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Pág. 179577 NORMAS LEGALES Lima, viernes 22 de octubre de 1999 tor del E.P. de Oxapampa, argumenta en su defensa que desde el mes de julio a diciembre de 1997, el Teniente PNP. Juan Solís Mendoza ha ejercido el cargo de Director del E.P. de Oxapampa, quien bajo su responsabilidad y facultades, dispuso que el servicio telefónico fuera insta- lado como anexo en su dormitorio así como en su Oficina, debiendo haber hecho llamadas particulares que escapan a su control, agrega que ejerciendo el cargo de Subdirec- tor, no tenía la autorización suficiente para limitar las disposiciones y órdenes que emanaban del Director, por lo que refiere que los cargos imputados no derivan de su negligencia, descuido o uso indebido de dicho servicio, adjuntando como medio probatorio los recibos telefónicos de los meses de agosto y setiembre de 1997, en las que se aprecia las visaciones respectivas del mencionado Direc- tor; de igual modo del descargo presentado e informe oral del servidor VICTOR DE LA CRUZ LUJAN, Director del E.P.P. de la Merced, argumenta en su defensa, que hechas las averiguaciones del caso, se constató que muchas llama- das fueron observadas irregularmente, siendo llamadas oficiales, correspondiendo a entidades públicas y proveedo- res, con las que se efectuó coordinaciones, refiere que hechas las verificaciones las llamadas no oficiales asciende a la suma de S/. 182.27 Nuevos Soles mas no así S/. 701.02 Nuevos Soles como se indica, asimismo señala que el teléfono de la Dirección del E.P. es utilizado por las diver- sas Areas del mencionado E.P., a los que no se puede prohibir su uso, por tener que establecer coordinaciones de trabajo, de igual modo agrega que existen servidores que no son de la zona, siendo necesaria la comunicación con sus familiares; en consecuencia analizados los argumentos de los procesados, se concluye que algunos de los números fueron observados irregularmente correspondiendo a enti- dades y proveedores, debiéndose de tener en cuenta, en algunos casos, que la supervisión de las líneas telefónicas escapaban del control de los servidores, teniendo asidero lo manifestado precedentemente, por lo que dichos servido- res levantan los cargos formulados en su contra; Que, respecto, al ex servidor WALTER HUARCAYA DE LA CRUZ, ex Jefe de Adquisiciones, se advierte que si bien es cierto no presentó su descargo respectivo, sin embargo analizado los descargos presentados por los servidores Mauro Cunyas Camarena, Jefe de Abasteci- mientos y Manuel Dagnino Avalos, Jefe de Adquisiciones, se advierte que los cargos formulados contra ellos fueron enervados, toda vez que se ha demostrado que no existió sobrevalorización respecto a las adquisiciones efectuadas a la empresa Fesel; subsistiendo sin embargo en el cargo compartido con el servidor Mauro Cunyas Camarena, Jefe de Abastecimientos, sobre irregularidades en el cam- bio de suministro de 44 grilletes por municiones; en torno al ex servidor JAIME HUGO PODESTA ECHEVARRIA, ex Director del E.P. de Yanamilla Ayacucho, quien igual- mente no ha presentado su correspondiente descargo, sin embargoanalizado el descargo presentado por el servidor Santiago Lozano Vera, ex Administrador, con quien com- parte el cargo de haber realizado acciones irregulares, como el exceso de consumo mensual de combustible, se ha determinado que ese exceso se debió al uso del grupo electrógeno, por cuanto el mencionado E.P. en el mes de agosto de 1997, sufría de constantes corte de fluido eléc- trico, habiendo sido sustentado dicho gasto, y establecién- dose que no existió adulteración en las cantidades de combustibles; sin embargo por otro lado subsiste el cargo de haber autorizado a la servidora Ana Matos Salgado, Psicóloga del E.P. de Yanamilla, realizar funciones que corresponden a un abogado; Que, teniendo en consideración los fundamentos ver- tidos precedentemente ha quedado evidenciado que los servidores de la Dirección Regional Centro Huancayo, MAURO GABRIEL CUNYAS CAMARENA, Jefe de Abastecimiento, DULA MODESTA ROMERO GILVO- NIO, Jefe del Area de Rendición de Cuentas, MAYRA GUTARRA VIZZI, Jefe de Control Previo, BEATRIZ QUISPE ALONSO, encargada del Fondo para Pagos en Efectivo, ROLANDO CRISPIN HUAMAN, Jefe del Area de Almacén, los ex servidores WALTER HUARCAYA DE LA CRUZ ex Jefe de Adquisiciones y HUGO JAIME PODESTA ECHEVARRIA, ex Director del E.P. de Yana- milla-Ayacucho, han desvirtuado en parte los cargos formulados en su contra, debiéndose de tener en cuenta que los cargos subsistentes no revisten gravedad, por loque para aplicar la correspondiente sanción, ésta deberá de calificarse en función proporcional a las faltas cometi- das y de acuerdo a lo determinado por los Artículos 152º, 154º y 155º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, por otra parte los servidores de la Dirección Regional Centro Huancayo LUCIA MUÑOZ WALDE, Jefe del Area de Tesorería, EVER JUSTO GILVONIO BALTAZAR, Jefe de Mantenimiento, VICTOR MANUEL DAGNINO AVALOS, Jefe de Adquisiciones, FLOR DE MARIA CUYUBAMBA TENICELA, ex Jefe de Rendición de Cuentas, los servidores del Establecimiento Peniten- ciario de Yanamilla, SANTIAGO CLEOFE LOZANO VERA, Administrador, JULIO CESAR ALIAGA QUIN- TO, Jefe de Almacén y los servidores JUAN CARLOS CASTRO MUÑOZ, Subdirector del Establecimiento Peni- tenciario de Tarma, LEONCIO GUERRA QUINTANA, Subdirector del Establecimiento Penitenciario de Oxa- pampa y VICTOR DE LA CRUZ LUJAN, Director del Establecimiento Penitenciario la Merced, han desvirtua- do los cargos formulados en su contra; Estando al Informe de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Regla- mento de Organización y Funciones del Instituto Nacio- nal Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Suprema Nº 189-99-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DISPONER, a través de la Oficina de Recursos Humanos, se imponga la medida disciplinaria de SUSPENSION, por el término de diez (10) días sin goce de remuneraciones al servidor de la Dirección Regional Centro Huancayo, MAURO GABRIEL CUNYAS CAMARENA, Jefe de Abastecimiento. Artículo 2º.- DISPONER, a través de la Oficina de Recursos Humanos se imponga la medida disciplinaria de SUSPENSION, por el término de tres (3) días sin goce de remuneraciones a los servidores de la referida Dirección Regional, DULA MODESTA ROMERO GILVONIO, Jefe del Area de Rendición de Cuentas, MAYRA GUTARRA VIZZI, Jefe de Control Previo y el ex servidor WALTER HUARCAYA DE LA CRUZ ex Jefe de Adquisiciones. Artículo 3º.- DISPONER, a través de la Oficina de Recursos Humanos se imponga la medida disciplinaria de AMONESTACION, a los servidores BEATRIZ QUISPE ALONSO, encargada del Fondo para Pagos en Efectivo, ROLANDO CRISPIN HUAMAN, Jefe del Area de Alma- cén y al ex servidor HUGO JAIME PODESTA ECHEVA- RRIA, ex Director del E.P. de Yanamilla-Ayacucho, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 4º.- ABSOLVER a los servidores de la Direc- ción Regional Centro Huancayo LUCIA MUÑOZ WALDE, Jefe del Area de Tesorería, EVER JUSTO GILVONIO BALTAZAR, Jefe de Mantenimiento, VICTOR MANUEL DAGNINO AVALOS, Jefe de Adquisiciones, FLOR DE MARIA CUYUBAMBA TENICELA, ex Jefe de Rendición de Cuentas, los servidores del Establecimiento Penitencia- rio de Yanamilla, SANTIAGO CLEOFE LOZANO VERA, Administrador, JULIO CESAR ALIAGA QUINTO, Jefe de Almacén y los servidores JUAN CARLOS CASTRO MU- ÑOZ, Subdirector del Establecimiento Penitenciario de Tarma, LEONCIO GUERRA QUINTANA, Subdirector del Establecimiento Penitenciario de Oxapampa y VIC- TOR DE LA CRUZ LUJAN, Director del Establecimiento Penitenciario La Merced, de los cargos formulados en la R.P Nº 131-99-INPE-P, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 5º.- Notifíquese la presente Resolución a través del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese FEDERICO G. HURTADO ESQUERRE Presidente Instituto Nacional Penitenciario 13350