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Pág. 171471 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de marzo de 1999 ZUBELDIA AJUSTADORES Y PERITOS DE SEGUROS S. CIVIL DE R.L. en el Registro Oficial de Ajustadores y Peritos de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 483-91 de fecha 20 de agosto de 1991, se estableció los requisitos formales para la ins- cripción de los ajustadores y peritos de seguros; Que, la empresa solicitante ha cumplido con los requisi- tos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Ajustadores y Peritos de Seguros, en la Sesión Nº 074, celebrada el 4 de marzo de 1999, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley Nº 26702-; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción de la empresa ZUBELDIA AJUSTADORES Y PERITOS DE SEGUROS S. CIVIL DE R.L., con el Nº APJ.067 en el Registro Oficial de Ajustadores y Peritos de Seguros que lleva esta Superintendencia para operar como Ajustado- res Marítimo Transportes, Inspectores Marítimo Cas- cos Preventores e Inspectores de Averías debidamente representada por el señor Sabino Zubeldia Larrea con Inscripción Nº APN.097. Regístrese, comuníquese y publíquese. NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 4028 CONASEV Aprueban inscripción de modificación de la denominación social de fondo mutuo RESOLUCION CONASEV Nº 043-99-EF/94.10 Lima, 23 de marzo de 1999 VISTOS: El Expediente Nº 98/00317 presentado por Progreso S.A. Sociedad Administradora de Fondos, así como el Me- morándum Nº 090-99-EF/94.55 de fecha 18 de marzo de 1999 de la Gerencia de Intermediarios y Fondos, con la opinión favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante escritura pública de fecha 30 de enero de 1998 inscrita en la Partida Nº 11019348 del Registro de Personas Jurídicas del Registro Mercantil de Lima, se constituyó CORIL S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversión en Valores, teniendo como objeto social la administración de fondos mutuos y de fondos de inversión; Que, mediante Resolución CONASEV Nº 046-98-EF/ 94.10, de fecha 10 de febrero de 1998, se autorizó el funcionamiento de CORIL S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversión en Valores para adminis- trar Fondos Mutuos de Inversión en Valores, así como se inscribió el Fondo Mutuo CORILFONDO RF USD Fondo Mutuo de Inversión en Valores en la sección correspon- diente del Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV; Que, mediante el Título Nº 00111759 expedido por la Oficina Registral de Lima y Callao, se ha acreditado la modificación de la denominación social de CORIL S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversión en Valores a Progreso S.A. Sociedad Administradora de Fondos o PROGRESO SAF, regis-trada en el Asiento B 00001 de la Partida Nº 11019348 del Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de Lima; Que, la Segunda Disposición Transitoria del Regla- mento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolu- ción CONASEV Nº 084-98-EF/94.10, dispuso la obligación de las Sociedades Administradoras de adecuar los regla- mentos internos, contratos y prospecto de colocación de cada fondo mutuo bajo su administración a lo establecido en el referido reglamento, debiendo presentar la solicitud y documentación correspondiente hasta el 31 de octubre de 1998; habiéndose ampliado dicho plazo hasta el 5 de abril de 1999 por el Artículo 2º de la Resolución CONASEV Nº 174- 98-EF/94.10; Que, mediante escritos de fechas 2 de noviembre de 1998, 5 de febrero y 10 de marzo de 1999, Progreso S.A. Sociedad Administradora de Fondos solicita la inscrip- ción de la adecuación del Reglamento Interno, Prospecto de Colocación y Contratos del Fondo Mutuo CORILFON- DO RF FMIV a las normas contenidas en el Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Socieda- des Administradoras; asimismo, solicita la modificación de la denominación del referido Fondo Mutuo por el de PROGRESO RENTA USD FONDO MUTUO DE INVER- SION EN VALORES o PROGRESO RENTA USD - FMIV; Que, el presente procedimiento de adecuación del Regla- mento Interno, Prospecto de Colocación y Contratos a lo establecido en el reglamento, implica modificaciones a las condiciones preestablecidas del Fondo Mutuo PROGRESO RENTA USD -FMIV, resultando de aplicación del Artículo 22º del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras que prevé para estos casos que a los partícipes del fondo les asiste el derecho de separación, pudiendo rescatar sus cuotas sin estar afec- tos a comisión de rescate; Que, en cumplimiento del Artículo 20º del Reglamen- to de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, PROGRESO S.A. SAF ha remitido una constancia de haber informado al Comité de Vigilancia del Fondo acerca de las modificaciones propuestas, requisito previsto en el inciso b) del Artículo 20º del citado reglamento; asimismo, en relación al sustento de las modificaciones y a la declaración expre- sa del custodio de aceptación de las mismas, requisitos previstos en los incisos a) y c) respectivamente del mismo artículo, se advierte que no resultan de aplica- ción, toda vez que las modificaciones encuentran justifi- cación en los requerimientos de información basados en la adecuación y dado que de conformidad con lo dispues- to en la Tercera Disposición Transitoria del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Socie- dades Administradoras, modificada por el Artículo 3º de la Resolución CONASEV Nº 174-98-EF/94.10, las reglas aplicables al Custodio entran en vigencia el 1 de junio del año en curso; Que, de la evaluación a la documentación presentada, se ha determinado que Progreso S.A. Sociedad Administrado- ra de Fondos ha cumplido con los requisitos establecidos en el Título IX de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y en el Capítulo III del Título II del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras; y, Estando a lo dispuesto por el Artículo 241º de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y los Artículos 14º y 23º del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administrado- ras; así como a lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional reunido en sesión de fecha 22 de marzo de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la inscripción de la modificación de la denominación del Fondo Mutuo CORILFONDO RF FMIV por el de PROGRESO RENTA USD FONDO MU- TUO DE INVERSION EN VALORES o PROGRESO REN- TA USD - FMIV. Artículo 2º.- Aprobar la adecuación del Reglamento Interno, Prospecto de Colocación y Contratos del Fondo Mutuo denominado PROGRESO RENTA USD FONDO MUTUO DE INVERSION EN VALORES o PROGRESO RENTA USD - FMIV a las normas contenidas en el Regla-