Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 1999 (22/10/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

Pag. 179578

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 22 de octubre de 1999

MUNICIPALIDAD DE COMAS

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA

Declaran nula resolucion que sancio- Inician procedimiento disciplinario a no con cese temporal a servidor de la servidores de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA municipalidad Nº 192-99-MJM
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 673-99-A/MC Comas, 3 de agosto de 1999 VISTO: El Expediente Administrativo Nº 13343-99 mediante el cual don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpone Recurso Impugnativo de Apelacion contra la Resolucion de Alcaldia Nº 404-99-A/MC; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion materia de Impugnacion, se dispuso sancionar, entre otros, a don MORDAZA MORDAZA Saldana MORDAZA con cese temporal de 90 dias, como consecuencia del MORDAZA Administrativo que se le instaurara mediante Resolucion de Alcaldia Nº 272-99-A/MC; Que, el MORDAZA Administrativo instaurado fue consecuencia del Informe de Auditoria Nº 10-98-OAI/MC relativo al Examen Especial "DESARROLLO MORDAZA FONCOMUN 1997", practicado por la Oficina de Auditoria Interna de esta Municipalidad; Que, el recurrente sustenta su Recurso, entre otros fundamentos, senalando que se ha incurrido en Nulidad de pleno derecho, en tanto que se le ha negado el derecho a la defensa, y la Resolucion emitida se ha prescindido de las normas esenciales de procedimiento; Que, del analisis de los actuados y acorde con el Informe Nº 340-99-AL/MC de fecha 23 de junio de 1999, emitido por el Director de la Oficina de Asesoria Legal, se constata que efectivamente se ha incurrido en la NULIDAD DE PLENO DERECHO, previsto en el inciso c) del Articulo 43º del D.S. Nº 02-94-JUS, en tanto que no se absolvieron oportunamente las peticiones formuladas sobre prorroga para formular su descargo al MORDAZA Administrativo incoado, del mismo modo que su derecho a informar oralmente o por intermedio de su apoderado; Que, en consecuencia deviene PROCEDENTE acceder a lo solicitado, declarando la NULIDAD de la R.A. Nº 404-99-A/MC en lo que respecta al impugnante; Que, el hecho de declarar FUNDADO el recurso impugnativo por vicios procesales, da lugar a reponer el procedimiento; De conformidad con los Articulos 43º y 109º del D.S. Nº 02-94-JUS y Articulo 47º de la Ley Nº 23853 Organica de Municipalidades; y, Con las visaciones del Director de Asesoria Legal y del Director Municipal; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar la NULIDAD de la Resolucion de Alcaldia Nº 404-99-A/MC en lo pertinente a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA GRANDEZ. Articulo Segundo.- Disponer la continuidad del MORDAZA Administrativo, a partir de la fecha a don MORDAZA MORDAZA Saldana MORDAZA, debiendo ser notificado del pliego de cargos, del mismo modo que otorgarle el derecho a formular el descargo y al informe oral solicitado por su abogado defensor. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 10656 MORDAZA MORDAZA, 21 de octubre de 1999 Visto el Memorandum Nº 340-99-A/MJM y el Acta de fecha 7 de octubre de 1999, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de MORDAZA Maria; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Especial Nº 001-99-MDJM/ OAI de fecha 5 de octubre de 1999, que recepciona la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, se da cuenta de las posibles faltas administrativas cometidas por los servidores, senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vargas; Que, la Comision recomienda a este superior Despacho la apertura de MORDAZA Administrativo Disciplinario contra los servidores aludidos, por incurrir en faltas tipificadas en el Art. 28º literal a, d, e y f concordante con el Art. 21º literales a y b del Decreto Legislativo Nº 276; Estando a lo acordado y de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 167º y 173º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y a las facultades conferidas en los incisos 6) y 9) del Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aperturar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los servidores de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vargas. Articulo Segundo.- Otorgar un plazo de 5 dias habiles computables al dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano, a los servidores que se detallan en el Articulo Primero, con el objeto que ejecuten su derecho de descargo correspondiente. Articulo Tercero.- Encargar a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA el cumplimiento de la presente Resolucion de Alcaldia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 13396

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 175-99-CDSB-C Por Oficio Nº 308-99-CDSB-SG, la Municipalidad de San MORDAZA, solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 175-99-CDSB-C, publicada en nuestra edicion del dia 16 de octubre de 1999, en la pagina 179400. DICE: Tercera Disposicion Final.- El pago de los derechos para el tramite conducente a la obtencion de la Autorizacion Extraordinaria Temporal para Funcionamiento de Actividades Comerciales y/o Servicios se realizara de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 111-98-CDSB-C. DEBE DECIR: Tercera Disposicion Final.- El pago de los derechos para el tramite conducente a la obtencion de la Autorizacion Extraordinaria Temporal para Funcionamiento de Actividades Comerciales y/o Servicios se realizara de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 138-99-CDSB-C. 13329

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.