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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (27/06/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 85

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Pág. 174743 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de junio de 1999 establecido en la Resolución Ministerial Nº 780-97-PE, y asimismo, de las inspecciones técnicas efectuadas en el mes de julio de 1998 por la Dirección Nacional de Extrac- ción del Ministerio de Pesquería se constató que las embarcaciones denominadas "FLOR DEL PUERTO" y "FLOR DE LIMA" se encuentran en estado inoperativo, no habiéndose cumplido con uno de los requisitos sustan- tivos para que se acoja a los alcances del Decreto Supremo Nº 002-98-PE ni para que se otorgue el derecho adminis- trativo solicitado; Que a través de los escritos del visto PESQUERA LEO S.R.Ltda. interpone recurso de reconsideración contra la Resolución Directoral citada en el considerando anterior, no presentando documentación que desvirtúe los funda- mentos en que se sustenta la Resolución Directoral Nº 338-98-PE/DNE a través de la cual se declaró improce- dente el permiso de pesca para operar las embarcaciones denominadas "FLOR DEL PACIFICO", "FLOR DEL PUERTO" y "FLOR DE LIMA" de matrículas Nºs. CO- 15863-PM, CO-15861-PM y CO-15862-PM respectiva- mente, en la extracción de los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, por lo que deviene en infundado el recurso de reconsideración pre- sentado;Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración y Control Pesquero, y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en el Artículo 98º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, modificado por la Ley Nº 26810; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Infundado el recurso de reconsi- deración interpuesto por la empresa PESQUERA LEO S.R.Ltda. contra la Resolución Directoral Nº 338-98-PE/ DNE, por los fundamentos expuestos en la parte conside- rativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción (e) 8438 MINISTERIO DE PESQUERIA Comisión de Sanciones RELACION DE RESOLUCIONES EXPEDIDAS EL 25 DE JUNIO DE 1999 Las notificaciones a los interesados se realizarán conforme a lo dispuesto por el Artículo 80º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS. R.C.S. Nº 232-99-PE/CS Sanciona a Arturo Eduardo Molina Focacci con multa de 9.09 UIT y el decomiso de 9.095 TM. de anchoveta extraída sin permiso de pesca. E/P Ike II. R.C.S. Nº 233-99-PE/CS Multa a Consorcio Pesquero Carolina S.A. con 2 UIT por extraer 140 TM de anchoveta con 25% de especies en tallas no permitidas. E/P Doña Meche. R.C.S. Nº 234-99-PE/CS Declara improcedente recurso de reconsideración interpuesto por Grupo Sindica- to Pesquero del Perú S.A. contra la R.C.S. Nº 111-99-PE/CS. R.C.S. Nº 235-99-PE/CS Declara improcedente recurso de reconsideración interpuesto por Corporación del Mar S.A. contra la R.C.S. Nº 130-99-PE/CS. R.C.S. Nº 236-99-PE/CS Declara improcedente recurso de reconsideración interpuesto por Corporación del Mar S.A. contra la R.C.S. Nº 133-99-PE/CS. R.C.S. Nº 237-99-PE/CS Declara improcedente recurso de reconsideración interpuesto por Corporación del Mar S.A. contra la R.C.S. Nº 135-99-PE/CS. R.C.S. Nº 238-99-PE/CS Declara improcedente recurso de reconsideración interpuesto por Corporación del Mar S.A. contra la R.C.S. Nº 137-99-PE/CS. R.C.S. Nº 239-99-PE/CS Declara improcedente recurso de reconsideración interpuesto por Grupo Sindica- to Pesquero del Perú S.A. contra la R.C.S. Nº 141-99-PE/CS. R.C.S. Nº 240-99-PE/CS Declara improcedente recurso de reconsideración interpuesto por Corporación del Mar S.A. contra la R.C.S. Nº 143-99-PE/CS. R.C.S. Nº 241-99-PE/CS Declara improcedente recurso de reconsideración interpuesto por Corporación del Mar S.A. contra la R.C.S. Nº 144-99-PE/CS. R.C.S. Nº 242-99-PE/CS Declara improcedente fraccionamiento de multa impuesta por R.C.S. Nº 435-98- PE/CS solicitado por Pesquera Yago S.A.C. EXPEDIENTES ARCHIVADOS POR NO ACREDITARSE INFRACCION (SESION Nº 011 DEL 25 DE JUNIO DE 1999) Dictamen Nº Denunciado Lugar y fecha Materia 121-99 Pesquera Cabo Peñas Chimbote 14.4.99 Extraer anchoveta S.R.Ltda. Reporte de Ocurr. en tallas no permitidas Nº 102-99-CTAR- E/P San Telmo 2 ANCASH/DRP-CH/ DE 8439