Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 1999 (16/10/1999)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, sabado 16 de octubre de 1999

Autorizan transformacion del Banco Solventa en empresa denominada Financiera Cordillera S.A.
RESOLUCION SBS Nº 0917-99 MORDAZA, 11 de octubre de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Solventa para que se autorice su transformacion de empresa bancaria a empresa financiera con la nueva denominacion social de Financiera Cordillera S.A., asi como la modificacion integral de su Estatuto Social; y, CONSIDERANDO: Que, en Junta Facultativa Universal de Accionistas del Banco Solventa celebrada el 25 de MORDAZA de 1999, se acordo su transformacion de empresa bancaria a empresa financiera, adoptando asimismo la nueva denominacion social de Financiera Cordillera S.A.; Que, como consecuencia de la transformacion acordada, la misma Junta Facultativa Universal de Accionistas modifico integralmente su Estatuto Social a fin que este refleje su nueva situacion; Que, el proyecto de Estatuto Social de la empresa financiera ha sido formulado de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "C", por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y, con la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Banca; Con la opinion del Directorio del Banco Central de Reserva del Peru en sesion celebrada el 12 de agosto de 1999; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Superintendencia de Banca y Seguros, Resolucion SBS Nº 779-98 y por la Resolucion SBS Nº 600-98; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la transformacion del Banco Solventa de empresa bancaria a empresa financiera, adoptando asimismo la nueva denominacion social de Financiera Cordillera S.A. Articulo Segundo.- Aprobar en los terminos propuestos, la modificacion del Estatuto Social del Banco Solventa, en el que se transforma de empresa bancaria en empresa financiera, adoptando la nueva denominacion social de Financiera Cordillera S.A., cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo; y devuelvase la documentacion que la formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevacion a escritura publica en la que se insertara el texto de la presente Resolucion, y su posterior inscripcion en el Registro Mercantil de Lima. Articulo Tercero.- Modificar en el certificado de Autorizacion de funcionamiento otorgado al Banco Solventa, en la parte referida a la denominacion social de la empresa, su nueva denominacion, Financiera Cordillera S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 13188

Que, mediante la Resolucion de vistos, recaida, en el Expediente Nº 98-A-0671, (Expediente Nº 000-118-97-277441 del 5.9.97 de la Intendencia de la Aduana Maritima del Callao) en el cual la firma TECNICOLOR S.A., interpone apelacion contra el Articulo primero de la Resolucion de Gerencia Nº 01191 del 12 de agosto de 1997, que le impone la multa descrita en los Articulos 197º inciso n) y Articulo 197º A° inciso n) del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 045-94-EF, el Tribunal Fiscal MORDAZA revocando dicho articulo y estableciendo que el Pedido de Admision Temporal concluyo con la Declaracion para Exportar Nº 13592 del 15 de agosto de 1995, esto es, MORDAZA del 31 de noviembre de 1995, fecha de vencimiento del plazo otorgado en el Pedido de Admision Temporal Nº 1743-94, por lo que se ha configurado la infraccion prevista en los articulos MORDAZA mencionados; Que, en el caso materia de la presente, la firma TECNICOLOR S.A., solicito con fecha 12 de MORDAZA de 1995, a la Intendencia de la Aduana Maritima del Callao, la cancelacion del Pedido de Admision Temporal Nº 1743-94, con el que se habia autorizado el ingreso de 600 k, de pigmento MORDAZA, con vencimiento al 31 de noviembre de 1995. Dicha solicitud tiene el caracter de declaracion jurada por MORDAZA del Articulo 16º del Capitulo MORDAZA del Titulo MORDAZA del T.U.O. de la Ley General de Aduanas, aprobado por el D.S. Nº 045-94-EF, por lo que, por mutuo propio, el beneficiario da por cancelado su Pedido de Admision Temporal; Que, al tener la mencionada solicitud de cancelacion el merito de declaracion jurada, da por si sola la facultad a ADUANAS de dar por aprobada la cancelacion del regimen, segun lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 123-94-EF, del 28 de setiembre de 1994, puesto que, por el propio mandato del articulo mencionado en este considerando, la revision de las solicitudes es aleatoria, lo cual no ha tenido en cuenta el Tribunal Fiscal al resolver; Que, el Codigo Tributario establece en sus Articulos 157º y 159º que la Administracion Tributaria podra presentar la demanda contencioso-administrativa ante el Poder Judicial y defender los intereses relacionados con los tributos que administra; y, Estando a lo opinado por la Intendencia de la Aduana Maritima del Callao y la Oficina de Asesoria Tecnico Juridica; a las facultades establecidas en la Ley Organica y Estatutos de la Superintendencia Nacional de Aduanas, aprobados por el Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 00021 de fecha 13 de enero de 1997, y Resolucion Suprema Nº 168-99-EF del 22 de MORDAZA de 1999; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZASE al senor Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales de ADUANAS, para que en nombre y representacion del Estado interponga ante la Corte Suprema de Justicia de la Republica, la demanda correspondiente contra la Resolucion Nº 1003-A-99 del Tribunal Fiscal, remitiendose para el efecto los antecedentes del caso. Articulo Segundo.- PONGASE la presente Resolucion en conocimiento del senor Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional de Aduanas (e) 13168

SUNASS
Autorizan a la EPS MORDAZA S.A. el incremento de tarifas y aprueban metas de calidad del servicio y eficiencia en la gestion empresarial
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 969-99-SUNASS MORDAZA, 13 de octubre de 1999 VISTOS: El Oficio Nº 451-99-EPSASA.-GG de fecha 6 de setiembre de 1999 mediante el cual la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de MORDAZA S.A. - EPS MORDAZA S.A. solicita un reajuste promedio de 21.2% en sus tarifas para cubrir sus costos y gastos desembolsables, el servicio de la deuda, las inversiones previstas en su Plan Operativo 1999

ADUANAS
Autorizan a procurador interponer demanda contencioso-administrativa contra resolucion del Tribunal Fiscal
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 001060 Callao, 14 de octubre de 1999 Vistos, la Resolucion Nº 1003-A-99 de fecha 17 de agosto de 1999, del Tribunal Fiscal, notificada al deudor tributario el 22 de setiembre de 1999.

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