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Pág. 173540 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de mayo de 1999 Artículo 2º.- De la naturaleza La pensión de gracia a que se refiere el Artículo Primero es personal e intransferible y no genera derecho a pensión de sobrevivientes. Artículo 3º.- Del cumplimiento El Ministerio de Educación queda encargado del cumpli- miento de la presente Resolución Legislativa, debiendo efec- tuarse las acciones administrativas de acuerdo con las normas presupuestarias vigentes. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los catorce días del mes de mayo de mil novecien- tos noventa y nueve. RICARDO MARCENARO FRERS Presidente a.i. del Congreso de la República CARLOS BLANCO OROPEZA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Lima, 25 de mayo de 1999. Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 6851 RESOLUCION LEGISLA TIVA Nº 27123 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCION LEGISLA TIVA QUE CONCEDE PENSION DE GRACIA A ARTIST A PLASTICO PERUANO Artículo 1º.- Objeto Concédase pensión de gracia equivalente a 2 (dos) remune- raciones mínimas vitales mensuales, al señor Jesús Urbano Rojas cuyo merecimiento ha sido debidamente calificado. Artículo 2º.- De la naturaleza La pensión de gracia a que se refiere el Artículo Primero es personal e intransferible y no genera derecho a pensión de sobrevivientes. Artículo 3º.- Del cumplimiento El Ministerio de Educación queda encargado del cumpli- miento de la presente Resolución Legislativa, debiendo efec- tuarse las acciones administrativas de acuerdo con las normas presupuestarias vigentes. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los catorce días del mes de mayo de mil novecien- tos noventa y nueve. RICARDO MARCENARO FRERS Presidente a.i. del Congreso de la República CARLOS BLANCO OROPEZA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICALima, 25 de mayo de 1999. Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese y archívese. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 6852 P C M Autorizan viaje del Ministro de Relacio- nes Exteriores a la República de Colom- bia para participar en XI Reunión del Consejo Presidencial Andino RESOLUCION SUPREMA Nº 276-99-PCM Lima, 25 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, el doctor Fernando de Trazegnies Granda, Ministro de Relaciones Exteriores, viajará a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 25 al 27 de mayo del corrien- te año, a fin de participar en la XI Reunión del Consejo Presiden- cial Andino; De conformidad con el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM y el Decreto Supremo Nº 037- 91-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar el viaje del Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Fernando de Trazegnies Granda, a la ciudad de Cartage- na de Indias, República de Colombia, a fin de participar en la XI Reunión del Consejo Presidencial Andino, entre el 25 y 27 de mayo de 1999. 2º.- Los gastos por concepto de pasajes US$ 1,036.04, viáti- cos US$ 800.00, y la tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros 6857 Encargan Cartera de Relaciones Exteriores al Ministro de la Presi- dencia RESOLUCION SUPREMA Nº 277-99-PCM Lima, 25 de mayo de 1999 CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Fernando de Trazegnies Granda, se ausentará del país entre los días 25 y 27 de mayo de 1999, a fin de participar en la XI Reunión del Consejo Presidencial Andino, que se llevará a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias, Repúbli- ca de Colombia; Que, en consecuencia, es necesario encargar el Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores mientras dure la ausencia del Titular;