Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 1999 (03/09/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 1999

sentante del Ministerio Publico, indicandose en la parte final de dicha acta que una vez concluida su lectura, las partes la leyeron y se ratificaron, firmandola, despues que lo hiciera MORDAZA, en su calidad de Juez y el representante del Ministerio Publico, de lo que dio fe, aun cuando el fiscal no estuvo presente; hecho detectado durante una visita judicial extraordinaria realizada a su Despacho y en la que se levanto un acta senalandose esta irregularidad; asimismo, pese a que en dicho acto se apelo la sentencia leida y se concedio dicha apelacion, no se elevaron los actuados al superior jerarquico; posteriormente, tres dias despues de la visita judicial citada, la procesada emitio una resolucion, mediante la cual declaro nula el acta de lectura de sentencia, por no haber estado presente el representante del Ministerio Publico en la lectura de la misma; por lo que el hecho de que la procesada hubiera dejado MORDAZA de la presencia del Fiscal Provincial en el acta de lectura de sentencia, sin que este hubiera estado presente, y que luego de la visita de la Comision de Control la anule, constituye una negligencia grave conforme lo establece el inciso 1) del Articulo 201º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, dado que la conducta de la procesada constituye una infraccion a los deberes y prohibiciones establecidos por ley, por lo que deviene en responsabilidad disciplinaria. Por estos fundamentos, apreciando los hechos y las pruebas con criterio de conciencia, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, considera que hay motivos suficientes para aplicar en este caso la sancion de destitucion, por lo que en uso de sus facultades previstas por el Articulo ciento cincuenta y cuatro inciso tercero de la Constitucion Politica, Articulo primero de la Ley numero veintiseis mil novecientos setenta y tres, y demas pertinentes de su Ley Organica, en sesion del veintitres de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve, acordo, por unanimidad, aceptar el pedido de destitucion de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, efectuado por la Comision Ejecutiva del Poder Judicial; y, RESUELVE: Primero.- Destituir a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion en el cargo de Juez Suplente del MORDAZA Juzgado de Familia de Ica, del Distrito Judicial de Ica. Segundo.- Disponer la cancelacion del titulo y todo otro nombramiento que se le hubiere otorgado para el ejercicio de la funcion de magistrado, inscribiendose la medida en el registro personal, debiendose asimismo cursar oficio al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, al senor Fiscal de la Nacion y a la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, y publicarse la presente resolucion, una vez que quede consentida o ejecutoriada. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11252

sorteo en sesion publica entre la Agrupacion Independiente Vamos Vecino y la Lista Independiente Hechos y No Palabras, a fin de determinar a quien corresponde la alcaldia del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de La Mar; Que, como resultado del sorteo realizado en sesion publica de la fecha, corresponde la alcaldia del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de La Mar, a don MORDAZA MORDAZA Cavalcanti MORDAZA, integrante de la Agrupacion Independiente Vamos Vecino; Que, conforme al MORDAZA computo y en aplicacion del metodo de la cifra repartidora realizado por este supremo organo electoral corresponde dos (2) regidores a la Agrupacion Independiente Vamos Vecino, dos (2) regidores a la Lista Independiente Hechos y No Palabras, y un (1) regidor a la Lista Independiente Frente Unico de Juntas Vecinales; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Proclamar MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de La Mar, departamento de MORDAZA, a don MORDAZA MORDAZA Cavalcanti MORDAZA de la Agrupacion Independiente Vamos Vecino; y regidores a don MORDAZA MORDAZA Tippe y MORDAZA MORDAZA Zabina MORDAZA MORDAZA de la Agrupacion Independiente Vamos Vecino; don MORDAZA MORDAZA Yanasupo y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Lista Independiente Hechos y No Palabras; y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Lista Independiente Frente Unico de Juntas Vecinales; a quienes se les otorgara sus correspondientes credenciales. Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; TRUJILLANO, Secretario General 11258

Convocan a candidatos proclamado y no proclamados para que asuman cargos de MORDAZA y regidores de los concejos provinciales de Chincheros y MORDAZA, y distrital de Imperial
RESOLUCION Nº 1406-99-JNE MORDAZA, 2 de setiembre de 1999 VISTOS: El recurso de revision recibido el 9 de MORDAZA de 1999, interpuesto por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Rondinel del MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el acuerdo del Concejo Provincial de Chincheros, departamento de MORDAZA, de fecha 30 de junio de 1999, que declara improcedente el pedido de vacancia del cargo de MORDAZA que ejerce MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por existir en su contra condena por delito doloso; Los escritos recibidos el 19 y 21 de MORDAZA de 1999, remitidos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Provincial de Chincheros, quien solicita se declare improcedente el pedido de declaratoria de vacancia de su cargo; El Oficio Nº 231-99-JEF/RENIEC, recibido el 9 de agosto de 1999, del Jefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, quien comunica que en el Archivo Nacional de Identificacion no se encuentra registrado el nombre de MORDAZA MORDAZA Allende; CONSIDERANDO: Que, de autos aparece que el Concejo Provincial de Chincheros, por acuerdos del 23 y 30 de junio de 1999,

JNE
Proclaman MORDAZA y regidores del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de La Mar
RESOLUCION Nº 1404-99-JNE MORDAZA, 2 de setiembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 1361-99-JNE de fecha 12 de agosto del presente ano, se resolvio realizar un

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