TEXTO PAGINA: 18
Pág. 171472 NORMAS LEGALES Lima, domingo 28 de marzo de 1999 mento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras. Artículo 3º.- Los modelos de contratos a suscribir con los partícipes, el Reglamento Interno y el Prospecto de Colocación que se inscriben en el Registro Público del Mercado de Valores contienen las disposiciones aplicables al funcionamiento, así como a las operaciones del referido fondo mutuo y se encuentran a disposición del público en general. Artículo 4º.- Una vez inscritas las modificaciones, Progreso S.A. Sociedad Administradora de Fondos debe- rá notificar a los partícipes el nuevo texto del Reglamen- to Interno, con indicación del plazo para el ejercicio del derecho al rescate y la fecha a partir de la cual se inicia la vigencia de las modificaciones, así como publicar las modificaciones y un resumen explicativo de las mismas en el Diario Oficial El Peruano y en otro de circulación nacional. Artículo 5º.- La publicidad que Progreso S.A. Sociedad Administradora de Fondos realice para promocionar el mencionado fondo mutuo no debe inducir a error o confu- sión y deberá sujetarse a las condiciones previstas en el Anexo B del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras. Artículo 6º.- La inscripción a que se refiere el Artículo 1º de la presente resolución y la aprobación de la adecuación a que se refiere el Artículo 2º, no implican que CONASEV recomiende la suscripción de cuotas del mencionado fondo mutuo u opine favorablemente sobre la rentabilidad o calidad del mismo. Artículo 7º.- Transcribir la presente resolución a Pro- greso S.A. Sociedad Administradora de Fondos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE DIAZ ORTEGA Presidente Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 3974 INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR Aprueban tarifas para el servicio de dosimetría personal de película RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 002-99-IPEN/OTAN Lima, 19 de marzo de 1999 El Presidente del Instituto Peruano de Energía Nuclear, en su condición de Autoridad Nacional en el ámbito de la energía nuclear; CONSIDERANDO: Que, la norma PR.003.94 "Requisitos Técnico Admi- nistrativos para los Servicios de Dosimetría Personal de Radiación Externa" establece que la Autoridad Nacional debe aprobar las tarifas de prestación de servicios de dosi- metría a terceros; Que, con Resolución Directoral Nº 114-94-IPEN/DE de fecha 23 de mayo de 1994 se aprobó las tarifas para el servicio de dosimetría personal de película, siendo necesa- rio su reajuste tomando como referencia los factores de ajuste por inflación a los precios vigentes (IPC) del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Con la opinión favorable del Director General de Admi- nistración del Instituto Peruano de Energía Nuclear; De conformidad con el Artículo 9º inciso b) del Regla- mento de Organización y Funciones aprobado por Resolu- ción Suprema Nº 054-91-EM/VME;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar las tarifas para el servicio de dosimetría personal de película que regirá a nivel nacio- nal a partir del 1 de marzo de 1999, de acuerdo al detalle siguiente: a)Servicio mensual de dosimetría personal S/. 60.00 + IGV Provisión de portadosímetros de película S/. 45.00 + IGV b)Para provincias se adicionará el costo de transporte según tarifa oficial o comprobante certificado del mismo. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 114-94-IPEN/DE de fecha 23 de mayo de 1994. Regístrese y comuníquese. JORGE DU BOIS GERVASI Presidente 4095 CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACION REGIONAL Aprueban resultados de evaluación y cesan a trabajador de la Dirección Regional de Educación del CTAR Ma- dre de Dios por causal de excedencia RESOLUCION PRESIDENCIAL EJECUTIVA Nº 068-99-CTAR-MDD/PE Puerto Maldonado, 16 de marzo de 1999 Visto, el Oficio Nº 010-98-P-CE-CTAR-MDD, que con- tiene el informe final, emitido por la Comisión de Evalua- ción de nivel regional del CTAR Madre de Dios, de fecha 3 de marzo de 1999, sobre el resultado del Proceso de Evalua- ción del Personal del Consejo Transitorio de Administra- ción Regional de Madre de Dios, correspondiente al II Semestre de 1998; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 26093, dispone un Programa de Evaluación Semestral de los trabajadores de la Administra- ción Pública, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes sobre la materia, debiendo considerarse que el personal que no califique en el proceso de evaluación, será cesado por causal de excedencia; Que, con Resolución Ministerial Nº 353-98-PRES, de fecha 12 de agosto de 1998 se aprueba la Directiva Nº 002- 98-PRES/VMDR, la misma que es modificada por Resolu- ción Ministerial Nº 357-98-PRES, de fecha 29 de diciembre de 1998, se establece las normas de procedimiento para el Programa de Evaluación Semestral del Rendimiento Labo- ral, a ser aplicado a partir del segundo semestre de 1998, a los trabajadores de los Consejos Transitorios de Adminis- tración Regional en todo el país; Que, con la Resolución Presidencial Ejecutiva Nº 090-98-CTAR-MDD/PE, de fecha 22 de octubre de 1998, se designa la Comisión Central de Evaluación para ejecutar el Proceso de Evaluación de Rendimiento Labo- ral II Semestre del año 1998, que comprenden los meses de julio a diciembre de 1998, de los trabajadores del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR Madre de Dios, en base a la Directiva Nº 002-98-PRES- VMDR, aprobada por Resolución Ministerial Nº 353-98- PRES y modificada por Resolución Ministerial Nº 357- 98-PRES, de fecha 29 de diciembre de 1998, aprobándo- se el respectivo cronograma de actividades para la Eva- luación del II Semestre del año 1998;