Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (16/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 179374 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de octubre de 1999 mo Nº 17-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos apro- bado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolución, con la SUSPEN- SION de sus licencias de conducir por el período de un año, computados a partir de la fecha de la ocurrencia o la fecha de remisión de los oficios por parte de las Delegaciones de la Policía Nacional del Perú, según corresponda, por las razo- nes expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Segundo.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria del Reglamento para obtener Licencias de Conducir para Vehículos Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, la presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 13170 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Lima-Chiclayo RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2570-99-MTC/15.18 Lima, 27 de setiembre de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02436010 organi- zado por la empresa de transportes EXPRESO TURISMO TACNA INTERNACIONAL S.R.L. - "ETTI S.R.LTDA" sobre Concesión de Ruta: LIMA - CHICLAYO y viceversa e Informe Nº 565-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transpor- te de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indica- do en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de ruta: Lima - Chiclayo y viceversa, al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terres- tre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 565-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administra- tivos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99- MTC, recomendándose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Su- premo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes EXPRE- SO TURISMO TACNA INTERNACIONAL S.R.LTDA - "ETTI S.R.LTDA", la concesión de ruta: LIMA - CHICLAYO y viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Te- rrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omni- bus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo con los siguientes términos: RUTA :LIMA - CHICLAYO y viceversa ORIGEN :LIMA DESTINO :CHICLAYOITINERARIO :CHIMBOTE - TRUJILLO ESCALA COMERCIAL :TRUJILLO FRECUENCIAS :Una diaria FLOTA VEHICULAR :Cuatro ómnibus FLOTA OPERATIVA :Tres ómnibus: UH-2989 (1982), UH-2990 (1982) y UQ-3736 (1992) FLOTA DE RESERVA :Un (1) ómnibus: UH-2988 (1982) HORARIOS :Salida de Lima: A las 20.00 horas Salida de Chiclayo: A las 20.00 horas La tarjeta de circulación será expedida con relación al año de fabricación de los vehículos ofertados. Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vi- gentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de su notificación. Cuarto.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Quinto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Regístrese y comuníquese. CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Dirección General de Circulación Terrestre 13127 CONTRALORIA GENERAL Autorizan a procurador intervenir en proceso judicial iniciado contra pre- sunto responsable de delito de usur- pación de autoridad RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 121-99-CG Lima, 13 de octubre de 1999 VISTOS, la Hoja Informativa Nº 039-99-CG-PPU/LPR de fecha 7.OCT.99, emitida por la Procuraduría Pública de la Contraloría General. CONSIDERANDO: Que, de la evaluación resultante de los documentos recibidos del encargado de la Gestión de Gobierno del Minis- terio Público del Distrito Judicial de Puno, se evidencia que persona ajena a la Contraloría General, se estaría irrogando indebidamente la representación del Organismo Contralor, y presentándose como tales ante las autoridades jurisdiccio- nales. Que, los referidos hechos denotan la existencia de comi- sión de delito de usurpación de autoridad, tipificado en el Art. 361º del Código Penal, en agravio del Estado, por cuya razón, con la documentación sustentatoria, han sido materia de denuncia ante la Fiscalía Provincial Mixta de Huancané- Puno, quien formalizó denuncia ante el Juzgado Mixto de Huancané, dándose inicio al proceso penal Nº 0078-99. Que, en tal sentido, se hace indispensable autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República para que impulse las acciones pertinentes, en resguardo de los intereses públicos. Contando con la visación de la Secretaría Técnico - Jurídica y de Ética;