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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (02/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 178917 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de octubre de 1999 comisiones del Parlamento Latinoamericano, entre el 12 y el 14 de setiembre de 1999, en México; De conformidad con los Artículos 23º inciso h), 30º inciso i), 32º y 33º del Reglamento del Congreso de la República; Acuerdos Nºs. 029-95/MESA-CR, 070-95/ME- SA-CR y 002-98-99/MESA-CR; y, Estando a lo acordado por la Mesa Directiva en sesión del 31 de agosto de 1999; SE RESUELVE: Primero.- Designar a los Congresistas Daniel Espi- chán Tumay, María Jesús Espinoza Matos, Javier Norie- ga Febres, Daniel Estrada Pérez y Javier Alva Orlandini para que, en representación del Congreso de la Repúbli- ca, participen de las sesiones de las siguientes Comisio- nes del Parlamento Latinoamericano: Niñez y Juven- tud, Narcotráfico, Economías Emergentes, Medio Am- biente, Asuntos Culturales, Educación, Ciencia y Tecno- logía, Asuntos Jurídicos y Defensa del Usuario y del Consumidor, que se realizarán en México, del 12 al 14 de setiembre de 1999. Los mencionados Congresistas de- ben presentar un informe a su retorno. Segundo.- Autorizar a la Oficialía Mayor para que, con cargo al Pliego Presupuestal del Congreso de la República, otorgue a los Congresistas que se indican los montos especificados a continuación: - Daniel Espichán Tumay Viáticos: US$ 1,100.00 Pasaje aéreo: US$ 1,671.52 Impuesto de salida: US$ 25.00 - María Jesús Espinoza Matos Viáticos: US$ 1,100.00 Pasaje aéreo: US$ 1,584.20 Impuesto de salida: US$ 25.00 - Javier Noriega Febres Viáticos: US$ 1,100.00 Pasaje aéreo: US$ 1,671.52 Impuesto de salida: US$ 25.00 - Daniel Estrada Pérez Viáticos: US$ 1,100.00 Pasaje aéreo: US$ 1,671.52 Impuesto de salida: US$ 25.00 - Javier Alva Orlandini Viáticos: US$ 1,100.00 Pasaje aéreo: US$ 1,908.70 Impuesto de salida: US$ 25.00 Tercero.- Estando a lo acordado por el Consejo Direc- tivo otorgar licencia a los Congresistas Daniel Espichán Tumay, María Jesús Espinoza Matos, Javier Noriega Febres, Daniel Estrada Pérez y Javier Alva Orlandini, del 11 al 15 de setiembre de 1999. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTHA HILDEBRANDT PÉREZ TREVIÑO Presidenta del Congreso de la República 12604 P C M Aceptan renuncia de Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas RESOLUCION SUPREMA Nº 491-99-PCM Lima, 1 de octubre de 1999 Vista la renuncia que al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, formula el ingeniero Daniel Hokama Tokashiki; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Aceptar la renuncia que al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas formula el ingeniero DANIEL HOKAMA TOKASHIKI, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 12643 Nombran Ministro de Estado en el Des- pacho de Energía y Minas RESOLUCION SUPREMA Nº 492-99-PCM Lima, 1 de octubre de 1999 Vista la propuesta del señor Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Ener- gía y Minas, al ingeniero JORGE ALFREDO CHAMOT SARMIENTO. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 12644 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Reglamento del Fideicomi- so de Garantía a que se refiere el D.U. Nº 0056-99 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 207-99-EF/15 Lima, 1 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 0056-99, se creó un Fideicomiso de Garantía con los aportes que realizan las Entidades del Sector Público de conformidad con el De- creto de Urgencia Nº 052-98; Que, el Artículo 9º del referido Decreto de Urgencia establece que por Resolución del Ministro de Economía y Finanzas se dictará el Reglamento, así como las demás normas que se requieran para su implementación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 0056-99;