Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 1999 (10/11/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 10 de noviembre de 1999 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo 1º.- APRUEBASE la inafectacion de los Derechos Arancelarios y del Impuesto General a las Ventas a la importacion realizada por la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA de los bienes donados que se encuentran incluidos en el Decreto Supremo Nº 046-97EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-98-EF y la adecuacion arancelaria senalada en la Circular Nº 46-0698-ADUANAS-INTA del 19 de enero de 1998, segun las partidas arancelarias siguientes: Partida Arancelaria Descripcion

la Gestion y el MORDAZA Presupuestario de las Empresas y Entidades comprendidas en el Articulo 12º de la Ley Nº 27013, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 292-98EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, la donacion que efectuo la empresa ELECTROPERU S.A., a favor de la MORDAZA Militar del Presidente de la Republica, de los bienes detallados en el Anexo 01 que forma parte integrante de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- La aceptacion de la donacion de los bienes a que se refiere el Articulo 1º, sera aprobada por el Ministerio de la Presidencia. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Contraloria General de la Republica y a la Superintendencia de Bienes Nacionales. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CHAMOT MORDAZA Ministro de Energia y Minas 14098

3822.00.29.00 Los demas 8504.40.10.00 Unidades de alimentacion estabilizada ("UPS") Articulo 2º.- La inafectacion a que se refiere el articulo anterior procedera siempre que la importacion de los bienes se ajuste a la cantidad, valor y demas caracteristicas declaradas en los formularios de "Importaciones Liberadas - Decreto Legislativo Nº 882", presentados por la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, segun Expedientes Nºs. 19969-99 y 21734-99 y que dichos bienes MORDAZA destinados al cumplimiento de los fines propios de la referida institucion educativa. Lo dispuesto en este articulo se aplica sin perjuicio de las acciones de fiscalizacion que correspondan efectuar segun el caso, al Ministerio de Educacion, asi como a la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, incluyendo la verificacion de la clasificacion arancelaria de los bienes cuya inafectacion se solicita. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 14097

Distribuyen monto recaudado por derecho de vigencia de nuevos petitorios y antiguos derechos mineros a diversas municipalidades
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 191-99-EM/DGM MORDAZA, 28 de octubre de 1999 Visto el Informe Nº 860-99-EM-DGM-DFM/DV, de la Oficina de Derecho de Vigencia de la Direccion de Fiscalizacion Minera; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el inciso h) del Articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92EM, es atribucion de la Direccion General de Mineria administrar el Derecho de Vigencia; Que, de conformidad con el Articulo 57º del citado Texto Unico, de los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, asi como de la penalidad, se distribuira un 40% a los Gobiernos Locales en que se encuentra localizado el petitorio o la concesion afectada; Que, durante el periodo comprendido entre el 1 de setiembre y el 28 de setiembre de 1999 se han procesado las boletas de deposito del Banco de la Nacion por antiguos derechos por la suma de S/. 181.615,45 (Ciento Ochentiun Mil Seiscientos Quince y 45/100 Nuevos Soles) y US$ 3.252.202,82 (Tres Millones Doscientos Cincuentidos Mil Doscientos Dos y 82/100 Dolares Norteamericanos); las mismas que se encuentran sustentadas con sus respectivas boletas de deposito del Banco de la Nacion; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 92º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94EM, y el Articulo 1º del D.U. Nº 036-95. Previa a la distribucion que senala el Art. 57° del D.S. N° 04-92-EM, se procedera a efectuar los descuentos por concepto de certificados de devolucion por US$ 96.686,64 (Noventiseis Mil Seiscientos Ochentiseis y 64/100 Dolares Norteamericanos); resultando un importe neto por distribuir de US$ 3.155.514,18 (Tres Millones Ciento Cincuenticinco Mil Quinientos Catorce y 18/100 Dolares Norteamericanos), asi como S/. 837,94 (Ochocientos Treintisiete y 94/ 100 Nuevos Soles) por saldos 1998; resultando un importe neto a distribuir de S/. 180.777,51 (Ciento Ochenta Mil Setecientos Setentisiete y 51/100 Nuevos Soles).

ENERGIA Y MINAS
Autorizan donacion de diversos bienes efectuada por ELECTROPERU S.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 143-99-EM MORDAZA, 9 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, la empresa ELECTROPERU S.A. es propietaria de diversos bienes que han sido dados de baja; Que, el Jefe de la MORDAZA Militar del Presidente de la Republica, mediante Oficio Nº 166-99/CM/DGLOG-AT, de fecha 15 de junio de 1999, solicito al Gerente General de ELECTROPERU S.A. la donacion de varios bienes; Que, el Directorio de ELECTROPERU S.A. en su Sesion Nº 1041, de fecha 8 de setiembre de 1999, mediante Acuerdo Nº O.D.1 aprobo, en via de regularizacion, la donacion de diversos bienes a favor de la MORDAZA Militar del Presidente de la Republica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 804 y en el numeral 2.4 de la Directiva que Regula

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