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Pág. 172979 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de mayo de 1999 De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú y la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario y con lo dispuesto en la Ley Nº 27103; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- La expedición o revalidación de los pasapor- tes peruanos tendrán una vigencia de cinco años, aplicándo- se en el caso de la expedición una tasa de US$ 15,00. Artículo 2º.- El pago de la tasa a que se refiere el artículo precedente se efectuará en el Banco de la Nación o entidades autorizadas, en dólares americanos o su equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio de venta del dólar bancario, vigente al día de pago. Artículo 3º.- Es de aplicación para efectos de la expedi- ción o revalidación del pasaporte peruano, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior en la parte relativa a la Dirección General de Migraciones y Naturalización, modificado por lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de mayo de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 6052 Aceptan y aprueban donaciones efectuadas en beneficio de poblacio- nes urbano-marginales, consultorio y personas ciegas en rehabilitación RESOLUCION SUPREMA Nº 193-99-EF Lima, 7 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID), Medecins Sans Frontieres Artsen Zonder Grenzen de Bélgica y la Organización Nacional de Ciegos de España - ONCE han efectuado donaciones en favor del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS) - Componente Norte, a través del Instituto de Alta Calidad en Atención a la Salud - MAXSALUD, de Médicos sin Fronteras - Bélgica y del Centro de Rehabilitación de Ciegos de Lima - CERCIL, respectivamente; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de entidades y dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 821, el Decreto Supremo Nº 099-97-EF y normas modifi- catorias; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Peruano, las donaciones efectuadas por la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID), Medecins Sans Frontieres Artsen Zonder Grenzen de Bélgi- ca y la Organización Nacional de Ciegos de España - ONCE, en favor del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS) - Componente Norte, a través del Instituto de Alta Calidad en Atención a la Salud - MAXSALUD, de Médicos sin Fronteras - Bélgica y del Centro de Rehabilita- ción de Ciegos de Lima - CERCIL, de acuerdo a las Resolu- ciones Ministeriales y Directorales expedidas por el Ministe- rio de Salud que a continuación se detallan: - Resolución Ministerial Nº 611-96-SA/DM Donación efectuada por la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID) a favor delProyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS) - Componente Norte, a través del Instituto de Alta Calidad en Atención a la Salud - MAXSALUD, consistente en instrumental médico dental, con un valor aproximado de US$ 15 181,00 (Quince Mil Ciento Ochenta y Uno y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América) según Carta de Donación de fecha 15 de agosto de 1996 y un peso aproximado de 48 k., según Guía Aérea Nº 729 5091 3505 de Panalpina Stuttgart. Dicha donación es en beneficio de las poblaciones urbano-marginales de Chiclayo. - Resolución Ministerial Nº 048-97-SA/DM Donación efectuada por la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID), a favor del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS) - Componente Norte, a través del Instituto de Alta Calidad en Atención a la Salud - MAXSALUD, consistente en medi- camentos, con un valor aproximado de US$ 15 190,00 (Quin- ce Mil Ciento Noventa y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América) según Carta de Donación de fecha 15 de octubre de 1996 y un peso aproximado de 314 k., según Guía Aérea Nº 01153215 de Circle International, Inc. Dicha donación es en beneficio de las poblaciones urbano-marginales de Chiclayo. - Resolución Directoral Nº 004-97-SA/OFICE Donación efectuada por la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos USAID, a favor del Proye cto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS) - Componente Norte, a través del Instituto de Alta Calidad en Atención a la Salud - MAXSALUD, consistente en instrumental médico dental, con un valor aproximado de US$ 2 926,00 (Dos Mil Novecientos Veintiséis y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América) y un peso aproxi- mado de 17 k., según Carta de Donación de fecha 25 de febrero de 1997 y Guía Aérea Nº STR 460109 de Panalpina Stuttgart. Dicha donación es en beneficio de las pobla- ciones urbano-marginales de Chiclayo. - Resolución Directoral Nº 072-97-SA/OFICE Donación efectuada por la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID), a favor del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS) - Componente Norte, a través del Instituto de Alta Calidad en Atención a la Salud - MAXSALUD, consistente en 1 ambulancia con equipos médicos, con un valor aproximado de US$ 57 926,00 (Cincuenta y Siete Mil Novecientos Vein- tiséis y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América) según Carta de Donación de fecha 18 de abril de 1997 y un peso aproximado de 2 713 k., según Conocimiento de Embarque Nº NYNO150NYCCAO004 de NYK NOS. Dicha donación es en beneficio de las poblaciones urbano-marginales de Chiclayo. - Resolución Directoral Nº 035-98-SA/OFICE Donación efectuada por Medecins Sans Frontieres Art- sen Zonder Grenzen de Bélgica, a favor de Médicos sin Fronteras - Bélgica, consistente en un Fetal Heart Detector, Sonicaid 121 con 4 AA batteries, con un valor aproximado de BEF 21 695,00 (Veintiún Mil Seiscientos Noventa y Cinco y 00/100 Francos Belgas), según Certificado de Donación de fecha 3 de noviembre de 1997 y un peso aproximado de 1 k., según Comprobante Nº 425 4921 392 de DHL. Dicha dona- ción es destinada al Consultorio "Entre Amigos" del Hospital Materno Infantil César López Silva, correspondiente al proyecto "Atención Integral a la Población de 5 a 19 años, en el Sector de Pachacámac, distrito de Villa El Salvador". - Resolución Directoral Nº 132-98-SA/OFICE Donación efectuada por la Organización Nacional de Ciegos de España - ONCE, a favor del Centro de Rehabi- litación de Ciegos de Lima - CERCIL, consistente en 3 máquinas de escribir en Sistema Braille - Tetrapoint, con un valor aproximado de US$ 755,00 (Setecientos Cincuenta y Cinco y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América) según Certificado de Donación de fecha 1 de diciembre de 1997 y un peso aproximado de 17 k., según Guía Aérea Nº 001 - 2585 8486 de AA Cargo. Dicha donación es destinada a las perso- nas ciegas en proceso de rehabilitación. Artículo 2º.- Compréndase a las donaciones citadas en el artículo precedente dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Supre- ma a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud.