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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (25/06/1999)

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Pág. 174612 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de junio de 1999 Que el Artículo 55º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 09- 94-PE, establecen que las personas naturales y jurídicas que se dediquen al procesamiento o transformación de recursos hidrobiológicos para consumo humano directo e indirecto, requerirán de autorización para la instalación o aumento de la capacidad de operación del estable- cimiento industrial; Que mediante los escritos del visto, PESQUERA IN- DUSTRIAL EL ANGEL S.A. solicita se le otorgue autori- zación para la instalación de un establecimiento indus- trial pesquero, a ubicarse a la altura del km. 17.5 de la carretera Pisco-Paracas, distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica, para desarrollar la actividad de congelado de productos hidrobiológicos, con una capa- cidad proyectada de 20 t/día; Que la Dirección de Medio Ambiente mediante Oficio Nº 253-99-PE/DIREMA de fecha 19 de abril de 1999, señala que ha recaído calificación favorable sobre el Estu- dio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente; Estando a lo informado por la Dirección de Normas de l Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero a través del Informe Nº 093-99-PE/DNPP-Dn de fecha 19 de mayo de 1999, que sustenta la procedencia técnica de lo solici- tado y que concluye que la recurrente ha cumplido con los requisitos exigidos en el Procedimiento Nº 16 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con los Artículos 43º inciso b) numeral 4), 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los Artículos 55º, 57º y 60º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A. autorización para la instalación de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de congelado de productos hidrobiológicos, a ubicarse a la altura del km. 17.5 de la carretera Pisco- Paracas, distrito de Paracas, provincia de Pisco, departa- mento de Ica, con la siguiente capacidad proyectada: Congelado: 20 t/día Artículo 2º.- PESQUERA INDUSTRIAL EL AN- GEL S.A. deberá instalar y equipar su establecimiento industrial pesquero con sujeción a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguri- dad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, deberá contar con un sistema de control de proceso que garan- tice la óptima calidad del producto final, así como deberá cumplir con ejecutar el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Dirección de Medio Ambiente mediante Oficio Nº 253-99-PE/ DIREMA de fecha 19 de abril de 1999. Artículo 3º.- Otorgar el plazo de un (1) año, conta- do a partir de la fecha de expedida la presente resolu- ción, renovable por una sola vez y por igual período, previa presentación de la información relativa al avan- ce de obras e inversión sustantiva efectuada, para que la interesada concluya con la instalación de su estableci- miento industrial pesquero. Previo al inicio de su actividad productiva solicitará la inspección técnica correspondiente para la determinación de la capaci- dad instalada y el otorgamiento de la licencia de operación. Artículo 4º.- El incumplimiento de lo establecido en los Artículos 2º y 3º serán causales de caducidad del derecho otorgado por la presente Resolución. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección Regional de Pesquería Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN CANALES SALVATIERRA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 8234PROMUDEH Prorrogan plazo otorgado a Comisión encargada de evaluar alternativas para el saneamiento de obligaciones de la Beneficencia Pública de Lima Metro- politana, a fin de emitir informe final RESOLUCION SUPREMA Nº 073-99-PROMUDEH Lima, 24 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 116-98-PRO- MUDEH de fecha 31 de diciembre de 1998, se constituyó una Comisión Multisectorial encargada de evaluar las propuestas, recomendaciones y alternativas de solución que permitan a la Beneficencia Pública de Lima Metropo- litana, el saneamiento de las obligaciones económicas y financieras que mantiene con la Superintendencia Nacio- nal de Administración Tributaria - SUNAT y la Oficina de Normalización Previsional - ONP, otorgándosele un plazo de 60 días calendario para la presentación de un informe con las recomendaciones correspondientes, el mismo que fue prorrogado por 90 días calendario a través de la Resolución Suprema Nº 046-99-PROMUDEH; Que, la referida Comisión ha comunicado haber alcan- zado importantes avances en la elaboración del informe encomendado, solicitando el otorgamiento de una prórro- ga al encontrarse pendiente de respuesta información solicitada a diversos organismos del Estado, necesaria para la conclusión del referido informe; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 866, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Ley Nº 27050; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por 45 días calendario, el plazo otorgado a la Comisión Multisectorial constituida por Resolución Suprema Nº 116-98-PROMUDEH, para la emisión de su Informe Final con las recomendaciones correspondientes. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Salud y la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 8366 Designan integrante de comisión en- cargada de evaluar alternativas para el saneamiento de obligaciones econó- micas y financieras de la Beneficencia Pública de Lima RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 194 Lima, 27 de mayo de 1999