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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (04/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 179043 NORMAS LEGALES Lima, lunes 4 de octubre de 1999 vigilancia la evolución de condiciones ambientales en las fuentes receptoras. b) Programas Especiales: • De Contingencias. Incluirá procedimientos, equi- pos, comunicaciones y personal especialmente asignado a estos eventos y capacitación por especialistas externos. Ese programa está diseñado para ponerse en práctica cuando se presente la necesidad de su aplicación, exigién- dose que su contenido se mantenga revisado y actualizado para poder aplicar la acción inmediata que el evento requie- ra. Su objetivo es tener previsiones para los eventuales casos de derrames de fluidos, contaminantes peligrosos o escapes de gases tóxicos, etc., y debe basarse en las evalua- ciones de los riesgos para el personal, el público en general y el ambiente. • De Cierre de Operaciones. El PMA deberá descri- bir, aun cuando sólo sea de manera general, los procedi- mientos y acciones que se seguirían en el eventual caso de un cierre del establecimiento, con el fin de que el área donde está ubicada la planta, no constituya un peligro posterior de contaminación del ambiente o de daño a la salud y la vida de las poblaciones vecinas, por lo que contemplará, entre otras medidas, la protección o remoción, según sea el caso, de infraestructuras peligrosas, la descontaminación del suelo y de los pozos que existieran, etc. IV. REFERENCIAS Ministerio de Justicia/Sociedad Peruana de Derecho Ambiental. 1995. Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales. Gaceta Jurídica Editores. Lima, Perú. Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Nego- ciaciones Comerciales Internacionales. 1995. Desarrollo Industrial y Uso Sostenible del Ambiente. Fase I. MITINCI- USAID-Proyecto PAPI-ICDEVCO PERU S.A. Lima, Perú. Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Nego- ciaciones Comerciales Internacionales. 1997. Diagnóstico del Sector Industrial - Proyecto Gestión Ambiental del Sector Industrial, MITINCI-COSUDE. Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Nego- ciaciones Comerciales Internacionales - 1997 - Reglamento de Protección Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Industria Manufacturera. Decreto Supremo Nº 019- 97-ITINCI. Diario El Peruano: 153045 - 153051 p. V. ANEXOS Debe incluirse planos, mapas, flujogramas especia- les, resultados de los análisis realizados en el laborato- rio, etc. GLOSARIO Auditor Ambiental.- Toda persona jurídica inscrita en el MITINCI de acuerdo a las disposiciones del Reglamen- to, dedicada a la fiscalización y verificación del cumplimien- to de las normas de conservación del ambiente. Autoridad Ambiental Competente.- Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comercia- les Internacionales - MITINCI. Código.- Código del Medio Ambiente y de los Recursos Naturales aprobado por Decreto Legislativo Nº 613 del 7.8.90 y sus modificatorias. Consultor Ambiental.- Son las personas jurídicas que se encuentran inscritas en el Registro del MITINCI y en consecuencia autorizadas a elaborar y suscribir Informes Ambientales, Diagnósticos Ambientales Preliminares (DAP), Estudios de Impacto Ambiental (EIA), Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y Programas de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA). Contaminante Ambiental.- Toda materia o energía que al incorporarse o actuar en el ambiente degrada su calidad original a un nivel que es perjudicial para la salud, el bienestar humano o los ecosistemas. Contaminación Ambiental.- Acción que resulta de la introducción por el hombre, directa o indirectamente en elambiente, de contaminantes que por su concentración, al superar los patrones ambientales establecidos o por el tiempo de permanencia, hagan que el medio receptor ad- quiera características diferentes a las originales, perjudi- ciales o nocivas a la naturaleza o a la salud. Diagnóstico Ambiental Preliminar (DAP).- Es el estudio que se realiza antes de la elaboración del PAMA. Contiene los resultados derivados del programa de monito- reo en función a los Protocolos de Monitoreo, con el objeto de evaluar los impactos e identificar los problemas que se estén generando en el ambientge por la actividad de la industria manufacturera. Desecho.- Cualquier residuo generado en las activida- des productivas que no tiene otro uso y que debe disponerse o eliminarse al ambiente. Límite Máximo Permisible.- Nivel de concentración o cantidades de uno o más contaminantes, por debajo del cual no se prevé riesgo para la salud, el bienestar humano y los ecosistemas, que es fijado por la Autoridad Ambiental Competente y es legalmente exigible. Los Límites Máximos Permisibles son revisados por la Autoridad Ambiental Com- petente cada cinco años. Monitoreo.- Acciones de observación, muestreo, medi- ción y análisis de datos técnicos y ambientales, para definir las características del medio o entorno, identificar los im- pactos ambientales de las actividades del Sector y su varia- ción o cambio durante el tiempo. Participación Ciudadana.- Proceso por el cual se da información y se busca activamente en la opinión de la ciudadanía que pueda estar interesada en un proyecto o actividad en curso. Plan de Cierre.- Medidas que debe adoptar el titular de la actividad de la industria manufacturera antes del cierre de operaciones para evitar efectos adversos al ambiente producidos por los residuos sólidos, líquidos o gaseosos que puedan existir almacenados en depósitos y que pudieran aflorar en el corto, mediano o largo plazo. Preservación.- Acción orientada al mantenimiento de las condiciones que posibilitan el desarrollo, evolución y continuidad de los ecosistemas y procesos naturales. Prevención de la Contaminación.- Prácticas desti- nadas a reducir o eliminar la generación de contaminantes o contaminación en la fuente generadora por medio del incremento de la eficiencia en el uso de las materias primas, energía, agua y otros recursos. La reducción de contaminación en la fuente generadora podrá incluir modificaciones en los equipos o tecnologías, cambios en los procesos o procedimientos, reformulación o rediseño de productos, sustitución de materias primas, mejoras en el mantenimiento, entrenamiento del personal y controles de inventario. Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA).- Programa que contiene las acciones políticas e inversiones necesarias para reducir prioritariamente la cantidad de sustancias peligrosas o contaminantes que ingresan al sistema o infraestructura de disposición de residuos o que se viertan o emitan al ambiente; realizar acciones de reciclaje y reutilización de bienes como medio para reducir los niveles de acumulación de desechos y prevenir la contaminación ambiental, y reducir o eliminar las emisiones y vertimientos para poder cumplir los patro- nes ambientales establecidos por la Autoridad Ambiental Competente. Programa de Contingencia.- Parte del PMA donde se especifica cómo se debe responder frente a derrames de sustancias potencialmente contaminantes, fuegos, desas- tres naturales y emergencias. Protección.- Acción orientada a preservar, conservar, prevenir, mejorar, controlar, vigilar y estudiar integral- mente el ambiente, para su uso racional. Protocolo de Monitoreo.- Ordenada serie de pasos o acciones de estricto cumplimiento, necesarios para evaluar una situación específica y obtener la información lograda a través del muestreo.