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Pág. 171461 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de marzo de 1999 JUSTICIA Dan por concluido nombramiento y de- signan Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Salud RESOLUCION SUPREMA Nº 053-99-JUS Lima, 26 de marzo de 1999 Visto el Oficio Nº SA-DM-238-99, de fecha 23 de marzo de 1999, del señor Ministro de Salud. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 078-95-JUS, del 20 de setiembre de 1995, se designó a la doctora Beylla Trajtman Torres, como Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Salud; Que, se ha considerado conveniente dar por concluida la citada designación; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación de la doctora BEYLLA TRAJTMAN TORRES, como Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CARLOTA VALENZUELA DE PUELLES Ministra de Justicia CARLOS AUGUSTO DE ROMAÑA Y GARCIA Ministro de Salud 4133 RESOLUCION SUPREMA Nº 054-99-JUS Lima, 26 de marzo de 1999 Visto el Oficio Nº SA-DM-238-99, de fecha 23 de marzo de 1999, del señor Ministro de Salud. CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Procurador Públi- co a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Salud; Que, es necesario designar al funcionario que ocupe dicho cargo de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al doctor DANIEL A. MOYA ARRIOLA, como Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Salud. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Salud.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CARLOTA VALENZUELA DE PUELLES Ministra de Justicia CARLOS AUGUSTO DE ROMAÑA Y GARCIA Ministro de Salud 4134 P R E S Delegan facultades al CTAR Moquegua a fin de transferir terreno a favor de la Municipalidad Provincial de Ilo RESOLUCION MINISTERIAL Nº 083-99-PRES Lima, 23 de marzo de 1999 Visto el Expediente Nº 000120-96, por el cual la Muni- cipalidad Provincial de Ilo solicita, a través del Consejo Transitorio de Administración Regional Moquegua, la trans- ferencia del terreno de 711 570,85 m2, ubicado en el sector denominado "Pampa Inalámbrica", distrito de El Algarro- bal, provincia de Ilo, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1571-97-R-MTP/CTAR-P, de fecha 16 de setiembre de 1997, el Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administración Regional de la Re- gión Moquegua-Tacna-Puno, regulariza la solicitud de la transferencia del terreno de 711 570,85 m2, ubicado en el sector denominado "Pampa Inalámbrica", distrito El Alga- rrobal, provincia de Ilo, departamento de Moquegua, a la Municipalidad Provincial de Ilo, a fin de que ésta lo adjudi- que a favor de la Municipalidad Distrital de El Algarrobal, para cuyos efectos cumple con remitir los documentos establecidos en el Decreto Supremo Nº 007-92-VC; Que, mediante Informe Nº 105-98/SBN-DMAR, de fe- cha 30 de abril de 1998, la Dirección de Margesí y Acciones Registrales de la Superintendencia de Bienes Nacionales, manifiesta que el área submateria se encuentra registrada en el Asiento Nº 57 del Margesí de Bienes Nacionales e inscrita en la Ficha Nº 0305 del Registro de la Propiedad Inmueble de Ilo; Que, la Ley Nº 26922, Ley Marco de Descentralización, establece que el proceso de regionalización se constituye sobre el ámbito territorial de los departamentos y en tal sentido se crean los Consejos Transitorios de Administra- ción Regional, entre ellos, el correspondiente al departa- mento de Moquegua; Que, el inciso i) del Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, señala que son funciones generales de los Consejos Transitorios de Administración Regional, admi- nistrar y controlar el patrimonio asignado y los que le fueran dados por encargo, así como evaluar y determinar su uso y destino final en aplicación a los dispositivos legales vigentes; Que, habiéndose solicitado el terreno descrito en el primer considerando, procede la transferencia a favor de la Municipalidad Provincial de Ilo, al amparo de lo prescrito en el inciso 3) del Artículo 70º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades y Decreto Supremo Nº 007-92-VC, para que sea adjudicado a favor de la Municipalidad Distrital de "El Algarrobal", a fin de que lo destine a la ejecución de proyecto de habilitación urbana; Que, en vía supletoria resulta aplicable el Decreto Supremo Nº 041-85-VC, por cuyo mérito resulta necesario delegar al Consejo Transitorio de Administración Regional Moquegua, la facultad de realizar la transferencia solicita- da; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 26922, Decreto Supremo Nº 041-85-VC, Decreto Supremo Nº 007-92-VC, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES y Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; y, Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales;