Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 1999 (03/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

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acordo declarar improcedente el pedido de declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA que desempena MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tal como consta a fojas 12 y 74 a 80, respectivamente; Que, del estudio de autos aparece que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue sentenciado a la pena privativa de MORDAZA de tres (3) anos con el caracter de suspendida por igual termino, fallo expedido por el Juzgado Mixto de la provincia de Chincheros el 12 de noviembre de 1998, en el MORDAZA penal seguido en su contra por la comision del delito contra el patrimonio en la modalidad de hurto agravado, en agravio del Ministerio de Energia y Minas, tal como consta de las copias certificadas de fojas 24 a 30; posteriormente, la Sala Especializada en lo penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en fecha 27 de enero del ano en curso confirma la sentencia e integrandola fijaron en un (1) ano el periodo de prueba, tal como aparece de fojas 33; por lo tanto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra incurso en la causal de vacancia establecida por el Articulo 26º numeral 3), concordante con el Articulo 23º numeral 9) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26491; Que, el MORDAZA penal seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es de tramite sumario, habiendo concluido dicho MORDAZA con la resolucion emitida por Sala Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Apurimac; Que, ante la existencia probada de una causal de vacancia de un MORDAZA o regidor de concejo, el MORDAZA Nacional de Elecciones debe proceder a declararla, aun en caso de existir pronunciamiento contrario del concejo municipal, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 5º literal u) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28º numeral 1) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853,y el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia del MORDAZA es reemplazado por el MORDAZA MORDAZA, que es el primer regidor habil que le sigue en su propia lista; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Chincheros, corresponde asumir el cargo de MORDAZA a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado regidor integrante de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino"; y, para completar el numero legal de miembros del citado concejo corresponde asumir el cargo de regidor a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin embargo, el referido nombre no aparece registrado en el Archivo Nacional de Identificacion, tal como consta a fojas 173 de la informacion del Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; razon por la que se convoca a la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada de la citada agrupacion independiente; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de revision interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Rondinel del MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra los acuerdos del Concejo Provincial de Chincheros que declaran improcedente el pedido de vacancia del cargo de MORDAZA que ostenta MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cardenas; en consecuencia, NULOS los acuerdos del citado Concejo de fechas 23 y 30 de junio de 1999, respecto al pedido de declaratoria de vacancia del cargo de MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cardenas. Articulo Segundo.- Declarar la vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de Chincheros que desempena MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por estar incurso en causal sobreviniente de vacancia al haber sido condenado por delito doloso. Articulo Tercero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA candidato proclamado regidor de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino", para que asuma el cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de Chincheros, departamento de MORDAZA, quien previamente debera juramentar el cargo que asume ante la MORDAZA alcaldesa Hercilia Galvan MORDAZA, por vacancia del cargo de MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MORDAZA, para completar el periodo 1999 - 2002, conforme a ley. Articulo Cuarto.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA candidata no proclamada de la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino", para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Chincheros, departamento de MORDAZA, quien previamente debera juramentar el cargo que asume ante el MORDAZA del citado Concejo, para completar el periodo 1999 - 2002, conforme a ley. Articulo Quinto.- Otorgar las correspondientes credenciales a MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Castillo. Articulo Sexto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; Secretario General, TRUJILLANO 11259 RESOLUCION Nº 1408-99-JNE MORDAZA, 2 de setiembre de 1999 VISTA: La comunicacion recibida el 10 de agosto de 1999, de MORDAZA Muller Vozeler, MORDAZA del Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, quien pone en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones, el fallecimiento del regidor MORDAZA Wendel MORDAZA MORDAZA, ocurrido el 25 de MORDAZA de 1999; solicitando se efectuen los tramites para que el ciudadano MORDAZA Paitampoma Nagera asuma el cargo de regidor ante la vacancia producida; CONSIDERANDO: Que, de los resultados de las Elecciones Municipales del 11 de octubre de 1998, remitido por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, aparece que el ciudadano MORDAZA Wendel MORDAZA MORDAZA, fue elegido regidor del Concejo Provincial de MORDAZA, para el periodo 1999 - 2002; Que, con la MORDAZA certificada del acta de defuncion Nº 00257045, de fecha 5 de agosto de 1999, que obra a fojas 2, expedida por la Oficial Registradora de Registro Civil del Concejo Provincial de MORDAZA, se acredita que MORDAZA Wendel MORDAZA MORDAZA fallecio el 25 de MORDAZA de 1999; Que, el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864 senala que: "Para cubrir las vacantes que se produzcan en los Concejos Municipales, se incorpora el candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, siguiendo el orden de los resultados del escrutinio final y que hayafigurado en la misma lista que integro el Regidor que produjo la vacante", en concordancia con lo prescrito en el numeral 2) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, corresponde asumir el cargo de regidor del Concejo Provincial de MORDAZA al ciudadano MORDAZA MORDAZA Paitampoma Nagera,candidato no proclamado de la lista independiente "Obras con Corazon"; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar al ciudadano MORDAZA MORDAZA Paitampoma Nagera, candidato no proclamado de la lista independiente "Obras con Corazon", para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de MORDAZA, por defuncion del titular, para el periodo 1999 - 2002. Articulo Segundo.- Otorgar al ciudadano MORDAZA MORDAZA Paitampoma Nagera la correspondiente credencial. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad.

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