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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (02/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 178920 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de octubre de 1999 JUSTICIA Oficializan las Primeras Jornadas de Derecho Privado "Reforma del Código Civil y del Código de Comercio", a rea- lizarse en la ciudad de Piura RESOLUCION MINISTERIAL Nº 273-99-JUS Lima, 30 de setiembre de 1999 Visto el Oficio Nº 999-99-JUS/DNAJ de fecha 22 de setiembre de 1999, de la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos; CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 30/99-CERCO-CR de fecha 13 de setiembre de 1999, el Presidente de la Comisión de Reforma de Códigos del Congreso de la República solicita la oficialización de las Primeras Jornadas de Derecho Privado "REFORMA DEL CODIGO CIVIL Y DEL CODI- GO DE COMERCIO" a llevarse a cabo en la ciudad de Piura los días 14, 15 y 16 de octubre de 1999; Que la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos me- diante el documento de visto, informa que el certamen a realizarse es de trascendencia nacional y de interés para estudiosos del derecho, lo que amerita la oficialización solicitada; Que es función del Ministerio de Justicia sistematizar la legislación y promover su estudio y difusión; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposición Final d ela Ley Nº 26612, inciso i) del Artículo 3º, e inciso j) del Artículo 80º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 190-99-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DAR CARACTER OFICIAL a las Prime- ras Jornadas de Derecho Privado "REFORMA DEL CO- DIGO CIVIL Y DEL CODIGO DE COMERCIO", organi- zado por la Comisión de Reforma de Códigos y la Comisión encargada de elaborar el Anteproyecto de Ley de Reforma del Código Civil del Congreso de la República conjunta- mente con la Universidad Privada de Piura, a llevarse a cabo en la ciudad de Piura los días 14, 15 y 16 de octubre de 1999. Artículo 2º.- Los organizadores del citado evento, remitirán a la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia las conclusiones a que se arri- ben al término del mismo. Artículo 3º.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Justicia Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia 12497 Autorizan funcionamiento de Centro de Conciliación en la ciudad de Lima RESOLUCION MINISTERIAL Nº 274-99-JUS Lima, 30 de setiembre de 1999 Visto la solicitud con registro Nº 08927 de fecha 2 de agosto de 1999, de la Pontificia Universidad Católica del Perú;CONSIDERANDO: Que la Pontificia Universidad Católica del Perú, es una institución que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora mediante la aplicación de mecanis- mos alternativos de solución de conflictos; Que mediante documento de visto la mencionada institución ha solicitado se le autorice el funcionamiento como un Centro de Conciliación con sede en la ciudad de Lima; Que la mencionada institución cumple con los requisitos establecidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Cen- tro de Conciliación; Que estando a lo opinado en el Informe Nº 180-99-JUS/ DM-STC, de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinente atender la solicitud de la Pontificia Univer- sidad Católica del Perú, quien debe implementar dentro del plazo de 90 días su Estatuto de acuerdo a ley; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación y su Reglamento, aprobado por De- creto Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Pontificia Universi- dad Católica del Perú, a funcionar como Centro de Concilia- ción en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BUSTAMANTE ROMERO Ministro de Justicia 12498 PRES Autorizan viaje de representante de SEDAPAL a Canadá, EE.UU. y México, en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 167-99-PRES Lima, 1 de octubre de 1999 Vista la Carta Nº 120-99-D de fecha 17 de agosto de 1999 del Presidente del Directorio de la Empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima -SEDAPAL; CONSIDERANDO: Que, en el marco del proceso de precalificación del Concurso Público Internacional convocado por el Comité Especial designado mediante R.S. Nº 144-98-TR para llevar adelante el proceso licitario para la concesión al sector privado del Proyecto Integral "Aprovechamiento Optimo de las Aguas Superficiales y Subterráneas del Río Chillón", los postores precalificados han presentado una relación de plantas por ellos ejecutadas, que en algún momento estuvieron operando o que actualmente operan, con cargo a ser comprobada por el Comité Especial del Proyecto, por lo que se ha programado una visita de inspección a las plantas de tratamiento de agua de mayor interés, orientada a comprobar la veracidad de la infor- mación presentada; Que en Sesión de Directorio de SEDAPAL Nº 015-99 efectuada el 12 de agosto de 1999, se acordó autorizar el viaje del ingeniero Máximo Rabines Spelucín, Jefe del Equipo Investigación, Normalización y Planeamiento Fí-