Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 1999 (11/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 11 de marzo de 1999

Que, para los efectos de poner en marcha la ejecucion de la Escuela, se debe encargar a una Comision de Magistrados para que elaboren el plan de trabajo y lo remitan a la Presidencia para su aprobacion y ejecucion; Que, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Crease la Escuela de Formacion de Auxiliares Jurisdiccionales de la Corte Superior de MORDAZA, con el objeto de preparar, adiestrar y capacitar a los Auxiliares Jurisdiccionales de esta Corte Superior que se encuentren laborando, asi como a los nuevos aspirantes a dichos cargos. Articulo Segundo.- Constituida que sea la Escuela de Formacion de Auxiliares Jurisdiccionales, la Oficina de Administracion a traves de la Gerencia de Personal, MORDAZA de formular la contratacion de nuevos auxiliares de apoyo jurisdiccional, exigira que el contratado tenga la conformidad de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo Tercero.- Los alumnos de la Escuela lo constituiran todos los Auxiliares Jurisdiccionales antiguos y nuevos, ubicados en las distintas dependencias judiciales, como en los Modulos Corporativos, recibiendo cursos de capacitacion, actualizacion y de formacion permanentes durante el ano judicial. Articulo Cuarto.- Constituyase la Comision integrada por los senores Magistrados doctores, MORDAZA MORDAZA Nogales, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Bascones MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Lama MORDAZA, presidida por el primero de los nombrados, encargada de la organizacion, direccion y control de la Escuela de Formacion, recibiendo el apoyo necesario del Gabinete de Asesoramiento de la Presidencia, de la Oficina de Administracion y de la Oficina de Imagen Institucional. La Comision designada, presentara su plan de trabajo y el calendario de actividades para el presente ano judicial, recibiendo el aporte de todos los Magistrados, Secretarios y Relatores de Sala, asi como Secretarios de Juzgados con experiencia. El contenido de los cursos incidira principalmente en temas de caracter teorico practico (cursos taller), relativos a los diversos tipos de procedimientos judiciales tramitados ante el Poder Judicial. Articulo Quinto.- La Comision, para el desarrollo de los cursos talleres a dictarse, tomara en cuenta copias del acervo documentario generado en el desarrollo de los procesos, como son resoluciones, actuados de diligencias, actas de todo MORDAZA de los diversos procesos, asi como atestados policiales, autos apertorios de instruccion, actas de audiencia, de vista y otros necesarios al objetivo trazado. Articulo Sexto.- Poner la presente resolucion, en conocimiento de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, la Gerencia Central de la Reforma, de la Gerencia General del Poder Judicial y de la Administracion de la Corte, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA INFANTES MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 3209

Primero.- Que, por informe de la vista, se aprecia que los dos Juzgados de Paz Letrados de MORDAZA y San MORDAZA, informaron al Despacho de la Presidencia del Equipo Especial de la ODICMA-LIMA, la existencia de la actual carga procesal que vienen soportando, la misma que sumada entre los dos juzgados asciende a 10,570 expedientes judiciales. Segundo.- Que, el Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA cuenta con la siguiente carga procesal: 4,843 expedientes en tramite y en ejecucion, 312 expedientes para sentenciar y 97 expedientes penales; de otro lado, el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA cuenta con 4,992 expedientes en tramite y en ejecucion, 142 expedientes para sentenciar y 184 expedientes penales. Tercero.- Que, la indicada carga procesal que se viene sorportando, hace atendible el tratamiento especial por parte de la Presidencia de la Corte Superior de MORDAZA, sobre quien recae la responsabilidad de dictar las disposiciones administrativas para la mejor organizacion y funcionamiento de los organos jurisdiccionales pertenecientes al Distrito Judicial de Lima. Cuarto.- Que, durante el MORDAZA de reforma, a propuesta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para enfrentar el problema de sobrecarga procesal, la Comision Ejecutiva del Poder Judicial autorizo constituir Juzgados Colectivos, que consistian en integrar en un solo juzgado la labor de dos o mas jueces, utilizando la misma infraestrucctura y el mismo personal. Quinto.- Que, por lo expuesto se ve por conveniente crear un Despacho Colectivo que apoyara el trabajo jurisdiccional del 1º y 2º Juzgados de Paz Letrados de MORDAZA y San MORDAZA, por espacio de DOS MESES, brindando de esta forma las facilidades y el apoyo necesario a los senores magistrados, quienes a la fecha vienen laborando en forma eficiente, consecuentemente fisicamente no se les puede exigir mas de lo humanamente posible. Sexto.- Que, el Despacho Colectivo de apoyo asumira la carga procesal siguiente: los 312 expedientes del 1º Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA y los 142 expedientes del 2º Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, pendientes de emitir sentencia, lo que hace un total de 454 expedientes que debera de sentenciar bajo responsabilidad, dentro del primer mes, informe que debera de ser presentado ante esta Presidencia; asimismo, asumira el conocimiento de los expedientes de especialidad penal de los dos Juzgados de Paz Letrados que ascienden a 281; y a partir del 8 de marzo del ano en curso asumira el conocimiento de las demandas y denuncias que ingresen ante la Mesa de Partes Unica, encargandose de la tramitacion propia del indicado despacho. Septimo.- Que, en cuanto al Primer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, quien cuenta con 4,843 expedientes en estado de tramite y ejecucion; y, de otro lado el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA con 4,992 expedientes en el mismo estado de tramite y ejecucion, atendiendo a que las indicadas cargas procesales han venido siendo conocidas por los magistrados, resulta conveniente que sigan conociendo de los indicados procesos, encargandose propiamente del tramite, sentencia y ejecucion de los mismos, avocandose solamente a sus correspondientes cargas procesales, pues a partir del 8 de marzo del ano en curso, no se les asignara el conocimiento de nuevas demandas o denuncias, debiendo de programar mas audiencias diarias, dando la celeridad conforme lo senala el Codigo Procesal Civil, a fin de bajar sus correspondientes cargas procesales, buscando de esta forma brindar una pronta y eficiente administracion de justicia en beneficio de los justiciables y del publico en general. Que, estando a lo expuesto y en merito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º del Texto Unico de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONSTITUIR un Juzgado Colectivo por el plazo de DOS MESES cuya funcion principal sera la de apoyar la labor jurisdiccional del Primer y MORDAZA Juzgados de Paz Letrados de MORDAZA y San MORDAZA, conforme a lo detallado el el MORDAZA considerando. Articulo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, alumna perteneciente a la Primera Promocion de la Academia de la Magistratura como Juez Suplente a cargo del Juzgado Colectivo del Apoyo del Primer y MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA, del 8 de marzo al 8 de MORDAZA del ano en curso.

Constituyen Juzgado Colectivo de Apoyo al Primer y MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y San MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0154-99-P-CSJL MORDAZA, 5 de marzo de 1999 VISTO: El informe presentado por la Presidencia del Equipo Especial de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA de fecha 25 de febrero de 1999; y,

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