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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 1999 (11/03/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 170914 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de marzo de 1999 Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgen- cia Nº 025-98, Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85- PCM, Nº 010-88-PCM, Nº 135-90-PCM, Nº 037-91-PCM y normas complementarias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor JOSE LUIS PALACIOS BERNEDO, médico asistente del Area de Ciru- gía de Abdomen del Hospital Nacional del Sur, Arequipa; del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de Norteamérica, del 22 de marzo al 26 de mayo de 1999, para los fines expuestos en la parte considerati- va de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes :US$ 789.00 Viáticos :US$ 1,419.00 Tarifa CORPAC :US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquie- ra fuesen su clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE MUFARECH NEMI Ministro de Trabajo y Promoción Social 3362 Designan representante del Ministerio ante el Consejo Nacional para la Integra- ción de la Persona con Discapacidad (CONADIS) RESOLUCION MINISTERIAL Nº 040-99-TR Lima, 5 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 5º de la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, se creó el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), incorporándose como Organismo Público Des- centralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano; Que, el citado consejo está constituido, entre sus miem- bros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, por lo que se hace necesario nombrar al representante del sector; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídi- ca; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal d) del Artículo 6º de la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad; Artículo 9º del Decreto Ley Nº 25927, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promoción Social; literal d) del Artículo 11º de la Resolución Ministerial Nº 012- 93-TR, Reglamento de Organización y Funciones del Minis- terio de Trabajo y Promoción Social; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar al señor LUIS GALARRETA VELARDE, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción Social ante el Consejo Nacional para la Integra- ción de la Persona con Discapacidad (CONADIS). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MUFARECH NEMI Ministro de Trabajo y Promoción Social 3202M T C Autorizan a empresa de transportes la ampliación de ruta RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1560-98-MTC/15.18 Lima, 28 de diciembre de 1998 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 02783010 y 02911010, organizados por la Empresa de Transportes CAR- HUAMAYO S.A., sobre ampliación de ruta y establecimiento de escala comercial para la ruta autorizada: Lima-Cerro de Pasco y viceversa e Informe Técnico Nº 1224-98-MTC/ 15.18.04.1.LMT de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes indicada en vistos, ha cum- plido con presentar los requisitos establecidos en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, para la ampliación de ruta: Lima-Cerro de Pasco hasta la minera Milpo y establecimiento de escala comercial en las ciudades de Junín, Carhuamayo y Cerro de Pasco, para la prestación del servicio autorizado, mediante Resolución Directoral Nº 171-89- TC/15.15 de fecha 29 de diciembre de 1989; Estando a lo opinado por las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorán- dum Nº 3654-98-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Infor- me Nº 1479-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 10º inciso d) del reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95- MTC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos apro- bado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por De- creto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Autorizar a la Empresa de Transportes CAR- HUAMAYO S.A., la ampliación de ruta: Lima-Cerro de Pasco hasta la minera Milpo y establecimiento de escala comercial en las ciudades de Junín, Carhuamayo y Cerro de Pasco, para la prestación del servicio autorizado mediante Resolución Directoral Nº 171-89-TC/15.15 de fecha 29 de diciembre de 1989; en consecuencia, se modifica el Artículo Primero de esta resolución, la que quedará redactada en el siguiente sentido: RUTA :LIMA - MILPO y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :MILPO ITINERARIO :JUNIN-CARHUAMAYO-CERRO DE PASCO - PARIAMARCA - HACIENDA HUANCA ESCALA COMERCIAL :JUNIN-CARHUAMAYO-CERRO DE PASCO FRECUENCIA :Dos (2) diarias FLOTA VEHICULAR :Tres (3) ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos (2) ómnibus: UO-9842 (1995) y UO- 9922 (1995) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: UO-9924 (1995) HORARIOS :Salida de Lima: 08.00 y 20.00 horas Salida de Milpo: 08.00 y 20.00 horas Los ómnibus indicados anteriormente sólo podrán ser utili- zados en el servicio si portan la tarjeta de circulación vehicular. Queda vigente lo demás que contiene, por las razones expuestas en la parte considerativa de esta resolución. Segundo.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Tercero.- La presente resolución se publicará conforme a ley en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 3257