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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (04/10/1999)

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TEXTO PAGINA: 10

Pág. 179036 NORMAS LEGALES Lima, lunes 4 de octubre de 1999 ejemplo, reciclar pedazos de madera no utilizados en otras actividades). Dependiendo de las características del proyecto el listado puede ser amplio, e incluso requerir medidas adicionales para proyectos grandes. De ser posibles las medidas de mitigación, se pueden derivar de estándares ambientales existentes aplicables a la actividad del proyecto, incluyendo: n estándares de calidad de agua; n estándares del manejo de material de desecho y efluentes; y n otros estándares ambientales regulados aplicables (estándares de emisión y calidad del aire). Cuando se desarrollan medidas de mitigación del proyec- to, los estimados de su efectividad serán desarrollados para evaluar la necesidad de controles adicionales. Los estimados, pueden ser desarrollados comparando los impactos con la implementación de medidas de mitigación o sin ellas. El EIA, también debe especificar qué medidas son consideradas requisitos y parte del diseño del proyecto, y qué medidas serán implementadas al ser consideradas necesarias. 3.12 Propuesta de Plan de Manejo Ambiental (PMA). Esta parte del EIA debe ser una continuación lógica del capitulo anterior, en el cual se ha efectuado un análisis integrado que permitió evaluar la viabilidad real del proyec- to, esto es mirando la actividad en el corto y en el largo plazo. El proponente debe prestarle la máxima atención a las actividades ambientales del proyecto, post aprobación del EIA, las que estarán enmarcadas en el PMA puesto que ellas son las que garantizarán que se mantenga la viabili- dad del proyecto. La propuesta que se alcance a la Autoridad Ambiental Competente deberá integrar actividades diversas, pero concurrentes con el objetivo de mantener la mencionada viabilidad del proyecto; en ese sentido, el PMA debe incluir Programas Permanentes como los de Prevención y Monito- reo, otros Específicos como los de Mitigación, en los casos en que se haya determinado la conveniencia de su implemen- tación, y otros Especiales como los de Contingencia, de Cierre de Operaciones, diseñados para ponerse en práctica cuando se presente la necesidad de su aplicación. El proponente deberá presentar el PMA detallado, de tal manera que la Autoridad Ambiental Competente pueda efectuar una evaluación completa y estar en capacidad de sugerir ajustes o cambios. Lo anteriormente dicho nos permite decir que el PMA es probablemente uno de los capítulos más importantes del EIA, ya que, sus distintas actividades, sean permanentes, esporádicas o especiales, perdurarán en el tiempo convir- tiéndose en un Plan Integral que en la práctica introduce una nueva concepción, que intenta hacer que el industrial tome conciencia de la importancia de mantener la viabili- dad ambiental de su proyecto, lo cual por tanto lo debe obligar a reconocer que es necesario, finalmente más conve- niente y efectivo introducir al máximo en el nivel de decisión de la empresa la temática ambiental. El PMA deberá tener la siguiente estructura : a) Programas Permanentes: • De Prevención . La Autoridad Ambiental Competen- te, al fijar las políticas de protección al ambiente privilegia y promueve la adopción de prácticas de prevención de la contaminación; es conveniente, remarcar este hecho, ya que, en el Artículo 6º del Reglamento al delinearse las Obligaciones del Titular (sin perjuicio del cumplimento de las normas ambientales), dispone poner en marcha y man- tener programas de prevención de la contaminación, a fin de reducir la cantidad de sustancias peligrosas y/o contami- nantes que ingresan al sistema o infraestructura de dispo- sición de residuos, ya sea que se viertan o que se emitan al ambiente. El Programa de Prevención del PMA, contempla la realización de actividades destinadas a garantizar la opti- mización del proceso productivo a fin de reducir y/o eliminar la contaminación en la fuente generadora, tales como: mantenimiento de maquinaria y equipo, aplicación de bue- nas prácticas, capacitación, control de inventarios, activi- dades de mejora continua (rediseño, cambios en procesos o procedimientos, modificaciones de tecnologías, etc.) • De Monitoreo. Debe permitir tener bajo permanente observación algunos de los parámetros que la Autoridad Ambiental Competente considere básicos para controlar loseventuales impactos de una determinada actividad. Para cada actividad industrial, la Autoridad Ambiental Compe- tente podrá señalar qué parámetros deben mantenerse bajo observación. Dentro de los Programas Permanentes, tiene especial valor el Monitoreo, ya que, es la base para la adopción de las medidas que se requiere implementar integralmente en el PMA. El Monitoreo a desarrollar en los distintos subsecto- res industriales tendrá particular importancia, sobre todo para el seguimiento de los parámetros que caracterizan la contaminación generada por las plantas; así mismo será vital, que periódicamente se permita analizar las condicio- nes ambientales en la zona de operaciones, lo que incluirá la calidad del aire y del agua, y en general mantener bajo vigilancia la evolución de condiciones ambientales en las fuentes receptoras. b) Programas Especiales: • De Contingencias. Incluirá procedimientos, equipos, comunicaciones y personal especialmente asignado a estos eventos, así como su capacitación por especialistas externos. Este programa está diseñado para ponerse en práctica cuando se presente la necesidad de su aplicación, exigién- dose que su contenido se mantenga revisado y actualizado para poder aplicar la acción inmediata, cuando el evento lo requiera. Tiene como objetivo contar con previsiones para los eventuales casos de derrames de fluidos contaminantes peligrosos o escapes de gases tóxicos, etc., y debe basarse en las evaluaciones de los riesgos para el personal, el público en general y el ambiente. • De Cierre de Operaciones. El PMA deberá describir, aun cuándo sólo sea de manera general, los procedimientos y acciones que se seguirían en el eventual caso de un cierre del establecimiento, con el fin de que el área donde está ubicada la planta, no constituya un peligro posterior de contaminación del ambiente o de daño a la salud y la vida de las poblaciones vecinas, por lo que contemplará, entre otras medidas, la protección o remoción, según sea el caso, de infraestructuras peligrosas, la descontaminación del suelo y de los pozos que existieran, etc. 3.13 Descripción del cumplimiento del marco legal. Debe especificar, el cumplimiento de la legislación am- biental y los permisos ambientales sectoriales. IV. REFERENCIAS Dee, N.J., Baker, K, Drobny, N.L., Duke, K.M., Whit- man, F and Fahringer, D.C. 1973. An Environmental Eva- luation System for Water Resource Planning Water Re- sources Research 9, 523, 35 p. Leopold, L.B., Clarke, F.E., Kanshaw, B.B. and Balsley, J.R. 1971. A Procedure for Evaluating Environmental Im- pact - U.S. Geological Survey Circular Nº 654, U.S. Geolo- gical Survey, Washington D.C. Ministerio de Justicia/Sociedad Peruana de Derecho Ambiental. 1995. Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales. Gaceta Jurídica Editores. Lima, Perú. Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Nego- ciaciones Comerciales. 1995. Desarrollo Industrial y Uso Sostenible del Ambiente. Fase I. MITINCI-USAID-Proyec- to PAPI-ICDEVCO PERU S.A. Lima, Perú. Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Nego- ciaciones Comerciales. 1997. Diagnóstico Ambiental del Sector Industrial. Proyecto Gestión Ambiental del Sector Industrial COSUDE - MITINCI. Lima, Perú. Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Nego- ciaciones Comerciales Internacionales - 1997 - Reglamento de Protección Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera. Decreto Supremo Nº 019- 97-ITINCI. Diario El Peruano: 153045 - 153051 p. V. ANEXOS Se deberá adjuntar: Reportes de laboratorio. Estudios específicos. Desarrollo de cálculos matemáticos, según corresponda. Figuras, mapas, planos, tablas, fotografías u otros. Relación de personas que participaron en la elaboración del EIA.