Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 1999 (22/10/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

Pag. 179574

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 22 de octubre de 1999

adquiridos no fueron para la construccion de los ambientes de seguridad para la PNP de MORDAZA, para lo cual se elaboro un expediente tecnico denominado "vivienda de seguridad del Penal de MORDAZA la que fue elevado mediante el Oficio Nº 482-97-INPE/DRC de fecha 1 de diciembre de 1997 a la Oficina de Infraestructura de la Sede Central, para su aprobacion y posterior construccion, la cual se encuentra pendiente de ejecucion, argumentos con los que desvirtua lo imputado en este punto, en base a la solicitud de requerimiento, la orden de compra Nº 803 y el Memorandum Nº 350-97-INPE/DRC, documentos con los que demuestra que los ladrillos fueron adquiridos para levantar el encimado perimetral del E.P. de Concepcion; referente a la elaboracion de las ordenes de compra Nº 345 y 278, hace mencion que se hizo cargo de la Jefatura de Abastecimientos el 19 de MORDAZA de 1997, en merito al Memorandum Nº 158-97-INPE/DRC siendo responsable los senores MORDAZA MORDAZA De la MORDAZA, Jefe de Abastecimientos y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Adquisiciones, quienes elaboraron dichas ordenes de compra durante sus gestiones, sin embargo analizados los documentos obrantes en autos, se desprende que las ordenes de compra Nº 345 y 278 fueron elaborados con fecha 27 de MORDAZA de 1997, durante la gestion del servidor procesado, por lo que subiste en este extremo el cargo imputado; en torno a la adquisicion de colchones de comercial Milagritos, senala que en atencion al Oficio Nº 049-97-ALM/DRC-HYO, teniendo en consideracion la cantidad de productos que requeria el Almacen, elaboro con el mismo Oficio las ordenes de compra Nº 463 y 469 para la compra de colchones paraiso, previamente realizo varias solicitudes de cotizacion, remitiendo a diferentes MORDAZA comerciales que se encontraban inscritas como proveedores, entre las que se encontraba comercial Milagritos, quien oferto mejores precios, indica que las solicitudes de cotizacion si contaban con la razon social respectiva en la parte inferior de cada solicitud de cotizacion, y por error involuntario del Jefe de Adquisiciones de ese entonces MORDAZA MORDAZA De La MORDAZA, omitio consignar la razon social en la parte superior, refiere que estas observaciones debio haberlas realizado en su oportunidad la Jefa de Control Previo, quien debio de subsanarlo por ser su funcion, no existiendo intenciones dolosas ya que los bienes adquiridos ingresaron al Almacen y fueron distribuidos a los diferentes E.P., sin embargo dichos argumentos no son suficientes para levantar el cargo formulado, toda vez que se ha establecido que el MORDAZA de adquisicion de estos bienes se efectuaron en forma desordenada, no habiendo ejercido un control permanente de la misma; por otro lado respecto a los planes de accion y plan anual de necesidades, manifiesta que se hizo cargo de la Jefatura de Abastecimientos en el mes de MORDAZA de 1997, y el plan de accion se encuentra dentro del plan anual de necesidades y es elaborada por la Unidad de Presupuesto y Planificacion en coordinacion con el Director de Administracion y el Jefe de Abastecimientos para su aprobacion, la misma que se elaboro a fines del ano 1996, durante la gestion anterior, entrando en vigencia a partir de enero de 1997, limitandose a dar cumplimiento a lo establecido dentro del plan anual de necesidades y solicitar en algunos casos reprogramaciones, levantando de este modo el cargo formulado; con relacion a los demas cargos, manifiesta que los expedientes de los proveedores si cuentan con los documentos requeridos, para que puedan concursar y/o inscribirse como proveedores, habiendo realizado en reiteradas oportunidades coordinaciones con la SUNAT, con el objeto de verificarse si efectivamente las empresas que estan inscritas como proveedores se encuentran bajo regla, refiere que las el Libro de Actas de Registro de Proveedores no se encontraba legalizada, por cuanto se le hizo entrega llenada de datos de proveedores, correspondiendo a anteriores gestiones, debiendo de tener en cuenta que los libros se legalizan MORDAZA de ser utilizados y no existiendo MORDAZA que especifica, se adecuo a la necesidad, utilizandolo como un libro de control interno, asimismo refiere que es falso que no se cuente con MORDAZA de los contratos por servicios no personales, ya que seria imposible elaborar una orden de servicio sin este documento, los mismos que obran en el archivo de la Jefatura de Tesoreria, por otro lado manifiesta si cuenta con las Resoluciones Directorales por gastos de combustible, tal es el caso de las Resoluciones Nºs. 070 y 105-

97-INPE/DRC, no siendo responsable de la existencia del rubro de Resoluciones de enero a junio de 1997, por cuanto recien se hace cargo de la Jefatura de Abastecimientos a fines de MORDAZA de 1997, por otro lado refiere durante el periodo 1997 no se contaba con unidades moviles modernas y/o en buen estado, las pocas con que cuentan se encuentran deterioradas, es por ese motivo que no se implemento la historia mecanica de cada uno de ellos, limitandose a controlar el consumo de combustible, asimismo que en relacion a la no adopcion de medidas para que entre en funcionamiento la red data y adquisicion de equipos de computo, senala que su jefatura obedecia a los requerimientos emanados por las diferentes direcciones, unidades, areas y E.P., no habiendo recepcionado ningun requerimiento u orden documentada para la ejecucion de este trabajo, asimismo senala que no adquirio computadoras porque durante el ano 1997 no habia presupuesto para bienes de capital y que pese a ello en el mes de noviembre a traves de un credito suplementario se compro 4 computadoras para diferentes areas; consecuentemente analizado el descargo y las pruebas presentadas, se advierte que dicho servidor ha desvirtuado en parte los cargos formulados en su contra; Que, del descargo presentado e informe oral del servidor MORDAZA MORDAZA GILVONIO MORDAZA, Jefe de Mantenimiento de la Direccion Regional Centro-Huancayo, argumenta en su defensa que mediante Memorandum Nº 331-A-97-INPE/DRC-OA de fecha 26 de setiembre de 1997, el Director de Administracion de la Direccion Regional Centro, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, le ordeno bajo responsabilidad funcional, la transferencia de los 17 galones o baldes de pintura "sobrantes", 7 para la Carcelata Judicial de Huancayo y 10 para el E.P. de Huamancaca, lo cual cumplio a cabalidad, lo que demuestra con la MORDAZA de entrega de materiales y el acta de transferencia de material existente de fecha 29 de setiembre de 1997, asimismo respecto al pintado de 1,688 m2 del cerco perimetrico exterior del E.P. de MORDAZA, manifiesta que al reconocer la Comision de Auditoria, que se soluciono el pintado de los 1,688 m2 del MORDAZA perimetrico con MORDAZA, yeso y goma, se deduce que los contratistas cumplieron su labor y con el contrato suscrito, debiendose de tener en cuenta que no se compro la pintura suficiente para todo el area por falta de presupuesto de la Institucion, asimismo refiere que el material para pintar no influye en el valor de la mano de obra, porque el contrato de locacion, no especifica que el pintado debe ser con una pintura en especial, asimismo senala que los funcionarios de la entidad estuvieron constantemente supervisando y acelerando los trabajos, no haciendo ninguna observacion y suscribiendo tambien la conformidad de trabajo, corrobora lo dicho con la MORDAZA de fotografias, en donde se aprecia el perimetro del E.P. MORDAZA y despues de la refaccion, asi como el Acta de Conformidad de Trabajo Nº 03697-INPE/DRC-OA-U-BAST-A y el Informe del Ing. Civil MORDAZA Ribbeck MORDAZA, con lo que se demuestra que el contratista cumplio con su labor, desvirtuando en este extremo los cargos formulados en su contra; por otro lado respecto a la falta de supervision y control en el MORDAZA de adquisicion de 150 frazadas, precisa que es un error involuntario de tipeo, sin ninguna mala fe, no afectando economicamente a la Institucion, agrega que el error de fechas lo reconocio desde un primer momento, senalando que fue por causa de su inexperiencia en la labor contable, desempenando el cargo de Jefe de Adquisiciones sin la correspondiente Resolucion Directoral; desvirtuando de este modo los cargos formulados en su contra; Que, del descargo, ampliacion de descargo presentado e informe oral de la servidora MORDAZA DE MORDAZA CUYUBAMBA TENICELA, ex Jefa de Rendicion de Cuentas, argumenta en su defensa que el Administrador del E.P.P. de la MORDAZA, mediante Oficio Nº 010-97-OA-EPPLMINPE, eleva su rendicion de cuenta por racionamiento de internos correspondiente al mes de diciembre de 1996, adjuntando boletas de ventas, relacion de viveres que ingresaron a la cocina del E.P., formato menu diario y relacion de internos que recibieron alimentacion directa y el movimiento poblacional diario (parte diario poblacional), teniendo este ultimo, en el procedimiento administrativo de la solicitud de requerimiento, la aprobacion y conformidad del Administrador Regional, Jefe de la Unidad Financiera, de la Direccion de Registros Peniten-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.