Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 1999 (09/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, MORDAZA 9 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru y la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario y con lo dispuesto en la Ley Nº 27103; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- La expedicion o revalidacion de los pasaportes peruanos tendran una vigencia de cinco anos, aplicandose en el caso de la expedicion una tasa de US$ 15,00. Articulo 2º.- El pago de la tasa a que se refiere el articulo precedente se efectuara en el Banco de la Nacion o entidades autorizadas, en dolares americanos o su equivalente en moneda nacional, al MORDAZA de cambio de venta del dolar bancario, vigente al dia de pago. Articulo 3º.- Es de aplicacion para efectos de la expedicion o revalidacion del pasaporte peruano, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior en la parte relativa a la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion, modificado por lo dispuesto en la presente norma. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro del Interior. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 6052

Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS) Componente Norte, a traves del Instituto de Alta Calidad en Atencion a la Salud - MAXSALUD, consistente en instrumental medico dental, con un valor aproximado de US$ 15 181,00 (Quince Mil Ciento Ochenta y Uno y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America) segun Carta de Donacion de fecha 15 de agosto de 1996 y un peso aproximado de 48 k., segun Guia Aerea Nº 729 5091 3505 de Panalpina Stuttgart. Dicha donacion es en beneficio de las poblaciones urbano-marginales de Chiclayo. - Resolucion Ministerial Nº 048-97-SA/DM Donacion efectuada por la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID), a favor del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS) - Componente Norte, a traves del Instituto de Alta Calidad en Atencion a la Salud - MAXSALUD, consistente en medicamentos, con un valor aproximado de US$ 15 190,00 (Quince Mil Ciento Noventa y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America) segun Carta de Donacion de fecha 15 de octubre de 1996 y un peso aproximado de 314 k., segun Guia Aerea Nº 01153215 de Circle International, Inc. Dicha donacion es en beneficio de las poblaciones urbano-marginales de Chiclayo. - Resolucion Directoral Nº 004-97-SA/OFICE Donacion efectuada por la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos USAID, a favor del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS) - Componente Norte, a traves del Instituto de Alta Calidad en Atencion a la Salud - MAXSALUD, consistente en instrumental medico dental, con un valor aproximado de US$ 2 926,00 (Dos Mil Novecientos Veintiseis y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America) y un peso aproximado de 17 k., segun Carta de Donacion de fecha 25 de febrero de 1997 y Guia Aerea Nº STR 460109 de Panalpina Stuttgart. Dicha donacion es en beneficio de las poblaciones urbano-marginales de Chiclayo. - Resolucion Directoral Nº 072-97-SA/OFICE Donacion efectuada por la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID), a favor del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS) - Componente Norte, a traves del Instituto de Alta Calidad en Atencion a la Salud - MAXSALUD, consistente en 1 ambulancia con equipos medicos, con un valor aproximado de US$ 57 926,00 (Cincuenta y Siete Mil Novecientos Veintiseis y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America) segun Carta de Donacion de fecha 18 de MORDAZA de 1997 y un peso aproximado de 2 713 k., segun Conocimiento de Embarque Nº NYNO150NYCCAO004 de NYK NOS. Dicha donacion es en beneficio de las poblaciones urbano-marginales de Chiclayo. - Resolucion Directoral Nº 035-98-SA/OFICE Donacion efectuada por Medecins Sans Frontieres Artsen Zonder Grenzen de Belgica, a favor de Medicos sin Fronteras - Belgica, consistente en un Fetal Heart Detector, Sonicaid 121 con 4 AA batteries, con un valor aproximado de BEF 21 695,00 (Veintiun Mil Seiscientos Noventa y Cinco y 00/100 Francos Belgas), segun Certificado de Donacion de fecha 3 de noviembre de 1997 y un peso aproximado de 1 k., segun Comprobante Nº 425 4921 392 de DHL. Dicha donacion es destinada al Consultorio "Entre Amigos" del Hospital MORDAZA Infantil MORDAZA MORDAZA MORDAZA, correspondiente al proyecto "Atencion Integral a la Poblacion de 5 a 19 anos, en el Sector de MORDAZA, distrito de MORDAZA El Salvador". - Resolucion Directoral Nº 132-98-SA/OFICE Donacion efectuada por la Organizacion Nacional de Ciegos de Espana - ONCE, a favor del Centro de Rehabilitacion de Ciegos de MORDAZA - CERCIL, consistente en 3 maquinas de escribir en Sistema Braille - Tetrapoint, con un valor aproximado de US$ 755,00 (Setecientos Cincuenta y Cinco y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America) segun Certificado de Donacion de fecha 1 de diciembre de 1997 y un peso aproximado de 17 k., segun Guia Aerea Nº 001 - 2585 8486 de AA Cargo. Dicha donacion es destinada a las personas ciegas en MORDAZA de rehabilitacion. Articulo 2º.- Comprendase a las donaciones citadas en el articulo precedente dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 821. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Salud.

Aceptan y aprueban donaciones efectuadas en beneficio de poblaciones urbano-marginales, consultorio y personas ciegas en rehabilitacion
RESOLUCION SUPREMA Nº 193-99-EF MORDAZA, 7 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID), Medecins Sans Frontieres Artsen Zonder Grenzen de Belgica y la Organizacion Nacional de Ciegos de Espana - ONCE han efectuado donaciones en favor del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS) - Componente Norte, a traves del Instituto de Alta Calidad en Atencion a la Salud - MAXSALUD, de Medicos sin Fronteras - Belgica y del Centro de Rehabilitacion de Ciegos de MORDAZA - CERCIL, respectivamente; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 821, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de entidades y dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 821, el Decreto Supremo Nº 099-97-EF y normas modificatorias; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar en nombre del Gobierno Peruano, las donaciones efectuadas por la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID), Medecins Sans Frontieres Artsen Zonder Grenzen de Belgica y la Organizacion Nacional de Ciegos de Espana - ONCE, en favor del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS) - Componente Norte, a traves del Instituto de Alta Calidad en Atencion a la Salud - MAXSALUD, de Medicos sin Fronteras - Belgica y del Centro de Rehabilitacion de Ciegos de MORDAZA - CERCIL, de acuerdo a las Resoluciones Ministeriales y Directorales expedidas por el Ministerio de Salud que a continuacion se detallan: - Resolucion Ministerial Nº 611-96-SA/DM Donacion efectuada por la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID) a favor del

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