Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 1999 (26/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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DECRETA:

NORMAS LEGALES
RUTAS PASOS FRONTERIZOS FLOTA OPERATIVA

MORDAZA, miercoles 26 de MORDAZA de 1999
: Las que senale las autoridades competentes de los paises del MORDAZA Sur : MORDAZA MORDAZA (Peru), MORDAZA (Chile), DESAGUADERO (Bolivia) : Tres (3) remolcadores: YG-7048 (1987), YG7636 (1987) e YG-8613 (1996) Un semirremolque: ZG-5325 (1996) Total: Cuatro (4) vehiculos.

Articulo 1º.- Precisar el inciso s) del Articulo 11º del Estatuto aprobado por Decreto Supremo Nº 014-97-MTC, en el sentido de que la atribucion del Jefe del Registro Predial MORDAZA de aprobar la politica laboral y remunerativa, implica fijar y modificar las remuneraciones, aguinaldos, bonificaciones, asi como todo gasto ocasional del personal del Registro, sin exceder los montos maximos que para dichos conceptos hayan sido aprobados por Directiva del Titular del Pliego. Articulo 2º.- Adicionese un MORDAZA parrafo al Articulo 19º del Estatuto del Registro Predial Urbano: "Los Vocales del Tribunal Registral percibiran dieta por sus sesiones, cuyo monto sera fijado por el Jefe del Registro Predial Urbano." Articulo 3º.- El presente decreto sera refrendado por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 6856

Se autoriza la inscripcion de estos vehiculos ante la Superintendencia Nacional de Aduanas. Segundo.- El permiso que se otorga tendra una vigencia de dos (2) anos, computados a partir de la fecha de expedicion de esta resolucion. Tercero.- La empresa recurrente, mantendra vigente la poliza de seguros, que cubra las actividades operacionales, que se otorga por esta resolucion y acreditara su cumplimiento ante la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Cuarto.- La empresa autorizada por la presente resolucion, debera sujetarse a los convenios en materia de Transporte Internacional Terrestre por Carretera, que el MORDAZA MORDAZA suscrito y que posteriormente suscriba con los paises miembros del MORDAZA Sur, asi como a los reglamentos vigentes. Quinto.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 6834 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1520-98-MTC/15.18 MORDAZA, 17 de diciembre de 1998 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02270010, organizado por la empresa ULI-ROD MORDAZA S.R.L., sobre Permiso Especial de Origen para Transporte Propio para la Prestacion del Servicio de Transporte Terrestre Internacional de Gas Licuado de Petroleo e Informe Nº 866-98-MTC/15.18.04.1.scg., de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa referida en vistos, ha cumplido con presentar la documentacion establecida en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, para el Permiso Especial de Origen para Transporte Propio para efectuar el Transporte Internacional de Gas Licuado de Petroleo desde las Republicas de Bolivia y MORDAZA hacia la Republica del Peru; Que, en el numeral 9 del Articulo 19º del ATIT se establece que las empresas cuyo giro no sea el transporte de carga contra retribucion, pueden efectuar con vehiculos de su propiedad el transporte de productos a cuya actividad se dedica. En el caso de autos ULI-ROD MORDAZA S.R.L. su actividad principal es el envasado de Gas Licuado de Petroleo, por lo que es viable autorizar el permiso correspondiente; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorandum Nº 2754-98-MTC/15.18.04 y de Asesoria Legal en Informe Nº 1439-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre de los Paises del MORDAZA Sur ratificado por Decreto Supremo Nº 028-91-TC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar el Permiso Especial de Origen para Transporte Propio a favor de la empresa ULI-ROD MORDAZA S.R.L., en los terminos siguientes: RAZON SOCIAL ACTIVIDAD ORIGEN DESTINO RUTAS : ULI-ROD MORDAZA S.R.L. : TRANSPORTE INTERNACIONAL DE GAS LICUADO Y DE PETROLEO POR CARRETERA : REPUBLICA DEL PERU : REPUBLICAS DE BOLIVIA Y MORDAZA : Las que senale la autoridad competente de los paises del MORDAZA Sur

Otorgan a empresas Permiso Especial de Origen para Transporte Propio con destino a las Republicas de Bolivia y MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 061-99-MTC/15.18 MORDAZA, 11 de enero de 1999 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 02196010 y 02295010, organizados por la empresa ULI-ROD MORDAZA S.A., sobre Permiso Especial de Origen para Transporte Propio para la Prestacion del Servicio de Transporte Terrestre Internacional de Gas Licuado de Petroleo e Informe Nº 949-98-MTC/ 15.18.04.lscg., de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa referida en vistos, ha cumplido con presentar la documentacion establecida en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, para el Permiso Especial de Origen para Transporte Propio para efectuar el Transporte Internacional de Gas Licuado de Petroleo desde las Republicas de Bolivia y MORDAZA hacia la Republica del Peru; Que, en el numeral 9 del Articulo 19º del Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre de los Paises del MORDAZA Sur, establece que el Transporte Propio es el realizado por las empresas cuyo giro no sea el transporte de carga contra retribucion, efectuado con vehiculos de su propiedad, aplicado exclusivamente a las cargas que se utilizan para su consumo o a la distribucion de sus productos. En el caso de ULI-ROD MORDAZA S.A. su actividad principal es el envasado de Gas Licuado de Petroleo, por lo que, es viable autorizar el permiso correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre de los Paises del MORDAZA Sur ratificado por Decreto Supremo Nº 028-91-TC, Ley Nº 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar el Permiso Especial de Origen para Transporte Propio a favor de la empresa ULI-ROD MORDAZA S.A., en los terminos siguientes: RAZON SOCIAL ACTIVIDAD ORIGEN DESTINO : ULI ROD MORDAZA S.A. : TRANSPORTE INTERNACIONAL DE GAS LICUADO Y DE PETROLEO POR CARRETERA : REPUBLICA DEL PERU : REPUBLICAS DE BOLIVIA Y MORDAZA

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