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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (02/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 178931 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de octubre de 1999 Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 12496 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Lima-Huancavelica RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2509-99-MTC/15.18 Lima, 20 de setiembre de 1999 VISTOS, el expediente de Registro Nº 03008010 orga- nizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES SOL PE- RUANO S.A., sobre concesión de ruta: LIMA - HUAN- CAVELICA y viceversa e Informe Nº 671-99-MTC/ 15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transporte de Pasaje- ros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa mediante el expediente indi- cado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la conce- sión de ruta: LIMA - HUANCAVELICA y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasa- jeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 671-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisi- tos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supre- mo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a EMPRESA DE TRANSPOR- TES SOL PERUANO S.A., la concesión de ruta: LIMA - HUANCAVELICA y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasa- jeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, de acuerdo con los siguientes térmi- nos: RUTA :LIMA - HUANCAVELICA y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :HUANCAVELICA ITINERARIO :LA OROYA - HUANCAYO - ISCUCHACA - HUANDO - PALCA - AYACOCHA - CASA BLANCA - SACHAPITI ESCALA COMERCIAL :HUANCAYO FRECUENCIAS :Una diaria FLOTA VEHICULAR :Tres ómnibus FLOTA OPERATIVA :Dos ómnibus UC-2275 (1991) y UC-2248 (1991) FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus UI-7164 (1987) HORARIOS :Salida de Lima :A las 05.00 p.m. Salida de A las 05.00 p.m. Huancavelica: La tarjeta de circulación será expedida con relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposicio-nes vigentes, concernientes al Servicio Público de Trans- porte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carrete- ra en Omnibus. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, si- guientes a la fecha de su notificación. Cuarto.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolu- ción. Quinto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 12477 COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL Autorizan la realización del "Segundo Taller de Capacitación de Segundo Ni- vel destinado a los Jueces de Paz del Distrito Judicial de Tacna y Moquegua" RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 990-CME-PJ Lima, 1 de octubre de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26546 se crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial encargada de la gestión y gobierno del Poder Judicial, funciones que han sido ampliadas por la Ley Nº 26623, Nº 26695 y prorrogadas por la Ley Nº 27009; Que, es interés fundamental de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial elevar el nivel académico de los Magis- trados, promoviendo su participación en actividades de capacitación y actualización en tanto no se afecte el normal desenvolvimiento de la actividad jurisdiccional; Que, la Presidenta de la Corte Superior de Tacna - Moquegua, a través del Oficio Nº 1516-1999-P-CSJTM-PJ de 15 de setiembre de 1999, comunica la realización del "Segundo Taller de Capacitación de Segundo Nivel desti- nado a los Jueces de Paz del Distrito Judicial de Tacna - Moquegua", con la participación del Instituto de Defensa Legal (IDL), a llevarse a cabo el 4 y 5 de octubre de 1999 en la ciudad de Tacna; Que, el "Segundo Taller de Capacitación de Segundo Nivel destinado a los Jueces de Paz del Distrito Judicial de Tacna - Moquegua", se inserta dentro de los planes de mejoramiento de la Administración de Justicia, por lo que, resulta conveniente autorizar la participación de los Magistrados y conceder las licencias correspondientes; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623 y 26695, 27009 y las Resoluciones Admi- nistrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ y 029-99-SE- TP-CME-PJ y estando a lo acordado en la Sesión de la fecha; RESUELVE: Primero.- Autorizar la realización del "Segundo Ta- ller de Capacitación de Segundo Nivel destinado a los Jueces de Paz del Distrito Judicial de Tacna y Moquegua", con la participación del Instituto de Defensa Legal (IDL), a llevarse a cabo el 4 y 5 de octubre de 1999 en la ciudad de Tacna. Segundo.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción no irrogará gasto alguno al presupuesto del Pliego Poder Judicial.