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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (26/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 180588 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de noviembre de 1999 Visto el Expediente Nº 17137-98 y los Anexos Nº 337-99, Nº 2081-99, Nº 3326-99, seguidos por la ASOCIACION DE VIVIENDA PALERMO II, por los que solicitan: a) La aprobación de Proyectos Definitivos de Habilita- ción Urbana. b) Se considere a la presente habilitación de tipo progre- sivo para dejar diferida la ejecución de las obras de pavi- mentación de calzadas y aceras. Del terreno de 4,312.50 m2 constituido por el Sublote 09 de la Lotización "La Viña", ubicado en el distrito del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo Nº 05, tomado en Sesión Nº 04-99 de fecha 29 de enero de 1999, la Comisión Metropolitana de Habilitaciones Urbanas acordó aprobar los Proyectos Defi- nitivos de Habilitación Urbana en Vía de Regularización para Uso de Vivienda - Taller I1-R4 del terreno de 4,312.50 m2 constituido por el Sublote 09 de la Lotización "La Viña", ubicado en el distrito del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, calificando las obras como tipo B-4; estableciendo la redención en dinero de los aportes regla- mentarios para Recreación Pública de 474.38 m2 y para el Ministerio de Educación de 86.25 m2 ubicándolos para efectos de tasación con frente a la vía de mayor valor arancelario; Que, mediante el Informe Nº 148-99-MML-DMDU-DHU- DRD del 12 de agosto de 1999, se especificó las sanciones que debe imponerse a la Asociación de Vivienda Palermo II, por la habilitación irregular del terreno en mención; remi- tiéndolo mediante el Oficio Nº 926-99/MML-DMDU-DHU, a la Dirección Municipal de Fiscalización y Control para su respectiva evaluación y aprobación; el cual fue recepciona- do con fecha 1 de setiembre de 1999; Estando a lo expuesto en el Informe Nº 132-99-MML- DGO-DHU-DRD, de fecha 7 de julio de 1999, se concluye que la interesada ha cumplido con presentar la docu- mentación requerida para el trámite y abonado los derechos administrativos señalados en el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos y en el Artículo II-XXI-4 del Re- glamento Nacional de Construcciones; Con lo recomendado por la Directora de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Art. 3º del Decreto de Alcaldía Nº 081-97; del 30 de octubre de 1997 y la Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997 y la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, de conformidad con el Plano signado con el Nº 062-99-MML-DGO-DHU, los Proyectos referentes a trazado y lotización, pavimenta- ción de calzadas y aceras correspondientes a la Habilita- ción Urbana en Vías de Regularización para uso de vivienda-taller I1-R4, del terreno de 4,312.50 m2 (CUA- TRO MIL TRESCIENTOS DOCE METROS CUADRA- DOS CON CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS), constituido por el Sublote 09 de la Lotización "La Viña" ubicado en el distrito del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la Asociación de Vivienda Palermo II para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, las obras de redes de agua potable, alcantarillado, electrificación y telefonía de la Habilitación Urbana cuyos proyectos se aprueban debiendo sujetarse dichos trabajos a los planos firmados sellados por las respectivas entidades encargadas, teniendo en cuenta lo siguiente: Diseño.- Se basará en el siguiente cuadro detallado: Area Total Bruta 4,312.50 m2 Area Util 3,209.50 m2 Areas de Vías 1,103.00 m2 Pavimentos .- Las características de las obras de Pavi- mentación, serán las siguientes: Subrasante .- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesarioefectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2". Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m. de espesor, compactado, provenientes de cantera seccionada, que contenga propor- ciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máxi- mo de 1 1/2"), finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2" de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superficie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras .- Serán de concreto de calidad de f'c= 140 kg/ cm2, de 0.15 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debida- mente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m., y el acabado será con mezcla cemento - arena fina, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor. Sardineles .- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m., de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. Obras Sanitarias .- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad .- Los interesados deberán poner en conocimiento de la empresa concesionaria, la fecha de inicio y término de las obras, las mismas que se ejecuta- rán de acuerdo con los proyectos que serán aprobados por EDELNOR. Instalaciones Telefónicas .- Para las instalaciones telefónicas, la interesada, de conformidad con el Art. 14º del Decreto Legislativo Nº 332 del 13 de marzo de 1985, deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- DISPONER, que los aportes regla- mentarios para Recreación Pública de 474.38 m2 y para el Ministerio de Educación de 86.25 m2 sean redimidos en dinero previo al otorgamiento de la Resolución de Recepción de Obra, quedando la Manzana "A" en garantía de pago de dichos aportes. Artículo Cuarto.- CONSIDERAR, a la habilitación cuyos proyectos se aprueban de tipo progresivo dejándose diferida la ejecución de las obras de pavimentación de calzadas y aceras, las que serán asumidas por los propieta- rios de las unidades de viviendas para llevarlas a cabo en un plazo máximo de 10 años contados a partir de la recepción de las obras. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, que estará a cargo de los interesados, debiendo efectuarse en el plazo de treinta días calendario, contados a partir de la fecha de su notificación. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR la presente Resolu- ción a la Oficina Registral de Lima y Callao, a la Dirección Municipal de Fiscalización y Control, al Servicio de Admi- nistración Tributaria - S.A.T. y a la Dirección de Autoriza- ciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 14185