Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (25/06/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 174622 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de junio de 1999 Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Director General de la Policía Nacional del Perú, Director Nacional Contra el Tráfico Ilícito de Drogas de la Policía Nacional del Perú, Jefe de la VII Región de la Policía Nacional del Perú, Jefaturas de Policía Metropolitana y DI- VANDROS Centro, Sur y Este, Fiscal Superior Encargado de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Lima, Fiscales Provinciales Penales de Lima y Fiscales Provinciales de Pre- vención del Delito Area Menores, Drogas y Alcoholismo, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 8325 Modifican resolución que designó inte- grante de delegación que participará en evento sobre asuntos penales, a realizarse en Colombia RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 487-99-MP-CEMP Lima, 24 de junio de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: La Resolución Nº 483-99-MP-CEMP de fecha 23 de junio de 1999; y advirtiéndose que se ha incurrido en error material al consignar el apellido paterno de la Fiscal Provincial Provisional Antidrogas del Alto Huallaga, como Fernández, siendo el correcto Hernández, por lo que es necesario subsanar; En consecuencia, estando al Acuerdo Nº 3859 adopta- do por unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Minis- terio Público en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta, dejándose constancia que el señor doctor Pedro Pablo Gutiérrez Ferreyra, Fiscal Supremo Titular y Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Públi- co y el señor doctor Angel Rafael Fernández Hernani Becerra, Fiscal Supremo Provisional y Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, no se encuen- tran presentes; en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Subsanar el apellido paterno consignado en la precitada Resolución Nº 483-99-MP- CEMP que dice Fernández, debiendo decir: Hernández. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial, Presidente de la Comisión Ejecuti- va del Poder Judicial, Ministro de Estado en la Cartera de Justicia, Viceministro de Justicia, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Supremo Provisional de la Segunda Fiscalía Suprema en lo Penal y Especializa- da en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Director Nacional Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, y Fiscal mencio- nada en el artículo precedente, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 8326S B S Amplían plazo para que caja rural de ahorro y crédito proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas RESOLUCION SBS Nº 0514-99 Lima, 9 de junio de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud de prórroga del plazo para realizar la venta de bienes de activo fijo adjudicados en pago de obligaciones de sus deudores, que figuran en el anexo de la presente Resolución, presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Libertadores de Ayacucho; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, dispo- ne que los bienes muebles o inmuebles, recibidos o adjudi- cados en pago total o parcial, de una deuda deben ser enajenados en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, en el segundo párrafo del referido artículo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenación se haya efectuado, la empresa deberá constituir una provisión hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "E" mediante Informe Nº ASIF "E" Nº 066-OT/99 y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y por la Superintendencia Adjunta de Banca; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, para que la Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Libertadores de Ayacucho proceda con la enajenación de los bienes señalados en el Anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Vencido el plazo de prórroga otorgado a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Los Libertadores de Ayacu- cho sin que se haya efectuado su enajenación, dicha empre- sa deberá proceder conforme a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 215º de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros ANEXO RESOLUCION SBS Nº 0514-99 BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (ARTICULO 215º DE LA LEY Nº 26702 - LEY GENERAL DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS) TIPO DE DESCRIPCION / UBICACION FECHA DE VALOR EN PRORROGA BIEN ADJUDI- LIBROS DE CACION (En Dólares) TENENCIA INMUEBLE MATERIAL NOBLE - AREA DE 98.6.4 13 818,39 99.12.4. TERRENO DE 246.18 METROS CUADRADOS JIRON :JOSE CARLOS MARIATEGUI S/Nº DISTRITO :SAN JUAN BAUTISTA PROVINCIA :HUAMANGA DEPARTAMENTO :AYACUCHO 8317