Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 1999 (21/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 21 de marzo de 1999

determinacion y multas tributarias, se encuentren en situacion de cobranza coactiva, sera la Unidad de Recaudacion y Control la que otorgara el fraccionamiento de pago, en caso lo solicitara el deudor. Asi mismo el deudor tributario debera cumplir con el pago previo de las costas procesales devengadas en el procedimiento de ejecucion coactiva, las que seran liquidadas por la Ejecutora Coactiva, bajo responsabilidad, cinendose al Arancel de Costas Procesales. Articulo 17º.- Cuando la deuda no tributaria requerida a traves de acto administrativo y/o resolucion administrativa se encuentre en situacion de cobranza coactiva, sera la Unidad de Recaudacion y Control la que otorgara el fraccionamiento, debiendo cumplir el deudor con el pago previo de las costas procesales, de igual forma que lo establecido en el articulo anterior. Articulo 18º.- Otorgado el fraccionamiento para adeudos tributarios y/o no tributarios, que esten en cobranza coactiva, el pago de la cuota inicial ingresara al codigo respectivo del Clasificador Presupuestal, debiendo la Oficina de Ejecutoria Coactiva, devolver el saldo fraccionado en merito a que el otorgamiento del fraccionamiento y/o Resolucion Jefatural que lo autoriza, suspende el procedimiento de Ejecucion Coactiva, segun lo dispuesto en el Codigo Tributario y la Ley Nº 26979. TITULO VII DE LAS GARANTIAS Articulo 19º.- Cuando la deuda materia de fraccionamiento exceda el valor de 1.5. UIT, se exigiran las garantias suficientes que cubran la deuda, pudiendo ser: carta fianza de ejecucion inmediata, warrants, cheques, letras y otras, a criterio de la Oficina de Rentas. Articulo 20º.- Cuando la deuda sea menor a 1.5. UIT, el deudor en caso de ser propietario presentara solo MORDAZA de su documento de identidad; en caso de ser ocupante en calidad de inquilino, debera presentar una carta de garantia simple, MORDAZA del documento de identidad del garante y MORDAZA del ultimo recibo de luz o agua, del domicilio real del garante. TITULO VIII DEL REGISTRO DE LOS CONVENIOS Y GARANTIAS Articulo 21º.- La Unidad de Recaudacion y Control llevara un registro computarizado y actualizado de los Convenios de Fraccionamiento, asi como un estado de cuenta corriente, en el que se visualice las diferentes condiciones del convenio, como: pagados, requerimiento, notificacion de Resolucion Jefatural de Perdida del Beneficio, Resolucion de Ejecucion Coactiva. Asimismo llevara un archivo correlativo de los convenios adjuntando documentacion que hubiera sido presentada por el deudor. Tambien tendra un archivo de las garantias otorgadas conformado por copias autenticadas por el Fedatario Municipal; debido a que las originales se entregan en custodia a la Unidad de Tesoreria. Articulo 22º.- La Unidad de Recaudacion y Control, llevara un registro para convenio de fraccionamiento por adeudos tributarios y no tributarios, con orden numerico correlativo, iniciado y terminado en cada ejercicio anual y ademas tendra un archivo fisico de los citados convenios. TITULO IX DE LA PERDIDA DEL BENEFICIO Y TRANSFERENCIA A LA OFICINA DE EJECUCION COACTIVA Articulo 23º.- Se considerara perdido el Beneficio de Fraccionamiento, cuando el deudor incumpla con el pago del integro de dos cuotas consecutivas o alternadas del convenio y no cumpla con renovar o sustituir las garantias otorgadas. Articulo 24º.- La Unidad de Recaudacion y Control, informara sobre el incumplimiento de pago y proyectara la respectiva Resolucion de Perdida del Beneficio, la que sera suscrita por el Jefe de la Oficina de Rentas.

Articulo 25º.- Notificada la resolucion al deudor y habiendo transcurrido el plazo establecido por la ley, para interponer recursos impugnatorios, sin que lo hubiera efectuado, se procedera a iniciar el Procedimiento de Ejecucion Coativa, segun lo dispuesto en la Ley Nº 26979 y el Codigo Tributario, por las cuotas pendientes de amortizacion mas los intereses moratorios. Asi mismo se ejecutaran todas las garantias ofrecidas a favor de la administracion. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Todos aquellos convenios de fraccionamiento que hayan sido suscritos MORDAZA de la entrada en vigencia del presente dispositivo, deberan adecuarse a lo dispuesto en el Titulo IX. Segunda.- El presente reglamento sera aprobado por Decreto de Alcaldia y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. 3772

Suspenden el otorgamiento de autorizaciones de funcionamiento de oficinas administrativas en zonas calificadas como R-1 y R-2 en el Plan MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 24-99-ACSS MORDAZA de MORDAZA, 18 de marzo de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA en sesion ordinaria de la fecha ha visto la propuesta presentada por el Regidor MORDAZA Martinelli Freundt, referida a reclamos formulados por los vecinos de MORDAZA de MORDAZA, quienes manifiestan su disconformidad por la expedicion de autorizaciones de funcionamiento de oficinas administrativas en zonas calificadas como R-1 y R-2; CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en su Articulo 3º establece que las municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo armonico del distrito; Que, en este sentido, teniendo en consideracion la MORDAZA precitada asi como los reiterados reclamos de los vecinos de las zonas calificadas como R-1 y R-2 en el Plan MORDAZA vigente, es necesario tomar las medidas convenientes a fin de preservar la tranquilidad y bienestar vecinal; De conformidad con lo establecido en los Articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, luego del debate, por unanimidad y con dispensa de la lectura y aprobacion del acta, aprobo el siguiente: ACUERDO 1.- Suspender por noventa (90) dias el otorgamiento de autorizaciones de funcionamiento de oficinas administrativas en zonas calificadas como R-1 y R-2 en el Plan MORDAZA vigente del distrito de MORDAZA de Surco. 2.- Encargar el cumplimiento del presente acuerdo a las Direcciones de Comercializacion y Desarrollo Urbano. 3.- Disponer la publicacion de este Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 3773

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