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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 1999 (08/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 172968 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de mayo de 1999 Modifican el Régimen de Aplicación de Sanciones de la municipalidad ORDENANZA Nº 007-99/MDC Carabayllo, 31 de marzo de 1999 Visto, en sesión extraordinaria de concejo, de fecha 31 de marzo de 1999, se discutió el punto de agenda referido a la modificación del Régimen de Aplicación de Sanciones (R.A.S.) de la Municipalidad Distrital de Carabayllo; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 006-98/MDC, de fecha 2 de abril de 1998, se aprobó el Régimen de Aplicación de Sancio- nes, de esta corporación, la misma que se modificó mediante Ordenanza Nº 017-98/MDC, de fecha 30 de noviembre de 1998; Que, mediante Ordenanza Nº 203, de fecha 21 de diciem- bre de 1998, se aprobó el Reglamento para la Ejecución de Obras en las áreas de dominio público, la misma que regula los aspectos técnicos y administrativos de la ejecución de obras en las áreas de dominio público bajo administración municipal, siendo de cumplimiento obligatorio por todas las municipalidades distritales que integran la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el Art. 54º de la precitada ordenanza, establece que la aplicación de sanciones por incumplimiento a lo dispuesto en el citado dispositivo por parte de los responsables de la ejecución de obra en las áreas de dominio público, es de responsabilidad de la municipalidad de cuya jurisdicción corresponda, de acuerdo con las áreas de su competencia señaladas en dicha ordenanza; Que, en tal sentido se hace necesario la modificatoria del Régimen de Aplicación de Sanciones (R.A.S.), en el ítem de obras públicas, de la Dirección de Desarrollo Urbano; y, Estando a lo aprobado por UNANIMIDAD del Pleno del Concejo, se acordó lo siguiente: Artículo Primero.- MODIFICAR, el Régimen de Aplicación de Sanciones (R.A.S.), de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, en los términos que se indica en el Anexo 01 de la presente y que forma parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Desa- rrollo Urbano y Dirección de Rentas de esta corporación el cumplimiento de la presente. Artículo Tercero.- La presente ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO TAPIA ZEGARRA Alcalde ANEXO 01 CUADRO UNICO DE INFRACIONES Y SANCIONES 200 EJECUCION DE OBRAS EN LAS AREAS DE DOMINIO PUBLICO CODIGO INFRACCION % UIT IMPORTE 201 Por ejecutar obras en la vía pública sin contar con la autorización municipal respectiva. Por metro lineal 1.00 28.00 202 No presentar en la obra la copia de la autorización 100.00 2,800.00 municipal respectiva. 203 Incumplir con las especificaciones técnicas y el pro- 300.00 8,400.00 yecto aprobado. 204 Omitir la colocación de señales o dispositivos de 200.00 5,600.00 seguridad o por encontrarse deficiencias en los mismos. 205 Prolongar el plazo de ejecución de obra sin la res- pectiva autorización municipal. Hasta 30 días. 100.00 2,800.00 De 30 a 60 días 200.00 5,600.00 De 60 a más 300.00 8,400.00 206 Dejar desmonte y material excedente. Hasta 50 m2 18.00 504.00 Mas de 50 m2 60.00 1,680.00 207 Carecer de pruebas de compactación del terreno o 200.00 5,600.00 de resistencia de los materiales empleados.208 Reposición deficiente de las pistas, veredas y otros. Hasta 100 m2 100.00 2,800.00 Hasta 300 m2 300.00 8,400.00 Exceso 400.00 11,200.00 209 Incumplir con solicitar la conformidad de obra. 200.00 5,600.00 210 Colocar cables y otros elementos antirreglamen- tarios adosados a fachadas o cruzando vías o 300.00 8,400.00 el realizar cableado aéreo en zonas no permitidas. 211 Por ejecutar trabajos de construcción de reservorios, sin autorización. 50.00 1,400.00 5085 Aprueban el Arancel de Costas y Gas- tos de Procedimientos de Cobranza Coactiva ORDENANZA Nº 008-99/MDC Carabayllo, 5 de abril de 1999 Visto, en sesión extraordinaria de Concejo de fecha 29 de marzo de 1999, se discutió el punto de agenda referido a la APROBACION DEL ARANCEL DE GASTOS Y COSTAS DEL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION COACTIVA, de la Municipalidad Distrital de Carabayllo. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política vigente, prescribe que las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y adminis- trativa, en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con la Ley Nº 26979, Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva, la administración deberá cobrar por costas y gastos administrativos en dichos procedimientos por obligaciones tributarias y no tributarias; Que, asimismo, la Primera Disposición Complemen- taria y Transitoria del citado dispositivo legal, establece que cada gobierno local aprobará mediante ordenanza, el Arancel de Gastos y Costas procesales de los procedi- mientos, el cual tendrá como tope máximo el que esta- blezca el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial; Que, en tanto y en cuanto no sea publicada la mencionada resolución, la administración deberá sujetarse a lo dispuesto por su arancel; Que, en tal sentido, se hace necesario aprobar los arance- les de gastos y costas de los procedimientos de ejecución coactiva, hasta la entrada en vigencia de la ordenanza a la que se refiere la primera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 26979; y, Estando a lo aprobado por UNANIMIDAD del pleno del Concejo, se acordó lo siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Arancel de Costas y Gastos de Procedimientos de Cobranza Coactiva de la Muni- cipalidad Distrital de Carabayllo, conforme se detalla en el Anexo 01 de la presente y que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Los montos que resulten de aplicar los porcentajes del arancel aprobado en el artículo preceden- te, a efectos del cobro se redondearán a la unidad monetaria inmediata superior. Artículo Tercero.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y será de aplicación a todas las gestiones de cobranza y ejecución coactiva que se encuentren en trámite. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Rentas y Ejecutoria Coactiva de esta corporación el cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO TAPIA ZEGARRA Alcalde