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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 1999 (11/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 170902 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de marzo de 1999 vivienda rodante prefabricada, con su respectivo equipa- miento, en favor de la Corporación de Desarrollo de Lima - Callao -CORDELICA-; De conformidad con lo dispuesto por el inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821 y normas modifi- catorias; y el numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Decreto Legislativo Nº 774 y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR Y APROBAR la donación efec- tuada por SUNSHINE MILLS, PERU S.A.C., en favor de la Corporación de Desarrollo de Lima - Callao -CORDELICA-, consistente en un prototipo de vivienda rodante prefabrica- da, con su respectivo equipamiento, cuyas características se encuentran detalladas en el anexo que forma parte de la presente Resolución Suprema, con un valor de S/. 78 380,42 (Setenta y ocho mil trescientos ochenta y 42/100 Nuevos Soles), según Carta de Donación de fecha 21 de junio de 1998 y Declaración Jurada de fecha 8 de febrero de 1999. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo precedente dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821 y normas modifi- catorias; y el numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Decreto Legislativo Nº 774 y normas modificatorias. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Supre- ma a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Ministra de la Presidencia y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas CRISTINA RIZO PATRON VELARDE Ministra de la Presidencia 3355 Aprueban donación de medicamentos efectuada por entidad española a fa- vor de la Municipalidad Provincial de Tambopata RESOLUCION SUPREMA Nº 093-99-EF Lima, 10 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Tambopata, depar- tamento de Madre de Dios, mediante acta de sesión ordinaria de fecha 30 de diciembre de 1998, aceptó la donación de medicamentos efectuada por Farmacéuticos Mundi de Espa- ña, a través del Centro Benéfico Cristiano "Hogar de la Luz" - Proyecto Maná; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821 establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúen a título gratuito a favor de entidades y dependencias del sector público; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 821, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por Farma- céuticos Mundi de España, a través del Centro Benéfico Cristiano "Hogar de la Luz" - Proyecto Maná, a favor de la Municipalidad Provincial de Tambopata, departamento de Madre de Dios, consistente en 12 bultos conteniendo medica- mentos, con un valor aproximado de Pts. 1 700 120,00 (Un Millón Setecientos Mil Ciento Veinte y 00/100 Pesetas), según Carta de Aceptación de fecha 11 de octubre de 1998 yun peso aproximado de 184 k., según Guía Aérea Nº 075-6657 8934 de IBERIA. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Supre- ma a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por la Ministra de la Presidencia y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas CRISTINA RIZO PATRON VELARDE Ministra de la Presidencia 3356 Aprueban inafectación de derechos arancelarios y del IGV a importaciones realizadas por universidades naciona- les e instituto superior RESOLUCION SUPREMA Nº 094-99-EF Lima, 10 de marzo de 1999 Visto el Expediente Nº 016128-98 presentado por la Universidad Nacional de Ancash "Santiago Antúnez de Ma- yolo" sobre inafectación de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importación de bienes que se encuentran en el Anexo III del Decreto Supremo Nº 046- 97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF. CONSIDERANDO: Que, los Artículos 22º y 23º del Decreto Legislativo Nº 882, "Ley de Promoción de la Inversión en la Educación", establecen que la transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios que efectúen las instituciones edu- cativas públicas y particulares para sus fines propios están inafectas del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modi- ficado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF, se aprobó la relación de bienes y servicios inafectos al pago del Impues- to General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios aplicables a las instituciones educativas públicas o parti- culares, estableciéndose, asimismo, el procedimiento para la aplicación del beneficio tributario a los bienes incluidos en el Anexo III; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 882 y el Decreto Supremo Nº 046-97-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APRUEBASE la inafectación de los Dere- chos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas, a la importación realizada por la Universidad Nacional de An- cash "Santiago Antúnez de Mayolo" de los bienes donados que se encuentran incluidos en el Decreto Supremo Nº 046- 97-EF modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF y la adecuación arancelaria señalada en la Resolución de Super- intendencia de Aduanas Nº 3316 del 26 de diciembre de 1997 y en la Circular Nº 46-06-98-ADUANAS-INTA del 19 de enero de 1998, según las partidas arancelarias siguientes: Partidas Arancelarias Descripción 8421.19.10.00 Centrifugadoras y secadoras centrífugas de laboratorio. 8469.12.00.00 Máquinas de escribir automáticas.