Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 1999 (26/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 26 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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Que, el senor MORDAZA Melo-Vega MORDAZA ha presentado su renuncia al encargo encomendado como miembro del Comite Especial MORDAZA mencionado; Que, la COPRI ha propuesto la designacion de otros miembros del Comite Especial en referencia; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 674 y la Ley Nº 27111; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el senor MORDAZA Melo-Vega MORDAZA, al encargo encomendado mediante Resolucion Suprema Nº 371-94-PCM de fecha 2 de setiembre de 1994, como miembro del Comite Especial encargado de llevar adelante el MORDAZA de promocion de la inversion en los casos en que el Estado se reserve un determinado porcentaje de las acciones de una empresa del Estado ya transferida al sector privado, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar como miembros del Comite Especial constituido mediante Resolucion Suprema Nº 371-94-PCM, a los senores: - MORDAZA MORDAZA Shimabukuro Maeki - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Pesqueria. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 6870

de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Que conforme a lo dispuesto en el Articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 506-97-PE, resulta procedente cancelar el permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 10197-PE de fecha 25 de febrero de 1997, para operar la embarcacion pesquera "PROGRESO 3" de Matricula Nº CE-5044-CM por cuanto esta ha sido utilizada para sustitucion de la embarcacion denominada "GUILLERMO", la que se encuentra actualmente con permiso de pesca y apta para efectuar faenas de pesca; Que mediante el escrito del visto, GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. presenta el certificado de matricula debidamente cancelado de la embarcacion pesquera "PROGRESO 3", emitido por la Capitania de Puerto de Chimbote, al haber sido la misma sustituida por la embarcacion pesquera denominada "GUILLERMO", conforme consta en la Resolucion Ministerial Nº 506-97-PE; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Extraccion y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 001-98-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Cancelar el permiso de pesca otorgado a SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. a traves de la Resolucion Ministerial Nº 101-97-PE de fecha 25 de febrero de 1997 para operar la embarcacion pesquera denominada "PROGRESO 3" de Matricula Nº CE-5044-CM y, asimismo, retirarla de los Anexos I y III que forman parte de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 500 y 501-98-PE, respectivamente, en razon de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion Ministerial a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 6776

Cancelan permiso de pesca otorgado a empresa y retiran embarcacion de los Anexos I y III de las RR.MM. Nºs. 500 y 501-98-PE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 167-99-PE MORDAZA, 24 de MORDAZA de 1999 Visto el escrito con Registro Nº 01401003 de fecha 10 de marzo de 1999, presentado por GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 101-97-PE de fecha 25 de febrero de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., para operar entre otras a la embarcacion pesquera denominada "PROGRESO 3", con Matricula Nº CE-5044-CM, de 111.11 m3 de volumen de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto; Que por Resolucion Ministerial Nº 506-97-PE de fecha 3 de octubre de 1997, se autorizo a SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. el incremento de flota con una embarcacion pesquera denominada "GUILLERMO" de 459 m3 de volumen de bodega y 309.82 TM de carga MORDAZA de pescado, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, via sustitucion de las embarcaciones pesqueras "PROGRESO 2" siniestrada y "PROGRESO 3" operativa, con capacidades de bodega de 100 TM y 98.86 TM respectivamente, empleandose 110.96 TM de las 164 TM reservadas a traves de la Resolucion Ministerial Nº 613-96-PE; Que, asimismo, el Articulo 5º de la citada Resolucion Ministerial Nº 506-97-PE establecio que la embarcacion pesquera "PROGRESO 3" podia operar hasta que la embarcacion denominada "GUILLERMO" se encuentre en condiciones de efectuar faenas de pesca; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 178-98-PE de fecha 6 de MORDAZA de 1998, se otorga permiso de pesca a plazo determinado a GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "GUILLERMO" con Matricula Nº CO-17299-PM, de 473.13 m3 de volumen de bodega con sistema de preservacion R.S.W. y 319.36 TM de carga MORDAZA de pescado, en la extraccion

Declaran fundada reconsideracion e incorporan embarcaciones pesqueras en el Anexo III de la R.M. Nº 501-98-PE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 168-99-PE MORDAZA, 24 de MORDAZA de 1999 Visto los escritos de Registros Nºs. 6048002, 10954001, 05826001, 02203, 04180003, 8890002, 1075001, 108040001, 05672, 05748, 04447003, 01479003, 01480003, 01496003, 01497003, 01382003, 0196003 y 2343001 de fechas 12, 14 y 18 de MORDAZA, 4 de junio, 31 de MORDAZA, 2, 16, 23, 29 y 30 de octubre y 3, 5, 23 y 25 de noviembre de 1998; 16, 17, 18 y 22 de marzo de 1999 presentados por los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA UCHOFEN, MORDAZA MORDAZA MORDAZA sucedido en relacion procesal por MAX MORDAZA SUNE, PESQUERA CHAO Y MORDAZA S.R.Ltda., MORDAZA MORDAZA VERGARAY MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y CONRRADO MORDAZA MORDAZA, a traves de los cuales interponen recursos de reconsideracion contra la Resolucion Directoral Nº 056-99PE/DNE y las Resoluciones Ministeriales Nºs. 200-98-PE y 50198-PE, a fin de que se les restituya los derechos de sustitucion de capacidad de bodega de sus embarcaciones pesqueras, a que se refiere el Articulo 24º de la Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y los Articulos 19º y 24º de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE. CONSIDERANDO: Que, a traves del Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 501-98-PE de fecha 7 de octubre de 1998 se aprobaron los listados actualizados de los derechos de sustitucion de las embarcaciones pesqueras de mayor escala, consignando en el Anexo I las embarcaciones no consideradas por el Ministerio de Pesqueria para la sustitucion de capacidad de bodega a que se refiere el Articulo 24º de la Ley General de Pesca y los Articulos 19º y 24º de su reglamento, en el Anexo II a las embarcaciones no consideradas por el Ministerio de Pesqueria para la sustitu

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