDAZA Villena tiene domicilio en la circunscripcion del distrito de MORDAZA MORDAZA, en uso legitimo de su derecho a residir o laborar en varios lugares considerandosele domiciliado en cualquiera de ellos, situacion que se presenta en el caso de autos, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 35º del Codigo Civil, no estando incurso en la causal de vacancia que se le atribuye; ademas, el impugnante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no ha remitido prueba idonea y suficiente que acredite que el regidor MORDAZA MORDAZA Villena se encuentre incurso en algunas de las causales de vacancia del cargo establecidas en el Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, del estudio de autos respecto a la regidora MORDAZA Betzabe MORDAZA MORDAZA, se establece: a) en la certificacion realizada por la Policia Nacional del Peru - Comisaria de MORDAZA MORDAZA, consta que la ciudadana MORDAZA MORDAZA Aparia manifiesta que MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al momento de la constatacion policial, no se encontraba presente en el inmueble materia de verificacion, tal como aparece a fojas 98; y, b) los contratos privados de arrendamiento del inmueble ubicado en la circunscripcion del distrito de MORDAZA MORDAZA, celebrado por MORDAZA Betzabe MORDAZA MORDAZA en calidad de arrendataria y MORDAZA MORDAZA Tacuri como arrendador, (contratos prorrogados), se inician el 1 de febrero de 1995 y MORDAZA hasta el 27 de enero de 1999, cuyas copias certificadas por notario publico obran de fojas 127 a 130; y, c) obra en autos copias certificadas de los recibos de pago por arrendamiento del referido inmueble, tal como aparecen de fojas 147 a 153; Que, los documentos anteriormente analizados acreditan que la regidora MORDAZA Betzabe MORDAZA MORDAZA

Declaran que regidores de los concejos distritales de MORDAZA MORDAZA y Pariahuanca continuan en el ejercicio de sus funciones
RESOLUCION Nº 1013-99-JNE MORDAZA, 24 de junio de 1999 VISTOS: Los recursos de revision interpuestos el 19 de marzo del ano en curso, por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra las Resoluciones de Concejo Nºs. 0005-99-MDSA y 0006-99MDSA, respectivamente, expedidas por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que declaran improcedentes las solicitudes respec-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.