Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 1999 (03/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 1999 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 11274

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1º.- Autorizar de conformidad con las normas legales pertinentes, la contratacion del servicio de Implantacion de los Modulos de Tesoreria, Cuentas por Cobrar, Costos, Presupuestos y Administracion de Personal SAP R/ 3, a traves de la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. 2º.- Autorizar que el valor referencial del MORDAZA de seleccion en la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, ascienda a US $. 1'050,000.00. 3º.- Disponer que la Secretaria General informe de la presente Resolucion al Consejo Directivo de ESSALUD, la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, al Ministerio de Economia y Finanzas y, a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo establecido por la ley. 4º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 11203

SUNARP
Autorizan a martillero publico ejercer el cargo a nivel nacional, con excepcion de MORDAZA y Callao
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 223-99-SUNARP MORDAZA, 13 de MORDAZA de 1999 Vista la solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de obtener la autorizacion para ejercer el cargo de Martillero Publico a nivel nacional, con excepcion de MORDAZA y Callao, durante el MORDAZA semestre del ano 1999; y, CONSIDERANDO: Que, en aplicacion de lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 26366, Ley de Creacion del Sistema Nacional de los Registros Publicos y de la SUNARP, se dicto la Resolucion Ministerial Nº 143-95-ITINCI/DM, que dispuso la transferencia de las funciones y acervo documental correspondientes al Registro Fiscal de Ventas a Plazos y Registro de Martilleros Publicos, al Sistema Nacional de los Registros Publicos; con lo cual, esta Superintendencia asumio competencia para regular y supervisar el funcionamiento del Registro de Martilleros Publicos; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 008-90-ICTI/ CO, se establecieron las modalidades de garantia que deben prestar a favor del Estado -en este caso, a favor de la SUNARP-, las personas que ejercen o deseen ejercer el cargo de Martillero Publico; Que, de conformidad con el Articulo 6º de dicha Resolucion Suprema, al inicio de cada semestre, los Martilleros Publicos que desean continuar ejerciendo sus facultades, se encuentran obligados a actualizar la garantia constituida a favor de esta Superintendencia; Que, de acuerdo con el Informe Nº 031-99.SUNARP/ GL-JATF, de fecha 9 de MORDAZA de 1999, que la Gerencia Legal ha encontrado conforme mediante Oficio Nº 25099-SUNARP/GL, de fecha 9 de MORDAZA de 1999, se ha acreditado que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Resolucion Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, por lo que resulta procedente autorizarlo para el ejercicio de sus facultades como Martillero Publico durante el MORDAZA semestre del ano 1999; Atendiendo a ello, de conformidad con lo establecido en el inciso w) del Articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para ejercer el cargo de Martillero Publico en todo el territorio de la Republica, con excepcion de MORDAZA y Callao, durante el MORDAZA semestre del ano 1999. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCO Superintendenta Nacional de los Registros Publicos 10622

INEI
Aprueban Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis areas geograficas, correspondientes al mes de agosto de 1999
RESOLUCION JEFATURAL Nº 254-99-INEI MORDAZA, 1 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, el Art. 1º del Decreto Supremo Nº 011-89 VC de fecha 12 de setiembre de 1989, establece que los Indices que se apliquen, seran a la fecha en que debe ser pagada la valorizacion, de acuerdo al plazo legal o contractual estipulado; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicacion de aquellos indices que a la fecha cuentan con la informacion requerida; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 01-08-99-DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios de la Construccion, para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de agosto de 1999, y con la aprobacion de la Comision Tecnica del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de agosto de 1999, en la forma que a continuacion se detalla: INDICE CODIGO 30 34 39 47 49 53 AGOSTO 1999 321,24 253,06 270,28 258,94 273,56 309,29

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